Puntos por aclarar:
La información sobre el
aumento del más del 40 por ciento en el impuesto predial en el municipio de
Etzatlán, la publicó Julio Ríos en el periódico La Jornada Jalisco.
Ahí el diputado Sergio Otal
Lobo, presidente de la comisión de Hacienda, informó que aumentaría el 42 % tablas
de valores unitarios de suelo y construcción y está entre comillas…lo que
quiere decir que es textual.
Las personas que leyeron ese
día la información se quedaron con esa idea.
Si no lo hubiéramos publicado
en el blog, no se hace la aclaración de que es menor el monto.
Gracias a la ley de
transparencia se lograron los documentos que este día publicamos.
Amig@s
respecto a su publicación donde señalan que aumentara más del 40% el impuesto
predial en el municipio de Etzatlán, Jalisco, es importante hacer algunas
precisiones para no dar pie a la especulaciones y a la desinformación, ya que
la propuesta de aumento del impuesto predial para el ejercicio fiscal 2016, que
se aprobó en la sexagésima acta correspondiente a la Trigésima Quinta Sesión de
Carácter Ordinario del H. Ayuntamiento de Etzatlán, Jalisco; Administración
2012-2015, se aprobó previo estudio y revisión del
proyecto de Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción del Municipio
de Etzatlán, Jalisco, por el Pleno del Consejo Técnico Catastral del Estado de
Jalisco, que mediante oficio 01181 emitió sus conclusiones, por lo que en ese
sentido en la referida Sesión de Ayuntamiento se aprobó la propuesta de los
siguientes coeficientes de incremento; 7% en la cabecera municipal, 10% en la
Delegación de Oconahua, y el 4% para los valores unitarios por hectárea para predios
rústicos y 4% en las valores de construcción, estos dos últimos de acuerdo a la
propuesta hecha por el Consejo Técnico Catastral del Estado de Jalisco, en
apego y cumplimiento al mandato constitucional del Artículo 115, en su artículo
quinto transitorio del decreto que reforma dicho artículo y que fue publicado
en el diario oficial de la federación el día 23 de noviembre de 1999, y que
preceptúa lo siguiente:
Artículo Quinto Transitorio.- Antes del ejercicio
fiscal del 2002, las legislaturas de los estados, en coordinación con los
municipios respectivos, adoptaran las medidas conducentes a fin de que los
valores unitarios de suelo que sirven de base para el cobro de las
contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria sean equiparables a los valores
de mercado de dicha propiedad y procederán, en su caso a realizar las
adecuaciones correspondientes a las tasas aplicables para el cobro de las
mencionadas contribuciones, a fin de garantizar su apego a los principios de
proporcionalidad y equidad.
Así pues bajo esa tesitura el incremento promedio
para el ejercicio fiscal 2016 en predios urbanos es del 8.5% y para predios
rústicos por hectárea del 4%.
Cabe señalar que dicha propuesta de incrementos
contenida en las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción, deberán
de ser aprobados por el Congreso del Estado de Jalisco a más tardar el día 16
de Noviembre de acuerdo a lo establecido por el artículo 55 de la Ley de
Catastro Municipal del Estado de Jalisco.