La sentencia del tribunal número 13 determinó que el reparto del cerro es nulo.
El documento oficial determinar la nulidad obsoluta del fraccionamiento o lotificación de las tierras de uso común que se pretende destinar a la zona urbana; asi como el apercibimiento a la demonada para que se abstenga de realizar actos en perjuicio de las tierras de uso común, sin el debido ocuerdo de asamblea; la nulidad del acuerdo de asamblea del treinta de enero de dos mil dieciséis, por el que se entregó el predio conocido.
Realizando trabajos en terrenos de la Alameda y de la Indígena
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