La Fiscalía Especial Regional del Distrito X con sede en Tequila realizó indagatorias a José de Jesús A., por su probable responsabilidad en la agresión por disparos a dos masculinos adultos y a un niño, quienes resultaron heridos, por lo que al existir datos de prueba suficientes, un Juez de Control le inició proceso penal con la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa por el término de 6 meses.
La presente investigación se deriva de los hechos ocurridos el 31 de marzo del presente año, cuando José de Jesús A. arribó a un negocio de venta de papas ubicado en la calle Manuel Álvarez en la zona Centro de dicho municipio, donde labora uno de los ofendidos adultos.
Sin aparente motivo el imputado realizó actos de burla y humillación a los empleados del lugar, por lo que uno de ellos salió para ver lo que ocurría, pero José de Jesús A. presuntamente lo atacó a golpes. Debido a que intentaron separarlos trabajadores del sitio, intervinieron otros individuos que al parecer acompañaban al probable agresor, quienes lo impidieron.
En ese momento José de Jesús A. sacó un arma de fuego que portaba y presuntamente le disparó a su víctima en la cara, quien cayó herida, momento en el cual se aproximaron otro hombre adulto y su hijo menor de edad, sin embargo también fueron baleados y lesionados.
El probable agresor tomó el control del volante de un automotor Mercedes Benz blanco, modelo 2015, en el cual viajaban otras personas al parecer ajenas a los hechos; sin embargo, policías municipales fueron alertados, por lo que se inició una persecución ininterrumpida que culminó con la captura de José de Jesús A.
El agente del Ministerio Público se hizo cargo de las investigaciones en las que reunió datos de prueba que permitieron judicializar al detenido.
El Juez de Control analizó lo aportado y consideró que era vasto lo aportado, para iniciarle un proceso a José de Jesús A. por la posible comisión de homicidio calificado en grado de tentativa en agravio del adulto que fue baleado en el rostro.
Además, por lesiones calificadas en perjuicio de las otras dos personas afectadas y a prevención por el delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo del ejército, armada y fuerza aérea.
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