En la décimo novena sesión ordinaria
del Cabildo del Ayuntamiento de Etzatlán la Regidora María del Rocío Sánchez Vargas
presentó una denuncia o queja administrativa por omisión de funciones, negligencia, falta de profesionalismo y
probable responsabilidad administrativa en contra del doctor Apolinar Álvarez
Aguilar, en su carácter de médico municipal.
La Regidora explicó:
“Primero, el pasado miércoles diecinueve de agosto del
presente año de dos mil veintiséis, lamentablemente falleció mi señora madre,
quien en vida llevará el nombre de María Serra Vargas Leal.
Segundo, con el fin de iniciar los trámites funerarios
correspondientes y el estricto apego a la ley, me comuniqué con el médico
municipal doctor Apolinar Álvarez Aguilar para solicitar su presencia en el
lugar del deceso. A fin de que diera fe del mismo, determinara la causa de
muerte y procediera a levantar el certificado de defunción respectivo.
Tercero, ante mi solicitud inicial, el doctor
Apolinar Álvarez Aguilar se negó rotundamente a acudir de manera presencial, argumentando
que no era necesario ello y solicitando que únicamente se le llevara a su
oficina la credencial del INE de mi madre para extender el documento de manera
irregular.
Cuarto, le hice la observación de que por ley era
su obligación acudir a certificar físicamente el cuerpo, a lo cual el
funcionario mantuvo en un principio su negativa.
Quinto, tras mi exigencia de que cumpliera con su
deber como servidor público, el doctor Álvarez Aguilar finalmente se vio
obligado a acudir al lugar, sin embargo, lo hizo mostrando una evidente actitud
de fastidio y molestia, llegando al extremo de hacer el reclamo insensible e
inapropiado de que si acaso se dudaba de su fallecimiento.
Y sexto, aunado a lo anterior, una vez se comprobó el
deceso, el médico se negó a elaborar el certificado de defunción en el lugar de
los hechos.
De manera condicionante y arbitraria, nos exigió que nos
trasladáramos a su oficina para poder entregarles el documento, siendo en ese
momento aproximadamente tres quince de la mañana, lo cual evidencia una total
falta de empatía, profesionalismo y vocación de servicio ante el dolor de una
familia.
Nos hizo ir dos veces y la primera no nos salió. Fundamentos
de derecho. La conducta del servidor
público mencionado contraviene las siguientes disposiciones legales.
Uno, ley general de salud, en sus artículos tres ochenta
y ocho y tres cuarenta y uno que establecen que los certificados de defunción
deben ser expedidos por profesionales de la medicina. De la medicina, una vez
que se compruebe el fallecimiento y se determinen las causas.
Dos, norma oficial mexicana NOM en materia de información
de salud establece los criterios para la expedición de certificados de defunción,
obligando al médico a certificar el hecho únicamente después de haberlo
comprobado personalmente.
Emitir un certificado a ciegas abre la puerta a la
falsificación de documentos oficiales y a la posible ocultación de delitos de
carácter federal.
Tres, ley de responsabilidades políticas y
administrativas del estado de Jalisco, en los artículos referentes a las
obligaciones de los servidores públicos, quienes deben cumplir con la máxima
diligencia, profesionalismo, y respeto al servicio que les sea encomendado,
absteniéndose de cualquier acto o omisión que cause la deficiencia de dicho
servicio o maltrata a los ciudadanos.
Por lo anteriormente expuesto y fundo a este y
fundado a este honorable Ayuntamiento y camino en pleno, atentamente pido, uno,
primero, primero, tenerme en presentada en tiempo y forma con este escrito,
admitiendo a trámite la presente queja o denuncia administrativa.
Segundo, se inicia una
investigación formal a través de la sindicatura y el órgano interno de control,
Contraloría Municipal, sobre el actuar de la doctora Apolinar Álvarez Aguilar,
por la grave omisión de sus funciones, su trato de migrante, y el riesgo de su
negligencia, representó al pretender emitir un certificado sin verificar el
cadáver.
Tercero, se impongan las acciones
administrativas correspondientes para evitar que estas malas prácticas, que
además de carecer de empatía, rayan en delitos. Se sigan repitiendo en
perjuicio de los ciudadanos de Etatlán.
Cuarto, solicito atentamente que
conforme a mi derecho de petición, se me notifique de manera formal, por
escrito, en el domicilio y o medios de contacto señalados sobre la radicación,
el seguimiento y la resolución final que el órgano interno de control y las
autoridades competentes determinen respecto a esta denuncia”
El Alcalde de Etzatlán respondió