Se habilitó la oficina en 1942 |
ACUERDO por el que se
retira del servicio del organismo descentralizado Telecomunicaciones de México,
una fracción de terreno con superficie de 394.79 metros cuadrados, que forma parte de un
inmueble de mayor extensión, ubicado en la calle Juárez número 185, ciudad de
Etzatlán, Estado de Jalisco, y sin desincorporar del régimen de dominio público
de la Federación, se destina al servicio del Gobierno de dicho Estado a efecto
de que la utilice como librería, biblioteca y centro cultural.
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CONSIDERANDO
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CONSIDERANDO
Que dentro de los
bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, se encuentra una
fracción de terreno con superficie de 394.79 metros cuadrados, que forma parte
de un inmueble de mayor extensión, ubicado en la calle Juárez número 185,
ciudad de Etzatlán, Estado de Jalisco, cuya propiedad se acredita mediante diligencias
de información ad perpetuam para acreditar la nacionalización, promovidas ante
el Juzgado 2o. de Distrito en el Estado de Jalisco, de fecha 29 de diciembre de
1941, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad Federal bajo el
folio real número 17521 el 30 de noviembre de 1982, con las medidas y
colindancias que se consignan en plano topográfico número SCPF-278-2012,
elaborado por la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal, que
obra en el expediente respectivo…
Que el Gobierno del
Estado de Jalisco, mediante oficio número DGPC/039/2012 de fecha 9 de febrero
de 2012, manifestó su interés para que se destine a su servicio la fracción de
terreno descrita en el considerando primero de este ordenamiento, a efecto de
utilizarla como librería, biblioteca y centro cultural…
ACUERDO
PRIMERO.- Se retira del servicio del organismo descentralizado
Telecomunicaciones de México, la fracción de terreno a que se refiere el
considerando primero de este ordenamiento, y sin desincorporar del régimen de
dominio público de la Federación, se destina al servicio del Gobierno del
Estado de Jalisco a efecto de que la utilice como librería, biblioteca y centro
cultural.
SEGUNDO.- Si el Gobierno del Estado de Jalisco no utilizare la fracción de
terreno que se le destina, o le diere un uso distinto al establecido, sin la
previa autorización de la Secretaría de la Función Pública, dicho bien con
todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrada
por esta dependencia.
TERCERO.- La Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus
atribuciones, vigilará el estricto cumplimiento del presente ordenamiento.
TRANSITORIO
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación
en el Diario Oficial de la Federación.(31 de mayo)
PARA SABER
Por Decreto
Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de julio de
1942 se destino el inmueble señalado al servicio de la entonces Secretaría de
Comunicaciones y Obras Públicas para la instalación de la Administración Local
de Correos y Telégrafos.
Que por Decreto
Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 20 de
agosto de 1986, se creó el organismo descentralizado con personalidad jurídica
y patrimonio propios, denominado Telégrafos Nacionales (TELENALES), cuyo objeto
principal es la prestación del servicio público de telégrafos por lo que quedó
a cargo de dicho organismo la fracción de terreno de referencia.
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