Campaña de limpieza
En
el marco de preservar el medio ambiente y concientizar a la ciudadanía se
pretenden llevar a cabo talleres y campañas de sensibilización, con el fin de activar
la conciencia ambiental de nuestros pobladores en Etzatlán
H.
Ayuntamiento Etzatlán sigue con su objetivo de limpiar las calles y alrededores
de nuestro municipio, esta vez estuvo presente en la entrada principal
limpiando y dando mantenimiento a los topes para además prevenir accidentes
Necesitamos
del a poyo de los ciudadanos para mantene r limpio nuestro bello Etzatlán.
Con información del Ayuntamiento Etzatlán
Multas vigentes para el año 2015
Artículo 91.-
Las sanciones administrativas y fiscales por infringir las Leyes, Reglamentos,
Disposiciones, Acuerdos y Convenios de carácter Municipal
X.
Sanciones por transgredir las disposiciones reglamentarias municipales
vigentes, referentes al Reglamento para la prestación del servicio de Aseo
Público:
1.-
Por no asear el frente de su casa habitación, local comercial o industrial, y
el arroyo hasta el centro de la calle que ocupe, jardines y zonas de
servidumbre, previa amonestación, de: $ 233.95 a $ 1,314.95
2.-
Por no haber dejado los tianguistas limpia el área que les fuera asignada para
desarrollar su actividad, de: $ 233.90 a $ 1,314.95
3.-
Por no contar con recipientes para depositar basura quienes desarrollen actividades
comerciales en locales establecidos o en la vía pública, de: $ 233.95 a $ 1,314.95
4.-
Por efectuar labores propias del giro fuera del local así como arrojar residuos
en la vía pública, de: $233.95 a $ 1,314.95
5.-
Por tener desaseado los sitios de estacionamiento, casetas y terminales por
parte de los propietarios o encargados del transporte público, de alquiler o de
carga, de: $ 233.95 a $1,314.95
6.-
Por arrojar o depositar en la vía pública, parques, jardines, camellones o
lotes baldíos, basura de cualquier clase y origen, fuera de los depósitos
destinados para ello de: 20 a 200 salarios mínimos vigentes en el Municipio de
Etzatlán…
8.-
Por sacudir ropa, alfombras y otros objetos fuera de ventanas y balcones, de: $
233.90 a $1,315.00
9.-
Por ensuciar las fuentes públicas o arrojar desechos sólidos domiciliarios al
sistema de drenaje municipal, de: $1,390.30 a $3,975.30
10.-
Por arrojar desechos a la vía pública los conductores y ocupantes de vehículos,
de: $233.90 a $1,315.50
12.-
Por transportar residuos o basura en vehículos descubiertos, sin lona
protectora, para evitar su dispersión, de: $355.40 a $3,082.10
15.-
Por no limpiar y desinfectar el vehículo utilizado para transporte y
recolección de residuos, de: $121.45 a $679.45
17.-
Por permitir labores de pepena y selección de residuos sólidos en las plantas
de transferencia, de: $1,193.40 a $2,056.20
18.-
Por carecer de contenedores para residuos sólidos domésticos, los edificios
habitacionales, edificios de oficinas, así como no darles mantenimiento, de: $
237.30 a $1,133.80
24.- Por tener desaseados
lotes baldíos, por metro cuadrado:
a)
Densidad alta: $17.95
b)
Densidad media: $22.50
c)
Densidad baja: $27.00
d)
Densidad mínima: $32.55
Si
la anomalía es corregida dentro de los siguientes siete días de la fecha de la
infracción la sanción se reducirá en: 40%
25.-
Por dejar o tirar materiales o residuos de cualquier clase en la vía pública,
lotes o terrenos, independientemente de recogerlos y sanear el lugar, por metro
cuadrado: $ 87.15
26.-
Por depositar o dejar en cualquier parte de la vía pública desechos forestales
provenientes de poda, derribo de árboles o limpieza de terrenos, de: $237.30 a $3,084.40
27.-
Por circular con vehículos ensuciando la vía pública con escurrimientos y
dispersión de residuos líquidos o sólidos, de: $472.40
a $4,111.30
30.-
Por no asear la vía pública inmediatamente después de haber realizado maniobras
de carga y descarga, de: $ 237.30 a $ 679.30
31.-
Los contribuyentes propietarios de fincas deshabitadas o predios baldíos que
hayan sido infraccionados por no asear los espacios que le correspondan,
deberán cubrir los derechos de limpia y saneamiento efectuados por el Municipio
y las multas correspondientes.
30.-
Por no asear la vía pública inmediatamente después de haber realizado maniobras
de carga y descarga, de: $ 237.30 a $ 679.30
31.-
Los contribuyentes propietarios de fincas deshabitadas o predios baldíos que
hayan sido infraccionados por no asear los espacios que le correspondan,
deberán cubrir los derechos de limpia y saneamiento efectuados por el Municipio
y las multas correspondientes.
XIII. Sanciones por
infringir las disposiciones reglamentarias municipales vigentes, referentes al
Desarrollo Urbano:
1.- Por tener o conservar
fincas o bardas sin mantenimiento de aseo; fincas con muros, techos, puertas,
marquesinas y banquetas en condiciones de riesgo y peligro para sus habitantes,
transeúntes, fincas vecinas o vehículos, por metro cuadrado:
a)
Densidad alta: $19.10
b)
Densidad media: $21.40
c)
Densidad baja: $25.85
d)
Densidad mínima: $32.65
Si se corrige la anomalía en
un plazo menor de 30 días, la sanción se reducirá, en un: 50%
XVII.
Sanciones por violar las disposiciones reglamentarias municipales vigentes,
referentes al comercio ambulante:
8.-
Por tener desaseada el área de trabajo, no contar con recipientes para basura y
no dejar limpio el espacio de trabajo al término de sus labores, de: $299.15 a
$598.45