Con la ejecución de obras de empedrados, la remodelación
de espacios públicos y la organización de una importante feria regional, dio
comienzo en Etzatlán, el gobierno municipal que encabeza uno de los panistas
más jóvenes de la entidad, y que promete hacer una administración ejemplar, por
su empeño y probada honestidad.
Siendo el único alcalde panista del corredor cañero,
Bonifacio Romero Velador, asegura que Etzatlán no escapa a las dificultades que
arrastran los municipios por la deuda pública. Recibió un municipio en sus
bienes inmuebles bien, señala que solamente con unos vehículos obsoletos ya que
los que estaban en buen estado fueron vendidos por el Ayuntamiento anterior.
Sin embargo, esperará a los resultados de la Auditoría del Estado para hacer
señalamientos concretos...
El domingo observamos una ambulancia de los servicios
municipales con una llanta ponchada en la calle Aldama en la banqueta de un
taller mecánico. CREEMOS QUE LA VAN A REPARAR O YA LA REPARARON
Pide juicio de amparo el Ayuntamiento de Etzatlán
Municipios con compromisos por arriba del 30 ó 40% de su
presupuesto por laudos laborales que perjudica su ejercicio presupuestal y los
deja en total indefensión… declaró el diputado del PAN, Abraham González Uyeda,
presidente de la Comisión de Desarrollo Municipal del Congreso del Estado.
En entrevista con EL OCCIDENTAL señaló que en otros casos
hay la solicitud de ex trabajadores de ayuntamientos que salieron afectados
porque no se les han pagados sueldos caídos y prestaciones por despidos injustificados,
y que al irse a juicio los ganaron, y ante el incumplimiento de las autoridades
pidieron al Congreso del Estado la suspensión de presidentes municipales.
Se puede tornar más compleja la situación de los
municipios, sobre todo en el tema de los recursos, porque los municipios siguen
haciendo despidos masivos.
"Las peticiones de suspensión de los presidentes
municipales fueron desechadas porque la mayoría no tiene mayor fundamento, sin
embargo el problema de fondo es que existen los laudos y no hay recursos y por
ende tienen una complejidad los municipios para sacarlos", señaló el
panista.
Debe establecerse en la ley la responsabilidad
patrimonial, agregó, de los funcionarios que despidan sin justificación sin un
proceso judicial y no hereden estos problemas a las siguientes
administraciones, porque ahorita los que llegan traen laudos de otras
administraciones y a los que están despidiendo seguirán con las presentes
administraciones.
Etzatlán tiene 5 juicios laborales pendientes
ACTA DE LA
SESIÓN ORDINARIA VERIFICADA POR EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO EL MARTES
VEINTITRÉS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL ONCE Página 16
5.9. Acuerdo legislativo que desecha por improcedente la solicitud de
suspensión del Presidente Municipal de Etzatlán, Jalisco, presentada por el
Tribunal de Arbitraje y Escalafón del estado de Jalisco, con número de
expediente 158/2004-B1.
5.10. Acuerdo legislativo que desecha por improcedente la solicitud de
suspensión del Presidente Municipal de Etzatlán, Jalisco, presentada por el
Tribunal de Arbitraje y Escalafón del estado de Jalisco, con número de
expediente 175/2004-B.
5.11. Acuerdo legislativo que desecha por improcedente la solicitud de
suspensión del Presidente Municipal de Etzatlán, Jalisco, presentada por el
Tribunal de Arbitraje y Escalafón del estado de Jalisco, con número de
expediente 180/04-C2.
5.12. Acuerdo legislativo que desecha por improcedente la
solicitud de suspensión del Presidente Municipal de Etzatlán, Jalisco,
presentada por el Tribunal de Arbitraje y Escalafón del estado de Jalisco, con
número de expediente 486/2004-B1.
5.13. Acuerdo legislativo que desecha por improcedente la solicitud de
suspensión del Presidente Municipal de Etzatlán, Jalisco, presentada por el
Tribunal de Arbitraje y Escalafón del estado de Jalisco, con número de
expediente 602/02-B1.
ASÍ LO ENCONTRAMOS EN
GOOGLE
Segundo Colegiado, Trabajo del Tercer Circuito
Tipo
|
Expediente
|
Quejoso
|
Autoridades
|
Fecha de Acuerdo
|
Acuerdo
|
Amparo Juicio de Amparo Directo
|
570/2011
|
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ETZATLÁN, JALISCO . .
|
TRIBUNAL DE ARBITRAJE Y ESCALAFÓN DEL ESTADO DE JALISCO . .
|
10/10/2012
|
Requiérase a la autoridad responsable.
|
http://www.buholegal.com/listaacuerdos/federal/?circuito=3&organismo=129&tipo=fecha&fecha=11/10/2012
PARA
SABER de los juicios de amparo directo ante los tribunales
colegiados de circuito
disposiciones generales
articulo 158.- el juicio de amparo directo es competencia
del tribunal colegiado de circuito que corresponda, en los términos
establecidos por las fracciones v y vi del articulo 107 constitucional, y
procede contra sentencias definitivas o laudos y resoluciones que pongan fin al
juicio, dictados por tribunales judiciales, administrativos o del trabajo,
respecto de los cuales no proceda ningún recurso ordinario por el que puedan
ser modificados o revocados, ya sea que la violación se cometa en ellos o que,
cometida durante el procedimiento, afecte a las defensas del quejoso,
trascendiendo al resultado del fallo, y por violaciones de garantias cometidas
en las propias sentencias, laudos o resoluciones indicados.
para los efectos de este articulo, solo será procedente
el juicio de amparo directo contra sentencias definitivas o laudos y
resoluciones que pongan fin al juicio, dictados por tribunales civiles,
administrativos o del trabajo, cuando sean contrarios a la letra de la ley
aplicable al caso, a su interpretación jurídica o a sus principios generales de
derecho a falta de ley aplicable, cuando comprendan acciones, excepciones o cosas
que no hayan sido objeto del juicio, o cuando no las comprendan todas, por omisión
o negación expresa.
cuando dentro del juicio surjan cuestiones, que no sean
de imposible reparación, sobre constitucionalidad de leyes, tratados
internacionales o reglamentos, solo podrán hacerse valer en el amparo directo
que proceda en contra de la sentencia definitiva, laudo o solución que pongan
fin al juicio.
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