06 abril 2018

Recupere el dinero del familiar muerto 06/abr/18

No existe un procedimiento sistemático para que una institución financiera sepa del fallecimiento de sus clientes, sin embargo, si no hay ningún movimiento después de seis años los recursos de las cuentas bancarias pasan a la beneficencia pública. En muchos casos, los propios deudos ignoran si esta tenía alguna cuenta bancaria o seguro de vida.
De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) perteneciente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, muchos deudos, en medio del duelo no saben la situación financiera del finado, pero recomiendan que después del luto y del papeleo, hay trámites que no deben dejarse pasar, sobre todo, cuando los deudos se quedan con problemas económicos.
Silvia Fernández Martínez, vicepresidencia de Delegaciones, señala que actualmente la Condusef cuenta con un sistema de consulta que ofrece información a quienes tengan la duda de ser beneficiarios de alguna cuenta de cheques, ahorro o inversión e incluso seguro de vida de un usuario fallecido.
A través de los programas SIAB-Vida (para el caso de los seguros de vida) y CECOBan (de cuentas bancarias), se investiga y verifica, en las diversas instituciones afiliadas a la Asociación de Bancos de México (ABM), la presunción como beneficiario y se obtiene la respuesta en un plazo no mayor a 60 días naturales a partir de la fecha de la consulta.
En el caso de las cuentas bancarias, el interesado deben acudir a la subdelegación de la Condusef más cercana, y llenar la solicitud de beneficiarios de cuentas de depósito, presentando una copia del acta de defunción, cuya fecha de expedición no sea mayor a cinco años respecto a la presentación de la solicitud, y una identificación oficial vigente.
"Se trata de un trámite gratuito que incluye el llenado de una solicitud con datos del interesado y del titular de la cuenta", detalla la Condusef.
En caso de obtenerse una respuesta positiva, el expediente se turnará a la Unidad Especializada de Atención a Usuarios (UNE) de la institución, la cual se encargará de darle seguimiento e informará en qué instituciones existen las cuentas o seguros, para que el interesado pueda llevar a cabo directamente las gestiones para recuperar los recursos.

Para el caso de seguros de vida, la respuesta la recibe el solicitante en un máximo de 30 días hábiles siguientes a la fecha de presentación de la petición. Se requiere llenar y firmar la solicitud en cualquiera de las subdelegaciones y llevar copia de una identificación oficial del solicitante y del acta de defunción del familiar.

Es importante señalar, concluyó que por el secreto bancario las solicitudes se hacen de forma individual, por ejemplo, si se trata de tres hijos que pretenden indagar la situación de un padre fallecido, deben hacer los trámites y a cada uno se le entregarían los resultados. En el caso de menores de edad, se puede realizar a través de un apoderado o tutor acreditado.

¿Cómo saber si eres beneficiario de las cuentas de un familiar fallecido?
Seguro de vida, Cuentas bancarias, AFORE y subcuenta de vivienda
El fallecimiento de un familiar, ya sea por causas naturales o por accidente, es uno de los hechos más lamentables en la vida. Después de la etapa de luto y del papeleo, hay ciertos trámites que no se deben dejar pasar y el cobro de los beneficios económicos es uno de éstos.
La recuperación de cuentas bancarias, AFORE, pensión o seguro de vida, es un derecho y en este artículo te explicaremos los pasos para llevar a cabo dichos cobros.
Seguro de vida
La CONDUSEF ofrece un servicio llamado SIAB VIDA, con el que cualquier persona puede solicitar información que le permita saber si es beneficiario de uno o varios seguros de vida.

