Señala CEDHJ incumplimiento de acciones para combatir la
violencia contra niñas y mujeres y para avanzar en la igualdad sustantiva en
los 125 municipios de Jalisco.
• La Comisión realizó una Recomendación para cada uno de
los gobiernos municipales, por el incumplimiento de acciones integrales y
eficaces para la prevención, atención y sanción de todo tipo de violencia
contra las mujeres que viven o transitan en sus territorios.
• De no ser aceptadas o cumplidas, la Comisión
solicitaría comparecencias ante el Congreso del Estado.
• A cada Ayuntamiento se le dirigió una matriz de
indicadores para orientar sus procesos y acreditar sus avances.
La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ)
acreditó el incumplimiento de las atribuciones que, para estas autoridades,
mandatan la Ley Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y la Ley de
Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en Jalisco. De un universo
de 25 indicadores, sólo Guadalajara y Zapopan presentaron avances en más de
veinte, entre ellos, la utilización de la herramienta “pulso de vida” como
estrategia para la protección de mujeres con órdenes de protección.
Entre los hallazgos destaca que 17 de los municipios del
estado aún carecen de un Reglamento de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre
de Violencia, entre los cuales están: Tala, San Sebastián del Oeste, Tonaya,
Zapotiltic, Quitupan, Poncitlán, Unión de San Antonio, Chimaltitán, Teuchitlán,
Ejutla, El Limón, San Marcos, Santa María de los Ángeles, Santa María del Oro,
Teocuitatlán de Corona, Valle de Guadalupe y Mazamitla.
Asimismo, 23 municipios no cuentan con un Reglamento para
la Igualdad entre Mujeres y Hombres y estos son: Sayula, Tala, San Sebastián
del Oeste, Tenamaxtlán, Zapotiltic, Tecalitlán, Quitupan, Concepción de Buenos
Aires, Poncitlán, Atotonilco el Alto, Ayotlán, San Julián, Mexticacán,
Chimaltitán, Teuchitlán, Ejutla, El Limón, San Marcos, Santa María de los
Ángeles, Santa María del Oro, Teocuitatlán de Corona, Valle de Guadalupe y
Mazamitla.
37 ayuntamientos no informaron al respecto sobre contar
con comisiones edilicias de Igualdad de Género, y no se encontró información en
sus páginas web oficiales de conformidad a lo que mandata el artículo 15 de la
Ley de transparencia del Estado; estos municipios son: San Martín de Bolaños,
Villa Guerrero, Unión de San Antonio, Teocaltiche, Concepción de Buenos Aires,
Tolimán, Atengo, Cuautla, Tecolotlán, Tuxcacuesco, Cuautitlán de García
Barragán, Atenguillo, Cabo Corrientes, Guachinango, Mascota, Mixtlán, Ameca,
Etzatlán, Hostotipaquillo, San Juanito de Escobedo, Cuquío, San Cristóbal de la
Barranca, Atemajac de Brizuela, Cocula, San Martín de Hidalgo, Sayula, Tapalpa,
Teuchitlán, Ejutla, El Limón, San Marcos, Santa María de los Ángeles, Santa
María del Oro, Teocuitatlán de Corona, Valle de Guadalupe y Mazamitla.
Asimismo, son 22 los municipios que cuentan con una
Unidad Especializada para la atención de la violencia contra las mujeres, son:
El Salto, Tonalá, Guadalajara, Zapopan, San Pedro Tlaquepaque, Cuquío, Lagos de
Moreno, Tepatitlán de Morelos, San Miguel el Alto, Atotonilco el Alto,
Jocotepec, Tamazula de Gordiano, Zapotlán el Grande, Autlán de Navarro, El
Grullo, Cihuatlán, Puerto Vallarta, Tala, Ameca, Tequila, Sayula y Atemajac de
Brizuela.
Además de Guadalajara y Zapopan, sólo Tlaquepaque,
Tlajomulco y Tonalá presentan avances substanciales en los siguientes puntos:
• Instalación del Sistema y Programa de Prevención,
Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres
• Instalación del Sistema y Programa de Igualdad entre
Mujeres y Hombres
• Sistema de información de casos de violencia contra las
mujeres
• Reglamento interno de la Comisión de Seguridad Pública
Municipal, en el que se contemplan las atribuciones y obligaciones de las
unidades especializadas de órdenes de protección
• Sanción contra el acoso callejero en el reglamento de
bando de policía y buen gobierno
• Protocolo de actuación policial para la atención de
mujeres en situación de violencia que incluya, entre otras, las rutas de
actuación por:
• Llamadas de emergencia
• Atención presencial
• Mujeres con órdenes de protección
• Unidad para atender, llevar el control y el seguimiento
de las órdenes de protección
• Fortalecimiento de las unidades de atención a violencia
familiar, con personal multidisciplinario que brinda atención jurídica y
psicológica
• Consejo ciudadano o contraloría social que vigilen la
implementación de políticas y programas de igualdad entre mujeres y hombres
• Capacitación dirigida a las y los policías municipales,
juezas y jueces municipales, así como a las y los integrantes de las unidades
especializadas que atienden a mujeres víctimas de violencia por razón de género
en temas de atención especializada a mujeres en situación de violencia
• Certificación del personal que atienda a mujeres
receptoras de violencia, tanto a quienes atienden por vía telefónica, como a
quienes atienden de manera presencial, a través de los siguientes estándares de
competencia:
• ECO 497: Orientación telefónica a mujeres víctimas de
violencia basada en género
• ECO 539: Atención de primer contacto a mujeres víctimas
de violencia basada en género
Las acciones en las que la mayoría de los municipios
reportaron menos avances son:
• Creación de refugios, casas de medio camino o cuartos
de emergencia
• Unidad especializada para el seguimiento y emisión de
las órdenes y medidas de protección
• Sistema de información para la atención de casos de
mujeres víctimas de violencia, que cuente con datos desagregados, resaltando
tipo y modalidad de violencia, edad de la víctima, relación con el agresor, si
cuenta o no con alguna discapacidad, origen étnico, entre otros.
