En menos
de un mes dañan la flora del Municipio de Etzatlán.
Este
lunes el Gobierno Municipal publicó: No entendemos cómo es posible mientras
cuadrillas de trabajo y ciudadanos ponen su granito de arena para hacer de
Etzatlán un mejor municipio, existen otras personas que hacen todo lo
contrario, así lucen las plantas del parque la gigantera, después de ser
arrancadas y quemadas por vándalos.
Agradecemos
cualquier reporte que nos ayude a dar con los responsables al 753 00 83.
El 16 de
noviembre el Ayuntamiento ibformó : Hacemos un llamado a todos los ciudadanos
para dar con el o los responsables de este acto vandálico, asi amanecieron hoy
todos los árboles plantados por la calle Escobedo rumbo a la colonia Huixtla.
No es
posible mientras algunos ciudadanos brindaban cuidado a estos árboles otros
simplemente decidieron terminar con ellos, demostremos somos más los buenos y
los que nos preocúpanos por un mejor Etzatlán, denuncia de manera anónima al
753 00 83.
QUE SE APLIQUE LA LEY
Reglamento en Materia
de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para el Municipio de
Etzatlán, Jalisco.
TITULO CUARTO
De la protección de la flora y la fauna
Artículo 89.-Queda prohibido el
causar algún daño a la flora o fauna no nociva en el Municipio de Etzatlán, Jalisco.
La persona física o moral que lo haga deberá de reparar el daño en los
términos en que lo determine la Dirección de Ecología, y pagar la infracción
administrativa correspondiente.
Artículo 158.- El ayuntamiento, con
el objeto de apoyar a las actividades de preservación y protección ambiental,
realizará las gestiones necesarias par promover la educación ambiental dentro
del Municipio de Etzatlán, Jalisco, mediante la participación permanente
de la sociedad, y para ello:
I. Fomentará el respeto, mantenimiento
y acrecentamiento de los parques públicos municipales, así como del
resto de las zonas y áreas verdes de jurisdicción Municipal.
II. Fomentará el respeto, conocimiento
y protección de la flora y fauna existente en el Municipio de Etzatlán,
Jalisco.
III. Promoverá y difundirá programas y
acciones preventivas entre los habitantes del Municipio de Etzatlán,
Jalisco, para que los mismos conozcan y comprendan los principales
problemas ambientales de su localidad, origen y consecuencias, así
como las formas y medios de por los cuales se pueden prevenir o
controlar dichos desequilibrios ecológicos.
IV. Presentar denuncias ante la
Dirección de Ecología, e contra de personas físicas o morales que ocasionen desequilibrios
ecológicos.
REGLAMENTO PARA
LA PROTECCIÓN AMBIENTAL Y ACCIONES CONTRA CAMBIO CLIMÁTICO DEL MUNICIPIO DE
ETZATLAN.
CAPITULO VI
DE LA
DENUNCIA CIUDADANA
Artículo
197. Cualquier
persona tiene el derecho y el deber de denunciar ante la Dirección de Ecología,
desde que tenga conocimiento, todo hecho, acto u omisión que cause o pueda
causar daños al ambiente. La denuncia popular podrá ejercerse por cualquier
ciudadano. Para que sea procedente basta con los datos necesarios que permita
localizar la fuente contaminante o identificar los hechos denunciados.
Artículo
198. Las denuncias
podrán recibirse por escrito o por vía telefónica, para el segundo de estos
deberá asentarse por escrito al momento de recibirse, la cual deberá contener
los datos del denunciante y el denunciado, el motivo de la denuncia, la vía de
notificación que así señale y el nombre de la persona que atendió la denuncia.
TÍTULO II
ATRIBUCIONES
Y COORDINACIÓN DE AUTORIDADES
Artículo 10.
Son atribuciones de
la Dirección de Ecología
VIII. En
materia de desarrollo urbano, verificar que las autorizaciones en desarrollo
urbano sean congruentes con los principios, lineamientos y criterios
ambientales que se establezcan.
IX. En materia de preservación y mejoramiento ambiental:
e) Coadyuvar con autoridades competentes y organizaciones
ciudadanas la protección de la flora y fauna silvestre.
Ley de ingresos del Municipio 2020.
Por causar cualquier
tipo de daño a bienes de propiedad municipal o al equipamiento urbano en cualquiera
de sus modalidades, independientemente de la reparación del daño, de: $436.56 a
$ 3,787.25 pesos.