Se crea la “Gaceta Municipal de Etzatlán, Jalisco” como
órgano oficial de divulgación del Ayuntamiento Constitucional de Etzatlán,
Jalisco.
En el primer número se publicaron 2 reglamentos: El de la
gaceta municipal y el de ciudades hermanas.
Con respecto al primer reglamento destacamos:
Artículo
2.-
La Gaceta Municipal es el medio oficial de divulgación del gobierno municipal,
de carácter permanente en el que se publicarán los actos, acuerdos y
resoluciones que se describe en el artículo sexto del presente reglamento, la
cual deberá emitirse en un mínimo de 15 ejemplares y de conformidad con el
presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal que corresponda, asimismo,
podrá emitirse la versión electrónica de ésta que se publicará en la página
oficial del Ayuntamiento.
Artículo
6.-
Se publicará en la Gaceta Municipal lo siguiente:
I. Los reglamentos y el voto que emitan en la aprobación
de éstos el Ayuntamiento en su calidad de Constituyente permanente local;
II. Los acuerdos, circulares, instructivos, manuales,
formatos y disposiciones administrativas que sean de observancia general que
expida el Ayuntamiento;
III. Cuando así corresponda, la información histórica del
Municipio o reseñas culturales de interés para los ciudadanos, previa aprobación
por el Ayuntamiento;
IV. El Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población;
V. Los Planes Parciales de Urbanización;
VI. La declaratoria de incorporación emitida por el
Ayuntamiento, cuando un bien
inmueble del dominio privado del Municipio se incorpore
al dominio público;
VII. La convocatoria para la concesión de bienes y servicios
públicos municipales;
y
VIII. Los demás actos y resoluciones que por su naturaleza
así lo determinen las
leyes, reglamentos o el Pleno del Ayuntamiento.
Articulo
13.-
Los reglamentos municipales,
circulares o disposiciones administrativas
de observancia general serán publicados además de en la Gaceta
Municipal, en los estrados de la
Presidencia Municipal y en los edificios de las Delegaciones y Agencias Municipales, así como en la página
de Internet del Gobierno Municipal en su versión electrónica.
Los textos publicados
en dicha página electrónica sólo tendrán efectos informativos.
NOTA: Los reglamentos ya están publicados en la siguiente
liga
En el apartado del artículo 39 en el número 3 romano…
pero no se abren
(a lo mejor después de está publicación los activen)
PARA
SABER
En la Décima Sesión
Ordinaria celebrada el día 27 de agosto de 2013 se aprobó la creación del
órgano de difusión.
CONTESTA PUBLICACIÓN DE LA GACETA
- Se abroga el Reglamento de la Gaceta y Estrados
Municipales de Etzatlán, Jalisco,
aprobado en la Séptima Sesión Ordinaría del H. Ayuntamiento de la administración pública 2010 – 2012, celebrada
el día 31 de mayo de 2010, así como las
demás disposiciones de carácter municipal que se opongan al presente.
REGLAMENTO
DE CIUDADES HERMANAS DEL MUNICIPIO DE
ETZATLÁN, JALISCO
Artículo
2.
El presente reglamento tiene por objeto normar las relaciones de hermandad de
la ciudad de Etzatlán, con otras ciudades del mundo, a través de sus respectivos
Ayuntamientos u órganos de gobierno similares.
Artículo
4. Corresponde al Ayuntamiento:
III.
Elegir
y ratificar a las personas encargadas de la coordinación y elaboración de
proyectos de colaboración que propongan tanto los integrantes del Comité de Ciudades Hermanas,
como las áreas administrativas
municipales;
VI. Crear
mecanismos que permitan establecer lazos de fraternidad con otras ciudades.
Artículo
5. Le corresponde al Presidente Municipal:
I.
Impulsar la participación de los habitantes del Municipio de Etzatlán, Jalisco, en los programas o proyectos de
cooperación y eventos que deriven de los
hermanamientos de la ciudad de Etzatlán con otras ciudades del mundo;
V.
Presentar anualmente al Ayuntamiento, el informe correspondiente de actividades que se deriven del Comité de
Ciudades Hermanas, mismo que se hará
llegar a la Secretaría de Relaciones Exteriores para su conocimiento;
Artículo
8.
El Comité de Ciudades Hermanas en el mes de enero de cada año, presentará un Plan Anual de Trabajo, tomando
como base los Programas Operativos Anuales que sean elaborados por cada uno de
los Acuerdos de Hermanamiento celebrados
por el Municipio...
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