APRUEBA EL CONGRESO TRES REFORMAS LEGISLATIVAS QUE BENEFICIARÁN A LOS JALISCIENSES
Se trata de frenar el robo de automóviles y autopartes, denunciar delitos de los que son víctimas los menores de edad y sancionar las falsas llamadas telefónicas de emergencia.
Tres reformas al Código Penal y a la Ley de Seguridad Pública del Estad, de suma trascendencia para los jaliscienses, con el propósito de frenar el robo de automóviles y autopartes; incrementar en dos terceras partes las penas correspondientes a quienes no denuncien delitos contra el desarrollo de la personalidad que afecten a menores de edad, así como obligar a que paguen los daños que causen a las instituciones de seguridad o primeros auxilios, los responsables de realizar llamadas telefónicas de falsas emergencias, al número 911, además de servicios a favor de la comunidad, fueron aprobadas hoy por el Congreso.
Respecto al robo de vehículos y autopartes, la Diputada Rocío Corona Nakamura, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos, dijo en la Sesión Ordinaria que con la modificación al Código Penal, para evitar las excusas que “yo no sabía que era robado”, “me engañaron”, “a mi me lo prestaron”, con lo que desaparece la palabra “a sabiendas”, que era un escudo con el que se protegen los delincuentes, limitando la acción de la justicia, por lo que ahora se puede actuar hasta comprobar la realidad de los hechos.
Por lo tanto, cuando se adquiera un vehículo los ciudadanos deberán tener cuidado, verificando en la Fiscalía General del Estado si tiene reporte de robo, si está remarcado, revisar que la factura sea auténtica, y de igual manera adquirir autopartes en establecimiento debidamente acreditados. Las penas y sanciones no se modifican, por lo que en el caso de robo de vehículos sin violencia se aplicarán de seis meses hasta 15 años de prisión y multa de 403 a 16 mil 120 pesos; si es con violencia, de nueve a 20 años de cárcel y multa de cuatro mil 836 a 12 mil 90 pesos.
En cuanto a las autopartes, si tienen un valor de hasta nueve mil 107 pesos, de uno a cuatro años de prisión y multa de 403 a dos mil 418 peso; de nueve mil 108 pesos a 80 mil 600, de dos a cinco años de prisión y multa de mil 209 hasta cuatro mil 836 pesos, en tanto que de más de 80 mil 601 pesos, de tres a ocho años de prisión y multa de mil 612 a siete mil 254 pesos.
Delitos contra la personalidad
Por otra parte, a quien tenga conocimiento de que a algún menor de edad se le induce a la mendicidad, a consumir alcohol, drogas, que se incite a la práctica de la actividad sexual o a que incurra en un delito, o exista abuso sexual o maltrato infantil, y no los denuncie ante las autoridades, a pesar de tener lazos consanguíneos, afectivos, parentescos, una posición de confianza, de autoridad, respeto, influencia o de dependencia, se le impondrán de dos a cinco años de prisión, por lo que con la reforma al Código Penal se pretende salvaguardar el interés superior de la niñez.
Llamadas de falsas urgencias
En las modificaciones a la Ley de Seguridad Pública, se sancionará a quienes hagan llamadas de falsas urgencias, al número 911, pagarán los gastos que se hayan realizado por la movilización de vehículos, equipos y personal, con una multa de diez a 20 veces al valor de lo erogado. Asimismo, a quien reiteradamente incurra en esa falsedad, será sancionado con jornadas de trabajo en beneficio de la sociedad, como lo prevé el Código Penal. Cabe hacer notar que de enero a junio del año pasado, se efectuaron 462 mil 953 llamadas de urgencia real, en tanto que falsas o improcedentes, tres millones 745 mil 714, lo que da un 89 por ciento, con lo que se explica la importancia de haberse presentado esta iniciativa.
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