28 octubre 2014

Policía de Etzatlán apoyando a la población 28/OCT/14

El sábado por la noche nos comentan que vieron a los policías municipales llevando a un grupo musical a algún lado ( no se informa a que lugar)
Lo que hicieron ¿es correcto? 




AQUÍ LO QUE DICE LA LEY

REGLAMENTO DE LA POLICIA PREVENTIVA DEL MUNICIPIO DE ETZATLAN, 
JALISCO.

Capítulo VI
De las funciones de los policías de línea.

VII. Prestar apoyo en situaciones o eventos extraordinarios, ya sea para  mantener o restaurar el orden público; 

XII. Conservar y prevenir el orden en los mercados, ferias, espectáculos  públicos, diversiones y atracciones públicas, centros y desarrollos turísticos,  mercados populares, tianguis y mercados sobre ruedas, ceremonias  públicas, templos y centros de culto, juegos y en general en todos aquellos  lugares que en forma temporal y transitoria funcionen como centros de  concurrencia pública;

XIII. Vigilar y mantener el orden y seguridad en calles y sitios públicos, para  evitar que se perpetren cualquier tipo de delitos o atentados contra la  integridad de las personas y su patrimonio;

XV. Intervenir en las acciones conducentes, analizar, estudiar y procesar  información conducente a la prevención de infracciones cívicas y delitos, y 

XVI. Las demás que les confieran este Reglamento y otras disposiciones legales  aplicables o aquellas que le encomiende el Director o el inmediato superior  de quien dependen.

Capitulo VII
De los principios y deberes del Cuerpo de la Policía Preventiva.

III. Prestar auxilio a las personas amenazadas por algún peligro o que hayan  sido víctimas u ofendidos de algún delito, así como brindar protección a sus  bienes y derechos. Su actuación será congruente, oportuna y proporcional  al hecho;

VI. Obedecer las órdenes de los superiores jerárquicos o de quienes ejerzan sobre él funciones de mando y cumplir con todas sus obligaciones,  realizándolas conforme a derechos;


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