Este jueves inicia el nuevo etiquetado de alimentos… y 50 empresas ya se ampararon.
Los juicios entablados por las compañías probablemente no se resolverán ni siquiera antes de 2025, dijo Alfonso Guati, director general de Normas de la Secretaría de Economía.
Este jueves 1 de octubre entra en vigor el nuevo etiquetado de alimentos en México, de acuerdo con las modificaciones a la Ley General de Salud aprobadas el año pasado.
Según el dictamen avalado, los productos pre-envasados tendrán nuevas etiquetas que avisarán y advertirán al consumidor sobre su composición nutricional, por ejemplo, su contenido energético, sodio, azúcares o grasas saturadas.
Las etiquetas también especificarán cuando los productos tengan cantidades superiores a las establecidas por la Secretaría de Salud.
En la parte frontal del producto deberá estar la etiqueta compuesta por un símbolo en forma de octágono con fondo color negro, borde blanco y la leyenda "alto en", seguido del contenido que corresponda (grasas saturadas, sodio, azúcares o calorías).
El texto deberá estar escrito en letras mayúsculas con color blanco. En el mismo símbolo aparecerá la leyenda: "Secretaría de Salud".
Ante esto, alrededor de 50 empresas o representantes industriales presentaron un amparo contra los lineamientos que establece la NOM-051 para bebidas no alcohólicas y alimentos preenvasados, señaló en entrevista Alfonso Guati, director general de Normas de la Secretaría de Economía.
Entre los demandantes se encuentran la Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (Concamin); el Consejo Nacional Agropecuario (CNA); el Consejo Coordinador Empresarial (CCE); Coca-Cola FEMSA; Unilever; el Consejo Mexicano de la Industria de Productos de Consumo; Bebidas refrescantes de Nogales; Distribuidora de la Costa de Nayarit; Bebidas mundiales, Hershey, entre otras más.
“Las empresas que han interpuesto amparos están en su derecho, lo pueden hacer, pero no representan ni el 1 por ciento del total de unidades económicas que hay en el país”, señaló.
El director general de Normas agregó que los juicios de amparo tardarán varios años en resolverse.
“Un juicio de amparo en primera instancia no es menor a un año. Luego, si hay revisión y va a tribunal, tarda otro año, entonces son juicios que no van a resolverse ni siquiera antes de 2025”, aseveró.
Los motivos para interponer los amparos son variados, aunque la mayoría de las empresas han reclamado que hubo violaciones durante el proceso de normalización.
“Tuve la responsabilidad de llevar el proceso de principio a fin y puedo afirmar que la NOM-051 es la norma más cuidada, desde el punto de vista legal, que ha existido en la historia del país. Se garantizó la participación e inclusión de todos los involucrados, es la norma que más comentarios ha recibido”, enfatizó.
De acuerdo con la Secretaría de Economía, se recibieron 5 mil 216 comentarios provenientes de México y del extranjero, “incluso, algunos comentarios motivaron algunos ajustes importantes en las normas”, agregó Guati.
El funcionario apuntó que la creación de la norma fue ejemplar en cuanto a su elaboración y el tiempo en el que se construyó, ya que el proceso llevó cinco meses con tres semanas, cuando regularmente, un proceso de normalización puede tardar hasta cinco o seis años en llevarse a cabo.
Además, varias empresas han pedido la suspensión de la norma, pero a todas se les ha negado.
“Si tienen como propósito banalizar la entrada en vigor de la norma, no será posible, cada una de las empresas tendrán sus razones, pero no habrá suspensiones provisionales ni de ningún tipo, todas tiene que atenerse a la norma”, advirtió.
CNA prevé que NOM-051 afectará a consumidores
El Consejo Nacional Agropecuario (CNA) señaló durante la reunión mensual de su comité directivo que el Gobierno no tomó en consideración la opinión del sector privado, aun cuando este participó en la consulta pública y en los grupos para analizar la norma.
“Al no analizar con debido rigor la evidencia técnico-científica, el costo-beneficio de la medida, el impacto en la libre competencia, el respeto a los tratados internacionales, los derechos de los consumidores a acceder a información veraz y clara sobre los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas, tanto las empresas como los consumidores se verán afectados por estas medidas”, señaló el consejo.
Bimbo se resiste
Por su parte, Grupo Bimbo informó que su línea de pan de caja, bollería y la marca Saníssimo no tendrán ningún sello de advertencia, mientras que en la categoría de panes tostados, empanizadores y tortillas de harina contarán con al menos una alternativa sin sellos.
“En Grupo Bimbo seguimos trabajando para ofrecer a nuestros consumidores productos que cada vez más se adapten a sus necesidades y a su estilo de vida. Que estas líneas de productos de consumo diario no contengan sellos es una muestra de ello”, indicó en un documento Javier González Franco, director general adjunto de la empresa mexicana.
A partir de este primero de octubre entrarán en vigor las modificaciones a la NOM 051 que integran el etiquetado de advertencia con los octágonos negros en los productos procesados, el cual tiene como objetivo alertar a la población sobre los altos contenidos de azúcares, calorías, sodio y grasas; además de leyendas que recomiendan evitar su consumo en niños por el contenido de edulcorantes o cafeína.
Fuente: El Financiero / Héctor Usla Ana Luisa Gutiérrez
PARA SABER
La primera fase, del 1 de octubre al 30 de septiembre de 2023, se utilizarán los siguientes criterios: el máximo de kilocalorías por 100 g de producto sólido será de 275 mientras que para bebidas será de 70, y se librarán de etiqueta “Alto en azúcares” solo los sólidos que tengan menos de 10% de kilocalorías provenientes de azúcares libres y las bebidas que tengan menos de 10 kcal de ese origen.
En cuanto a grasas, el contenido energético máximo será de 10% proveniente de grasas saturadas para ambos tipos de producto mientras que solo el 1% podrá ser de grasas trans. El contenido máximo de sodio será de 350 mg mientras que para bebidas sin calorías será de 45 mg.
La segunda fase de este nuevo etiquetado, del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2025, contemplará niveles menores de esos nutrientes: en bebidas, por cada 100 ml, el contenido energético por azúcares libres tendrá que ser menor o igual a 8 kcal, es decir, 2 menos que en la primera fase. En cuanto al sodio para productos sólidos, el nivel máximo será de 300 mg por cada 100 g de producto.
A partir del 1 de octubre de 2025, cuando comience la tercera fase, el cálculo y evaluación de la información nutrimental complementaria se realizará aplicando íntegramente las disposiciones contenidas en los Perfiles Nutrimentales.
Fuente: Forbes / foto etiquetadosclaros.org
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