Para hacer uso del SIAB VIDA debes:

I. Llenar y firmar el formato de solicitud en cualquiera de nuestras Subdelegaciones

II. Anexar a la solicitud los siguientes documentos:
     • Copia de la identificación oficial vigente del solicitante.
     • Copia del acta de defunción del fallecido.
Estos documentos deberás entregarlos en la Subdelegación de tu Estado. Localiza la que se encuentre más cercana a tu domicilio en: https://www.gob.mx/tramites/ficha/informacion-sobre-asegurados-y-beneficiarios-de-seguros-de-vida-siab-vida/CONDUSEF5012

*Si el trámite se realiza a través de un apoderado o representante legal se deberá presentar el documento que compruebe su poder o representación.

Si fuiste designado beneficiario, se te informará el nombre de la aseguradora, así como la vigencia y número de póliza del seguro de vida.
La respuesta del SIAB VIDA se emite en un máximo de 30 días hábiles siguientes a la fecha de presentación de la solicitud.
En caso de que resultes ser beneficiario, deberás tener a la mano:
Identificación oficial.
Oficio derivado de la solicitud de SIAB-VIDA
Copia certificada por el Registro Civil del Acta de Defunción del asegurado.
En caso de muerte accidental, copia certificada de las actuaciones del Ministerio Público.
Documento que acredite parentesco con el asegurado.
Cuentas bancarias (ahorro, cheques o inversión)

En la CONDUSEF hay un sistema de consulta que ofrece información a quienes tengan la duda de ser beneficiarios de alguna cuenta de cheques, ahorro o inversión de un usuario fallecido.
Al recibir la consulta por parte de los posibles beneficiarios, esta Comisión investiga y verifica, a través de las instituciones bancarias afiliadas a la Asociación de Bancos de México (ABM), la presunción como beneficiario y responde en un plazo de 60 días naturales a partir de la fecha de la consulta.
¿Cuáles son los requisitos?

I. Acudir a la subdelegación de la CONDUSEF que mejor le convenga, y elaborar la Solicitud de Beneficiarios de Cuentas de Depósito, presentando:
Copia del acta de defunción del fallecido.
Identificación oficial vigente (INE, pasaporte, certificado de matrícula consular).
Cabe señalar que en caso de obtenerse una respuesta positiva a la localización de información, se deberá acudir ante la Unidad Especializada de Atención a Usuarios (UNE) de la Institución, para darle seguimiento al proceso.

Cuenta de ahorro para el retiro (AFORE)
En este caso, debes saber que existen dos tipos de beneficiarios: los legales (viuda o viudo, hijos de 16 o hasta 25 años si se encuentran estudiando, padres y concubinos) y los sustitutos (en caso de que no haya ningún beneficiario legal designado).
Para poder reclamar la cuenta de AFORE:
I. Se deberá acudir a la Subdelegación del IMSS o de Prestaciones Económicas del ISSSTE, para que emita la resolución de pensión que corresponda.
II. En caso de ser Beneficiario Sustituto, deberá acudir a la Junta o Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

III. Posteriormente deberá acudir a la AFORE en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido. Llenar el formato de Disposición de Recursos que le proporcionará la Administradora y presentar acta de defunción del titular de la cuenta, identificación oficial del fallecido y del solicitante, así como estado de cuenta de la AFORE.
Una vez procesada la solicitud, la Institución pondrá a disposición del beneficiario los recursos correspondientes en una sola exhibición.
Subcuenta de vivienda
El trámite para recuperar lo obtenido en la subcuenta de vivienda es muy parecido al de la cuenta de AFORE.
Para ello deberás acudir directamente a las oficinas del Infonavit o Fovissste, donde te solicitarán como mínimo:
Copia del acta de defunción del fallecido.
Identificación oficial vigente del fallecido y del solicitante (INE, pasaporte certificado de matrícula consular).
Copia del Estado de Cuenta del Fondo para la Vivienda (no mayor a tres meses).
Después de presentar toda la documentación necesaria, la institución deberá dar respuesta en un plazo de 10 días.
Recuerda que en caso de tener una resolución negativa o de requerir asesoría, puedes acercarte a las oficinas de CONDUSEF, donde te atenderán.
Fuente: Milenio, CONDUSEF

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