Han fallado
los 125 municipios de Jalisco en contener las desapariciones forzadas
No hay
municipio donde no se haya dado una desaparición, pero son 33 los que
concentran la mayoría de los casos
La Comisión
Estatal de Derechos Humanos de Jalisco emitió una macro recomendación para los
125 municipios de Jalisco que han incumplido en la implementación de acciones
suficientes y efectivas para la prevención de desaparición forzada y
desaparición cometida por particulares.
Y es que,
entre agosto de 2019, cuando se emitió una recomendación, y el último día de
febrero del 2021 se han documentado 2 mil 601 personas desaparecidas o no
localizadas.
No hay
municipio donde no se haya dado una desaparición, pero son 33 municipios donde
se concentran la mayoría de los casos.
Las
recomendaciones se derivan del análisis que realizó esta Comisión a las
políticas públicas de prevención de los delitos de desaparición forzada de
personas y desaparición cometida por particulares, elaboración de protocolos de
búsqueda permanentes y de capacitación para los servidores públicos en materia
de búsqueda de personas desaparecidas y atención a víctimas en los municipios
del estado.
Recuerda la
CEDHJ que apenas el pasado 8 de abril de 2021 se dio a conocer el Informe
Búsqueda e Identificación de Personas Desaparecidas de la Subsecretaría de
Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación, en el
que Jalisco se encuentra entre los estados que concentran el mayor número de
cuerpos recuperados de fosas clandestinas y el mayor número de reportes de
personas desaparecidas, así como de niñas, adolescentes y mujeres
desaparecidas.
Recuerda
también que el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas
(RNPDNO), al 28 de febrero de 2021, reportaba un universo de 83 mil 858
personas desaparecidas o no localizadas en el país, de las cuales, 11 mil 851
corresponden a Jalisco.
Mientras
que, a esa fecha, el Sistema de Información sobre Víctimas de Desaparición
(Sisovid) informaba al 28 de febrero de 2021 un total de 10 mil 105 personas
desaparecidas o no localizadas en Jalisco, en contraste.
Recordó que
cuando emitió una primera recomendación, al 31 de marzo de 2019, ese mismo
sistema reportaba un universo de 7 mil 504 personas desaparecidas o no
localizadas, tal y como se documentó en la Recomendación 25/2019 emitida por
esta Comisión en agosto de 2019.
A 21 meses
de ese entonces (del 31 de mayo de 2019 al 28 de febrero de 2021), la CEDHJ
pone en evidencia que fueron 2 mil 601 personas las que se sumaron al universo
de las desaparecidas o no localizadas.
Concluye la
CEDHJ que, en los últimos cinco años, la desaparición de personas en el Estado
se ha ido incrementando de manera exponencial, pues de las 10 mil 105 personas
desaparecidas o no localizadas en Jalisco, aproximadamente 72%, es decir, 7 mil
232, desaparecieron entre 2016 y 2021.
Según la
propia información contenida en el Sisovid, son 33 municipios de Jalisco los
que presentan una grave situación en materia de desapariciones: Arandas,
Atotonilco el Alto, Autlán de Navarro, Ayotlán, Casimiro Castillo, Chapala,
Cihuatlán, El Arenal, El Salto, Encarnación de Díaz, Guadalajara, Ixtlahuacán
de los Membrillos, Jalostotitlán, Jocotepec, La Barca, La Huerta, Lagos de
Moreno, Ocotlán, Puerto Vallarta, San Gabriel, San Juan de los Lagos, San
Miguel el Alto, Sayula, Tala, Tepatitlán, Tequila, Tlajomulco de Zúñiga,
Tlaquepaque, Tomatlán, Tonalá, Zapopan, Zapotlanejo y Zapotlán el Grande.
Es
importante destacar que, según la información que reporta el RNPDNO, los 125
municipios del estado registran por lo menos una desaparición entre el 15 de
marzo de 1964 y el 22 de febrero de 2021.