• Personal certificado conforme estándares de competencia
ECO 497 sobre atención telefónica a mujeres receptoras de violencia y ECO 539
sobre atención de primer contacto a mujeres víctimas de violencia basada en
género.
• Programas de reeducación integral a personas agresoras.
• Protocolo de actuación policial para la atención de
mujeres víctimas de violencia que incluya, entre otras rutas de actuación:
llamadas de emergencia, atención presencial y seguimiento y control de órdenes
de protección.
• Estrategias para la protección de mujeres víctimas de
violencia a través de la herramienta denominada “pulso de vida”.
• Personal multidisciplinario en las áreas que atienden a
mujeres víctimas de violencia a efecto de brindar atención jurídica,
psicológica y médica.
• Programa presupuestal transversal de igualdad.
• Consejo ciudadano o contraloría social que vigile la
implementación de políticas y programas de igualdad entre mujeres y hombres y
de prevención, atención y sanción de la violencia contra las mujeres.
• Programas dirigidos a las hijas e hijos de mujeres
víctimas de feminicidio, así como de sus cuidadores y cuidadoras.
Es importante señalar que el cumplimiento de las
obligaciones implica que los gobiernos municipales realicen acciones
inmediatas, integrales, transversales y con enfoque de género y de derechos
humanos.
Para solventar cada uno de los puntos recomendatorios y
registrar debidamente los avances, se adjuntó a cada uno de los 125
ayuntamientos una matriz de indicadores que, a su vez, constituye una ruta para
orientar las acciones, estrategias y procesos que implemente cada gobierno
municipal.
De no ser aceptadas o cumplidas, las autoridades deberán
fundar, motivar y hacer pública su negativa, a lo cual la Comisión podrá
solicitar al Congreso del Estado que comparezcan ante dicho órgano legislativo
a efecto de que expliquen su determinación.
Ruta de investigación
Esta defensoría ha realizado diez informes especiales
sobre la observancia de las políticas públicas en materia de igualdad y de
acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, de marzo 2018 a marzo de
2020.
En siete de éstos se desarrolló el monitoreo en la
observancia de las políticas de acceso de las mujeres a una vida libre de
violencia, dirigidos a los 11 municipios que tienen Alerta de Violencia contra
las Mujeres (conforme la legislación estatal) y Alerta de Violencia de Género
(conforme la legislación federal): Guadalajara, Zapopan, San Pedro Tlaquepaque,
Tonalá, Tlajomulco de Zúñiga, El Salto, San Juan de los Lagos, Puerto Vallarta,
Mezquitic, Zapotlán el Grande y Ameca.
En el caso de los informes especiales sobre propuesta de
mejoras respecto a las órdenes y medidas de protección y de observancia de las
políticas de igualdad entre mujeres y hombres, fueron dirigidos a los 125
ayuntamientos.
Sin embargo, la CEDHJ no ha registrado cumplimientos
significativos de parte de las autoridades municipales, por lo que inició
procedimientos de oficio que derivaron en las Recomendaciones a los 125
municipios.
En total, en los informes descritos se realizaron 48
proposiciones dirigidas a las distintas autoridades. De éstas, se concentraron
en 25 puntos a partir de los cuales se solicitó el correspondiente informe de
ley a las y los titulares de los 125 ayuntamientos municipales del estado; 114
respondieron y 11 no emitieron respuesta. A este último grupo corresponden
Cuquío, Chimaltitán, Juanacatlán, Poncitlán, Tala, Tenamaxtlán, Tomatlán, Santa
María de los Ángeles, Unión de San Antonio, Valle de Guadalupe y Villa Corona.
Actuación de la CEDHJ para la igualdad sustantiva y
acceso de las mujeres a una vida libre de violencia
En la última década, de las Recomendaciones emitidas por
la CEDHJ, 273 de 510 han sido integradas considerando los enfoques de género,
especializado y diferenciado, bajo el principio del interés superior de la
víctima.
Durante la actual administración, desde agosto de 2017 a
la fecha, se han emitido 77 Recomendaciones particulares a favor de los
derechos de las mujeres.
3 tema de desaparición de personas
12 mujeres víctimas por falta de acceso a la justicia, a
la verdad y a la reparación integral del daño.
8 por feminicidio
5 tortura
Asimismo, las Recomendaciones generales emitidas por la
actual administración (1/2018 en el rubro de discapacidad; 2/2018 en materia de
seguridad ciudadana; 3/2018 en el tema de desaparición de personas; 1/2020
referente a los derechos de las y los policías; y 2/2020 sobre la situación de
las cárceles municipales, los procesos de detención y la justicia administrativa
en los 125 municipios del estado) consideran la exigencia de atención con
enfoque de género.
10 Informes especiales
Capacitación especializada en materia de seguimiento y
control de medidas y órdenes de protección y la debida diligencia reforzada para
la atención de casos de violencia contra las niñas y mujeres, dirigidos a
personal de las áreas encargadas de prevenir y atender la violencia por razón
de género.
También, la Comisión se ha manifestado a través de
posicionamientos y pronunciamientos, y desde la Federación Mexicana de
Organismos Públicos Defensores de Derechos Humanos (FMOPDH), la CEDHJ ha
participado para impulsar la no criminalización de las manifestaciones públicas
realizadas por defensoras de los derechos humanos de las mujeres, como un
reclamo de justicia, por la no actuación inmediata y eficaz.