01 junio 2021

En Ahualulco aseguran 2 animales 01/jun/21

 Las acciones que realiza la Secretaría de Seguridad del Estado para combatir el abigeato dieron resultados.

En Ahualulco de Mercado, los policías localizaron una camioneta que circulaba por la carretera hacia Ameca, a la altura de la colonia Ahualulco Ejidal, con dos bovinos en la caja, pero el transportista tampoco tenía las guías respectivas.


Los animales fueron asegurados y remitidos ante la autoridad correspondiente para llevar a cabo las investigaciones necesarias.

¿QUINES COMETEN EL DELITO DEL ABIGEATO?  

Artículo 240. Comete el delito de abigeato, el que se apodera de una o más cabezas de ganado, sin consentimiento de quien legalmente puede disponer de éllas, independientemente del lugar en que se encuentren y de que formen o nó hato.

   

Se considera ganado para los efectos de este delito las especies relacionadas en ley de la materia.

¿CUANTAS CLASES DE GANADO EXISTEN?

Conforme al articulo 5 de la Ley de Fomento y Desarrollo Pecuario del Estado de Jalisco, existe ganado mayor y ganado menor.

 

Ganado mayor:

    Bovinos

    Equinos

    Mular

    Asnal

    Otras especies mayores domesticas

Ganado menor:

 

    Caprinos

    Ovinos

    Porcinos

    Aves

    Conejos

    Abejas

    Otras especies menores domesticas

¿COMO SE SANCIONA EL ABIGEATO?

Artículo 241. Si el daño previsto en el artículo 259 de este Código, se produce en las especies a que se refiere el artículo 240, se aplicará una sanción de uno a seis años de prisión y multa por el importe de cuatro a ochenta días de salario.

BENEFICIOS QUE PUEDE OBTENER UN ABIGEATO CUANDO ES SANCIONADO

Artículo 243 Bis. Al responsable de abigeato que comunique a la autoridad antes que sus copartícipes, información veraz con pormenores que hagan posible la identificación de todos o algunos de los partícipes del delito o la recuperación del ganado robado, será sujeto a los siguientes beneficios:

    I. Si la información se proporcionara una vez consumado el delito, ante el Ministerio Público en la averiguación previa, la pena será de seis meses a dos años de prisión; y

    II. Si la información aconteciere durante el proceso, el beneficio será de seis meses hasta una tercera parte de la pena que correspondiere, acorde a la información proporcionada y a los resultados obtenidos con esta.

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