Califica de
alarmante lo que sucede en Jalisco lo que ha ocurrido hasta ahora. Solo este
organismo ha emitido una recomendación general y 15 recomendaciones
particulares relacionadas con la desaparición de 198 personas, así como de los
605 cuerpos que fueron motivo de la contingencia forense de 2018. De estas, por
lo menos en una ocasión han sido dirigidas a los municipios de Ameca, Autlán de
Navarro, El Grullo, Huejúcar, Jamay, Jocotepec, Juanacatlán, Lagos de Moreno,
La Barca, Mexticacán, Ocotlán, San Ignacio Cerro Gordo, San Miguel el Alto,
Sayula, Tecolotlán, Tecomatlán, Tequila, Tecalitlán, Villa Guerrero, Zapotlán
el Grande, Zapotlanejo y Zacoalco de Torres; en dos ocasiones a Ixtlahuacán de
los Membrillos, Puerto Vallarta y Tala; cuatro a Tonalá; y cinco a Guadalajara,
Tlaquepaque, Tlajomulco de Zúñiga y Zapopan.
Considera
entonces que es urgente cumplan los municipios cabalmente con los puntos
recomendatorios de la Recomendación general 3/2018, así como las acciones y
medidas que les impone la Ley General respecto de la prevención, programación,
capacitación y atención a casos de desaparición de personas, su colaboración y
apoyo para la búsqueda y localización en el ámbito de su competencia.
Pone en
evidencia que 17 ayuntamientos no atendieron el requerimiento de la Comisión,
estos fueron: Cuquío, Chimaltitán, El Salto, Huejuquilla el Alto, Juanacatlán,
Mexticacán, Quitupan, Santa María de los Ángeles, Teocuitatlán de Corona,
Tequila, Tlajomulco de Zúñiga, Tomatlán, Tonalá, Tuxpan, Villa Purificación,
Zapotlán del Rey y Zapotlán el Grande.
En tanto,
108 ayuntamientos sí atendieron el requerimiento, de ellos 51 presentaron su
informe de ley, pero sin medios de prueba que acrediten las acciones que
señalan en el documento; 57 ayuntamientos enviaron su informe y medios de
prueba de las acciones que realizan para la prevención, combate y erradicación
del delito de desaparición de personas y la atención a víctimas; sin embargo,
dichas acciones no han sido suficientes y efectivas para la prevención de esos
delitos, la búsqueda de personas desaparecidas, la capacitación de servidores
públicos y la atención de víctimas del delito y de violaciones de derechos
humanos.
Determinó
que los gobiernos municipales vulneran los derechos al deber de garantía de la
seguridad ciudadana, a la legalidad y seguridad jurídica de las víctimas de
desaparición de personas, por incumplimiento de la función pública, a la
integridad y seguridad personal; a la libertad personal, al reconocimiento de
la personalidad jurídica, a la verdad, al recurso judicial efectivo, la debida
asistencia a víctimas del delito y a la vida, de las personas desaparecidas y
sus familiares, y les recomienda que implementen de forma urgente las acciones
necesarias para concretar la reparación integral del daño colectivo en los
casos particulares donde esté documentada la participación de quienes integran
el gobierno municipal, en términos de la Ley General de Víctimas, la Ley de
Atención a Víctimas del Estado de Jalisco y demás legislación.
Además de
que procedan a la reparación integral del daño colectivo deberá realizarse bajo
la perspectiva de la debida diligencia reforzada e incluir, al menos, la
atención inmediata e integral de cada una de las obligaciones señaladas como
incumplidas en la presente resolución.
Pero sobre
todo, interactuar con el Comité Coordinador del Sistema Estatal de Búsqueda, la
Secretaría General de Gobierno, la Fiscalía Estatal y la Fiscalía Especial en
Personas Desaparecidas, así como con las demás autoridades estatales y
federales que resulten convenientes, para que en el ámbito de sus respectivas
competencias colaboren en el diseño, elaboración y aplicación de un programa de
prevención del delito, con énfasis en la prevención de la desaparición de
personas que contenga las acciones, estrategias y mecanismos operativos
necesarios, incluyendo las partidas presupuestarias para proporcionar una
eficaz y eficiente seguridad ciudadana a los habitantes del municipio, y que
permitan prevenir, combatir y erradicar la desaparición de personas, así como
para el intercambio, sistematización y actualización de la información de
seguridad pública que contribuyan a la búsqueda y localización de personas
desaparecidas y no localizadas.
Fuente: CEDHJ
/ El Occidental/ Víctor Chávez