Pérdida de habitantes podría
derivar en la fusión de municipios
La *Ley Orgánica Municipal del Estado de Jalisco
tiene como requisito que cada municipalidad cuente con una población mínima de
20 mil habitantes; sin embargo, el 58% de éstos tienen una cifra menor. Experto
aborda el panorama en caso de buscar suprimirlos
Los
municipios con menor desarrollo económico y social son los que se van quedado
sin habitantes.
La
gente simplemente se fue: unos al norte, hacia los Estados Unidos; otros a
Guadalajara y algunos más a otras entidades. El punto es que abandonaron sus
tierras.
De
los 125 municipios de Jalisco, sólo 52 tienen más de 20 mil habitantes. Según
la Ley Orgánica Municipal del Estado de Jalisco, de los cinco requisitos para
que el municipio sea conformado como tal, uno de ellos es que la población
mínima de la demarcación sea de 20 mil habitantes y otro es que la cabecera
municipal tenga, cuando menos, 10 mil residentes.
Región Valles |
Sin
embargo, el mismo artículo hace una observación: “El Congreso del estado
(tendrá la facultad) de declarar la extinción o fusionar los municipios, cuando
no alcancen la población requerida, o no tengan capacidad sus ayuntamientos
para prestar los servicios, modificando, para ello, los límites de los
municipios existentes y concediendo el derecho de audiencia a los ayuntamientos
de que se trate”.
La
ley incluso es más flexible: en 2005 se modificó la norma y la población mínima
señalada era de 30 mil habitantes.
Es
tan paradigmático el caso que la población de los 15 municipios menos poblados
de Jalisco sería capaz de llenar el Estadio Jalisco ( 56 mil asistentes).
La
expulsión de migrantes a Estados Unidos es la principal causa por la cual estos
municipios se han quedado sin habitantes. Sin embargo, a decir de expertos, en
caso que la autoridad decidiera fusionarlos o suprimirlos, existiría una férrea
defensa de los “hijos ausentes” para impedirlo, pues representa su patrimonio
cultural.
“Surge
una necesidad de crear nuevos municipios por la desatención de los gobiernos
municipales a sus localidades al encontrarse fuera de la cabecera municipal”,
señala un estudio desarrollado por académicos de la Universidad de Guadalajara.
En contraparte, la supresión de demarcaciones podría acarrear problemas de
desarrollo social para los municipios que se incorporen a otros territorios ya
que sufrirían este fenómeno de desatención de los gobiernos municipales.
ANÁLISIS DE ANTONIO SÁNCHEZ
BERNAL,
académico e investigador de la Universidad de Guadalajara.
¿Es
conveniente tener tantos municipios?
—Los
municipios son nuestra célula básica en cuestión de organización
político-administrativa. No hay una regla en la política administrativa que
diga cuántos municipios debe haber. En Francia hay más municipios que aquí y
eso no es problema (…) El hecho que algunas poblaciones quisieran convertirse
en municipios generó el debate sobre que hay demarcaciones donde no se cumple
con la población o requisitos y aun así son municipios. Entonces se dice
fácilmente “suprímanlos”. La realidad es que la ley tienen más el espíritu de
impulsar territorios que quieren ser municipios y no el de suprimirlos.
Hay
territorios que eran municipios desde hace siglos: hay un patrimonio, una
identidad colectiva, es decir, muchos bienes sociales intangibles que
prevalecen ahí y definitivamente eliminarlos no es lo adecuado. El problema de
desarrollo que enfrentan los municipios es otra situación.
¿Qué
pasaría si uniéramos seis municipios gigantes en uno? En lugar de seis
gobiernos municipales sería uno gigante... no necesariamente implicaría
mejoras: sería un gobierno más ineficiente, más lejano, cuando la idea es que
el gobierno municipal sea más cercano.
Fuente:
Publimetro Guadalajara / Héctor Escamilla
·
LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
JALISCO
·
TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
De los Municipios
Artículo
7.- Siendo el municipio la base de la división territorial y la comunidad fundamental
de los servicios públicos, el Congreso del Estado podrá constituir nuevos
municipios, de acuerdo con las siguientes bases:
I.
Que la superficie territorial, en que se pretenda constituir, no sea menor de
200 kilómetros cuadrados;
II.
Que la población que habite en esa superficie, sea mayor de 20,000 habitantes;
III.
Que lo soliciten, cuando menos, la mitad de los ciudadanos que radiquen en la
región en donde pretenda establecerse un nuevo Municipio;
IV.
Que el poblado que se elija como cabecera municipal, tenga una población no
inferior a 10,000 habitantes; y
V.
Que se demuestre que dicho poblado cuenta con los servicios públicos
indispensables, y que tiene, además, suficiente capacidad económica para
atender a los gastos de la administración municipal.
Podrá igualmente, el Congreso
del Estado, declarar la extinción, o fusionar los municipios, cuando no
alcancen la población requerida, o no tengan capacidad sus ayuntamientos para prestar los servicios,
modificando, para ello, los límites de los municipios existentes, y concediendo
el derecho de audiencia a los ayuntamientos de que se trate.
El
Congreso estará facultado para modificar los límites intermunicipales, oyendo
previamente a los ayuntamientos afectados.
NÚMERO DE HABITANTES EN EL AÑO 2015 EN LA REGIÓN VALLES.
Ahualulco de Mercado
|
23 362
|
Amatitán
|
15 344
|
Ameca
|
60 951
|
El Arenal
|
19 900
|
Etzatlán
|
19 847
|
Hostotipaquillo
|
9 761
|
Magdalena
|
22 643
|
San Juanito de Escobedo
|
9 420
|
San Marcos
|
3 783
|
Tala
|
80 365
|
Tequila
|
42 009
|
Teuchitlán
|
9 608
|
FUENTE: INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA
(INEGI)
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