Violencia vs Fuerzas de Seguridad
Desde 2019 a la fecha, al menos 229 integrantes de
corporaciones de seguridad en Jalisco han sido víctimas de alguna clase de
violencia en Jalisco; 88 han perdido la vida (en 5 casos se desconoce la
referencia geográfica de los hechos).
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La CEDH no especifica ni lugar ni fecha exacta.
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La Comisión de Estatal de Derechos en Jalisco considera que
la seguridad pública no es posible si a quienes son los principales
responsables de garantizarla no se les respetan sus derechos humanos, ni
cuentan con las condiciones, equipamiento y elementos mínimos para realizar su
trabajo de forma adecuada; lo anterior, es un requisito sine quanon, para que
también estos respeten las prerrogativas de la población.
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El Alcalde Mario Camarena informó que seguirá equipando y capacitando de manera correcta a
las y los elementos de seguridad pública.(19 oct)
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Recomendación General 1/2020 Dignificación de las condiciones laborales de las y los
policías
Fichas descriptivas y matriz de observaciones e
irregularidades
La competencia de esta defensoría de derechos humanos se
restringe a presuntas violaciones de derechos humanos, provenientes de actos u
omisiones de cualquier autoridad o servidor público estatal o municipal, es
decir, a la demarcación territorial del estado de Jalisco. Derivado de esto, se
solicitó al Gobierno del Estado, así como a los 125 municipios de Jalisco, que
respondieran un cuestionario con diversos reactivos…“Análisis cualitativo;
dicho cuestionario sólo fue atendido por 81 municipios”.
Tanto la estructura de la ficha descriptiva como de la
matriz de observaciones e irregularidades, se construyó desde el origen de las
inquietudes de quienes forman parte de las corporaciones policiales, y que
fueron rescatados del contenido de las notas periodísticas aparecidas en
diversos medios de comunicación. El objetivo de éstas, es identificar de manera
comparada, la diversidad de prestaciones y rezagos, con que cuentan las y los
elementos policiales del Estado, así como de los 125 municipios, y al cual solo
81 municipios atendieron.
El contenido de esas fichas se origina por la información
oficial que se recibió por parte de las autoridades estatales y municipales que
atendieron el llamado de esta defensoría de derechos humanos, y que, en la
mayoría de las ocasiones, no remitieron documentación que la respalde.
En esta ocasión, la CEDHJ, preocupada por las condiciones
laborales de las y los policías del estado y sus 125 municipios, llevó a cabo
diversas diligencias y gestiones, que arrojaron serias ausencias en
prestaciones laborales básicas e insuficiente capacitación, sumado al precario
equipamiento e infraestructura, con el que enfrentan día a día a la
delincuencia, como puede advertirse de las fichas descriptivas, así como de las
matrices de observaciones que fueron realizadas por municipio y que se
encuentran descritas en el apartado correspondiente.

Esta CEDHJ, atendiendo al
principio de concentración plasmado en el artículo 47 de la ley que la rige, llevó a
cabo la integración del acta de investigación 106/2018, y sus acumuladas
136/2018, 9/2019 y 128/2019, iniciada de manera oficiosa por las notas
periodísticas citadas con anterioridad, en contra del Gobierno del Estado y los 125
gobiernos municipales de Jalisco, dadas las violaciones a derechos humanos
reiteradas, así como por los patrones definidos de transgresión en contra de
las y los elementos policiales, por cuanto ve a la dignificación de sus
condiciones laborales.
Una vez que se analizó la
información que fuera remitida por las autoridades estatal y municipales que
colaboraron con esa investigación, resultaron indicios que sugerían violaciones
a derechos humanos laborales de las y los elementos policiales bajo su jurisdicción;
por tal motivo, se regresó dicha acta de investigación y sus acumuladas a la
Dirección de Quejas, Orientación y Seguimiento de este organismo
para que, de conformidad con los artículos 35, fracciones III y VI de la ley
que rige a esta Comisión, se considerara el inicio formal de la queja en contra
de las autoridades estatales y municipales de Jalisco.
Asimismo, se hizo notar en dicho
acuerdo que los siguientes municipios fueron omisos al llamado de esta
defensoría de derechos humanos, por lo que se refiere a esa etapa:

No es la primera ocasión en que esta defensoría de derechos
humanos se pronuncia a favor de mejorar las condiciones laborales de las y los
policías, pues el 13 de julio de 2017 se emitió la Recomendación 35/2017
dirigida al presidente municipal de El Salto, 37 derivada de la investigación
que se practicó en la queja 326/2017/II, donde se acreditó que dicho
ayuntamiento no había suscrito los convenios respectivos con alguna institución
federal, estatal u organismo descentralizado, que fuera el instrumento básico
de la seguridad social, por lo que se refiere a garantizar el acceso a la atención
médica, a los riesgos de trabajo, a la maternidad, al suministro de medicinas;
así como con el Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco (Ipejal), por lo
que toca al derecho a obtener una pensión y el otorgamiento de una vivienda
digna a través de créditos hipotecarios.