24 agosto 2016

Se registran en Etzatlán 6 delitos en el mes de Julio /16

Se denunciaron 6 delitos en el Municipio de Etzatlán en el mes de Julio del presente año.

Según las estadásiticas publicadas por la Fiscalía Central de Jalisco en la primera quincena del mes, antes mencionado, se registraron los siguientes delitos:

*Extorsión 1
*Homicidio culposo 1
Lesiones dolosas 1
Robo equiparado vehículos 1
Robos varios 1

En la segunda quincena:
*Amenazas 1

Por los delitos mencionados no hubo personas consignadas.

PENAS POR ALGUNOS DELITOS

CODIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO

Artículo 188. se impondrán de quince días a un año de prisión o multa por el importe de dos a ocho días de salario, al que de cualquier modo, anuncie a otro su intención de causarle un mal futuro en su persona, honor, prestigio, bienes o derechos, o en la persona, honor, prestigio, bienes o derechos de alguien con quien esté ligado el ofendido por algún vinculo.
Cuando las amenazas sean leves, se exigirá caución de no ofender, pero si el responsable se niega a otorgar la caución, se le impondrá la pena prevista en el párrafo anterior.
si cumple la amenaza, se le impondrán además las penas que procedan por los delitos que resulten.

Articulo 189. Comete el delito de extorsión, aquel que mediante coacción exija de otro la entrega, envió o depósito para sí o para un tercero, de cosas, dinero o documentos que produzcan efectos jurídicos. el mismo delito cometerá quien, bajo coacción, exija de otro la suscripción o destrucción de documentos que contengan obligaciones o créditos.
si el extorsionador consigue su propósito, se le impondrán de uno a nueve años de prisión.
si el extorsionador no logra el fin propuesto se le impondrán de seis meses a seis años de prisión.
cuando el medio de coacción sea la retención temporal de una persona, para exigirle a esta, la entrega de cosas, dinero, o documentos o la realización de cualquier transacción que afecte los derechos o el patrimonio del pasivo, se impondrá la pena de diez a treinta años de prisión y multa por el importe de quinientos a mil días de salario mínimo, aun cuando el extorsionador no logre el fin propuesto.

Articulo 213. se impondrán de doce a dieciocho años de prisión a la persona que prive de la vida a otra. pero, cuando el homicidio sea calificado, la sanción será de veinte a cuarenta años de prisión.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

PUEDES DEJAR AQUI TUS INFORMACIONES O NOTICIAS DE ETZA