29 noviembre 2012

Inician un procedimiento administrativo contra Ayuntamiento de Etzatlán 24/NOV/12

Sin publicar información fundamental el Ayuntamiento de Etzatlán 24/ OCT/2012

(HAY 8 MUNICIPIOS SIN ACTUALIZAR SU PÁGINA Y NADA MÁS AL AYUNTAMIENTO DE ETZATLÁN LE INICIARON PROCEDIMIENTO)
http://muchosdocpr.blogspot.mx/2012/11/etzatlan-es-al-unico-municipio-de-la.html

Incumple con la publicación total de la información relativa al artículo 32 de la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, el ITEI le da un plazo de 30 días para transparentar e inicia procedimiento de responsabilidad administrativa.

Por unanimidad, el Consejo del Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco, ordenó al sujeto obligado Ayuntamiento de Etzatlán publicar y actualizar en un plazo máximo de 30 días contados a partir de la notificación la información pública que le corresponde conforme a lo dispuesto por al artículo 32 treinta y dos de la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.

El Pleno determinó también apercibir al sujeto obligado, para que en caso de incumplir se le impongan las medidas de apremio que establecidas en el artículo 101 de la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, que podría ser de entre una amonestación pública o multa de veinte a cien días de salario mínimo, hasta arresto administrativo o denuncia penal. Por último el Consejo del ITEI le instruyó la Secretaría Ejecutiva a que inicie un procedimiento de responsabilidad administrativa, por el incumplimiento de la obligación de publicar y actualizar la información fundamental.

PARA SABER

El sujeto obligado Ayuntamiento de Etzatlán, no publica la información fundamental obligatoria para todos los sujetos obligados como:

I. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información pública, que comprende:
a) La Ley de Información Pública del Estado;
b) El reglamento interno de información pública del sujeto obligado…(hasta la letra ñ)

II. La información sobre el marco jurídico, que comprende:
a) Las disposiciones de las Constituciones Políticas Federal y Estatal aplicables al y por el sujeto obligado;
b) Los tratados y convenciones internacionales suscritas por México aplicables al y por el sujeto obligado…(hasta la letra e)

III. La información sobre la planeación del desarrollo, que comprende:
a) Los apartados del Plan Nacional de Desarrollo que sirve de marco general a la planeación de las áreas relativas a las funciones del sujeto obligado;
b) Los apartados de los programas federales aplicables al y por el sujeto obligado… (hasta la letra f)

IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental, que comprende:
a) El Plan General Institucional del poder, organismo o municipio correspondiente, aplicables al y por el sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos seis años;
b) Los programas operativos anuales aplicables al y por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos seis años… (hasta la letra h)

V. La información financiera, patrimonial y administrativa, que comprende:
a) Las partidas del Presupuesto de Egresos de la Federación y conceptos del clasificador por objeto del gasto, aplicables al y por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos seis años;
b) Las partidas del Presupuesto de Egresos del Estado y conceptos del clasificador por objeto del gasto, aplicables al y por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos seis años… (hasta la letra u)

VI. La información sobre la gestión pública, que comprende:
a) Las funciones públicas que realiza el sujeto obligado, donde se señale cuando menos el fundamento legal, la descripción de la función pública; los recursos materiales, humanos y financieros asignados para la realización de la función pública;
b) Los servicios públicos que presta el sujeto obligado, donde se señale cuando menos la descripción y cobertura del servicio público; los recursos materiales, humanos y financieros asignados para la prestación del servicio público; y el número y tipo de beneficiarios directos e indirectos del servicio público… (hasta la letra k)

VII. La información pública ordinaria que considere el sujeto obligado, por sí o a propuesta del Instituto.

2. La publicación de información fundamental debe realizarse con independencia de su publicación oficial y debe reunir los requisitos de claridad, calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad.


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