01 octubre 2012

Expropiarán 11 predios para la primera etapa de la presa el Zapotillo 28/SEP/12


Se declara que se actualizan las causales de utilidad pública previstas en los artículos 1o., fracciones III Bis y XII de la Ley de Expropiación y 7 fracción XI, de la Ley de Aguas Nacionales, por lo que es procedente iniciar el procedimiento administrativo tendente a la expropiación de 11 predios de propiedad privada con superficies cada uno de ellos de 1-34-35.80 ha., 2-49-00.00 ha., 3-35-87.56 ha., 4-91-15.01 ha., 13-48-64.16 ha., 3-15-46.93 ha., 9-12-44.43 ha., 22-72-04.68 ha., 5-59-68.00 ha., 8-25-30.72 ha. y 10-31-57.24 ha., lo que da una superficie total de 84-75-54.53 hectáreas necesarias en la primera etapa del embalse, zona de protección y obras conexas de la Presa El Zapotillo, mismos que se localizan en los municipios de Cañadas de Obregón, Mexticacán y Yahualica de González Gallo, todos en el Estado de Jalisco y que, en el plano general de la citada presa se identifican en las Unidades Topográficas UT0, UT1 y UT2. La ubicación y descripción técnico topográfica de los predios propiedad privada objeto del presente acuerdo es la siguiente:

Ubicación: "9.33 Km. al Sureste de la cabecera municipal de Yahualica de González Gallo"
Propietario C. ALBERTO PLASCENCIA GOMEZ
Ubicación: "8.97 Km. al Sureste de la cabecera municipal de Yahualica de González Gallo"
Propietario C. MA. JOSEFINA SANDOVAL PLASCENCIA
Ubicación: "11.98 Km. al Oeste de la cabecera municipal de Cañadas de Obregón"
Propietario C. MA. DEL REFUGIO ALCALA GONZALEZ
Ubicación: "7.12 Km. al Este de la cabecera municipal de Yahualica de González Gallo"
Copropietarios CC. JUAN CARLOS MACIAS GONZALEZ Y ELIAS MACIAS RUVALCABA
Ubicación: "7.35 Km. al Este de la cabecera municipal de Yahualica de González Gallo"
Propietario C. EULALIO MERCADO AGREDANO
Ubicación: "6.65 Km. al Noreste de la cabecera municipal de Yahualica de González Gallo"
Propietario C. MARIA DEL REFUGIO RUIZ HERNANDEZ
Ubicación: "9.95 Km. al Suroeste de la cabecera municipal de Mexticacán"
Propietario C. MACARIO GARCIA RUVALCABA
Ubicación: "10.08 Km. al Sur de la cabecera municipal de Mexticacán"
Propietario C. J. LEONIDES SANDOVAL GONZALEZ
Ubicación: "10.27 Km. al Sur de la cabecera municipal de Mexticacán"
Propietario C. J. ROSARIO SANDOVAL GOMEZ
Ubicación: "10.14 Km. al Sur de la cabecera municipal de Mexticacán"
Propietario C. J. ROSARIO SANDOVAL GOMEZ
Ubicación: "10.17 Km. al Sur de la cabecera municipal de Mexticacán"
Propietario C. JOSE RUESGA MARENTES

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a través del Organismo de Cuenca Lerma-Santiago-Pacífico, de la Comisión Nacional del Agua, integrará y tramitará el expediente respectivo, con la participación que corresponda a la Subdirección General Jurídica de esa Comisión Nacional conforme a lo señalado en el Reglamento Interior de ese Organo Administrativo Desconcentrado, por lo que se ordena la notificación personal del presente Acuerdo, así como, del dictamen técnico que justifica la actualización de las causas de utilidad pública para la expropiación de terrenos, en los domicilios de los propietarios de los predios señalados en el artículo que antecede y de los que se tiene referencia en los archivos del Organismo de Cuenca Lerma-Santiago-Pacífico, de la Comisión Nacional del Agua, órgano administrativo desconcentrado de esta Dependencia del Ejecutivo Federal.

Todos y cada uno de los propietarios de los predios que se pretende expropiar, tendrán un plazo de 15 quince días hábiles a partir de la notificación señalada en el artículo anterior para manifestar por escrito lo que a su interés convenga y para que ofrezcan las pruebas que consideren pertinentes lo que podrán hacer en las oficinas que tiene el Organismo de Cuenca Lerma-Santiago-Pacífico, de la Comisión Nacional del Agua, señalado para la atención exclusiva a los mencionados propietarios las cuales están ubicadas en la finca marcada con el número 1058 interior 4 de la calle Juan Manuel, colonia Capilla de Jesús, de la ciudad de Guadalajara, Jalisco, mismo lugar donde pueden consultar el dictamen técnico original, el plano general para el Decreto Etapa I de la presa "El Zapotillo", que delimita una superficie de 84-75-54.53 Ha. de terrenos de propiedad particular a expropiarse para el embalse, zonas federal y de protección, bancos de material y obras conexas OCLSP- GRAL- 03 que ilustra la superficie de cada predio que se pretende expropiar y los estudios técnicos que lo sustentan y que justifica la actualización de las causas de utilidad pública, para la expropiación de terrenos en el horario de 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.

TRANSITORIOS

Artículo Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.(28 de eptiembre)

Artículo Segundo.- Notifíquese personalmente a los interesados.

Artículo Tercero.- En caso de que no se localice a los interesados en los domicilios que se tienen en los archivos del Organismo de Cuenca Lerma-Santiago-Pacífico, de la Comisión Nacional del Agua, órgano administrativo desconcentrado de esta Dependencia o se desconozca su domicilio, procédase en los términos establecidos en el segundo párrafo de la fracción II del artículo 2o. de la Ley de Expropiación o bien conforme al artículo 35 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Los edictos a que se refiere el presente artículo deberán publicarse tres veces de tres en tres días en el Diario Oficial de la Federación, en uno de los diarios de mayor circulación nacional y en el Estado de Jalisco, para que en un plazo de quince días hábiles contados a partir de la última publicación de los edictos, los propietarios manifiesten por escrito lo que a su interés convenga en los términos previstos en el Artículo Tercero del presente acuerdo.

En caso de ignorarse quienes son los titulares o bien su domicilio o localización actual, surtirá efectos de notificación personal en términos del Artículo 2o. de la Ley de Expropiación, una segunda publicación del presente en el Diario Oficial de la Federación, misma que deberá realizarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la primer publicación.

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