Nos hacen llegar este comentario: “Crematorio ubicado en kilómetro 12 carretera Etzatlán-Magdalena desprende humo denso y negro, los habitantes temen que afecte la salud de todos, además que la contaminación al medio ambiente es evidente, pedimos pronta solución a este problema y que las autoridades correspondientes tomen cartas en el asunto.”
Gerardo López, delegado de El Azafrán, publicó: "Yo como delegado de el rancho de El Azafrán. Sin tratar de perjudicar a nadie y por el bienestar de mi familia y de las familias de mi comunidad. Hago hincapié a las autoridades correspondientes, tomen acción sobre el crematorio que está a 300 metros aproximadamente de nuestro rancho. Por motivos que ya conocemos creman muchas veces al día.. nos afecta mucho el humo muy apestoso lo inhalamos día y noche… es demasiado intolerante y no sabemos si afecte a nuestra salud… por ese motivo inculcó a nuestra presidenta municipal y gabinete, tomen cartas en el asunto esperando una respuesta positiva. Gracias.”
Se menciona que algunos habitantes de la comunidad determinaron salirse del lugar por el olor que no se soporta.
Lo que se pide es que las autoridades acudan al lugar y muestren los lineamientos, ya sean estatales o federales para ese tipo de giro, también que se presente toda documentación de que demuestre que es legal.
Desde el año pasado se le solicitó a la Presidenta Municipal, María Guadalupe Durán Nuño, una respuesta sobre el tema y es momento que no contesta.
Hoy nuevamente se le pidió su opinión.
Norma Mexicana NOM-036-SCFI-2016, Prácticas comerciales, requisitos de información y disposiciones generales en la prestación de servicios funerarios.
10. De la verificación y vigilancia
10.1. La Procuraduría y la Secretaría, en el ámbito de sus respectivas competencias, están facultadas para verificar y vigilar el cumplimiento de la presente NOM, así como para sancionar los incumplimientos en que incurran los proveedores, en los términos de la Ley, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y demás ordenamientos legales aplicables.
10.2. La Procuraduría y la Secretaría están facultadas para dar vista a las autoridades competentes, cuando detecten el incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que regulen las actividades que comprenden los servicios funerarios.
10.3. La Procuraduría y la Secretaría deberán tener un programa permanente de verificación ordinaria a los proveedores de servicios funerarios. No obstante lo anterior, dichas autoridades podrán llevar a cabo verificaciones extraordinarias a solicitud de autoridades competentes o consumidores, debiendo tener implementado un sistema de recepción de quejas y denuncias accesible al público.
https://www.milenio.com/politica/comunidad/guadalajara-aumentan-cremaciones-en-los-ultimos-siete-dias
ResponderEliminarhttps://newsreportmx.com/2020/05/26/el-humo-de-los-crematorios-puede-esparcir-el-covid-19-te-explicamos/
ResponderEliminarSaves mi familia estamos agradecidos con el crematorio zona valles por que entregaron el mismo día las cenizas de mi familiar, gracias por su apoyo
ResponderEliminarSaves mi familia estamos agradecidos con el crematorio zona valles por que entregaron el mismo día las cenizas de mi familiar, gracias por su apoyo
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ResponderEliminarhttps://www.eloccidental.com.mx/local/filas-de-hasta-cuatro-horas-para-cremar-cuerpos-en-el-panteon-san-andres-de-gdl-6238302.html
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