Asigna la federación más de 6 millones de pesos al Municipio
de Etzatlán. Así está estipulado en el presupuesto de egresos para el ejercicio
fiscal 2018.
*INFRAESTRUCTURA VIAL EN EL MUNICIPIO DE ETZATLÁN $ 6,500,000
pesos.
La infraestructura vial es todo el conjunto de elementos que
permite el desplazamiento de vehículos en forma confortable y segura desde un
punto a otro.
Para otros Municipios de la Región Valles, nada más asignó la
federación 2 millones y medio de pesos para distintas obras de infraestructura.
INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE AHUALULCO DE
MERCADO. $ 1,000,000 pesos.
INFRAESTRUCTURA SOCIAL EN EL MUNICIPIO DE TEUCHITLÁN
$1,000,000 pesos.
INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL SOCIAL, EN
AMATITÁN $500,000 pesos.
Los entes
públicos a los que se les asignen recursos del presente Presupuesto contarán
con un sistema de control interno en términos de las disposiciones jurídicas
aplicables y con cargo a su presupuesto aprobado, con el fin de propiciar un
ambiente de prevención y de gestión de riesgos. La Auditoría y la Función
Pública podrán establecer modelos para la instrumentación del sistema de
control interno que serán aplicables en los términos de los convenios que
suscriban para tal efecto con dichos entes públicos.
El Instituto
de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales continuará las acciones para
el mejor uso y aprovechamiento inmobiliario que considere, entre otras
acciones, la puesta a disposición de inmuebles desaprovechados, mismos que
podrán ser utilizados para resolver necesidades de otras instituciones públicas
o, en su defecto, para su desincorporación y enajenación. Para tal efecto,
dicho Instituto actualizará el programa de trabajo de aprovechamiento
inmobiliario federal mismo que deberá publicarse en su portal de Internet, así
como podrá realizar verificaciones a los inmuebles que así considere, previo
aviso a la institución pública de que se trate. Las acciones derivadas del
programa deberán sujetarse al presupuesto aprobado para las dependencias y
entidades.
Las entidades
federativas no podrán establecer requisitos adicionales ni realizar acciones u
omisiones que impidan el ejercicio eficiente, eficaz y oportuno de los recursos
públicos que por su conducto se transfieran a los municipios y, en su caso, a
las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
Las entidades
federativas, por conducto de la Secretaría de Finanzas o su equivalente,
deberán hacer pública la información relativa a la fecha y el monto de las
transferencias de recursos federales que deriven de los proyectos aprobados en
el Presupuesto de Egresos, realizadas a sus municipios o demarcaciones
territoriales de la Ciudad de México, a través de sus respectivas páginas
oficiales de Internet, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha
en que los recursos correspondientes hayan sido efectivamente depositados en
las cuentas bancarias específicas de los municipios o demarcaciones, incluyendo
el número de identificación de la transferencia.
El
incumplimiento a lo previsto en el presente artículo, incluyendo el destino de
los recursos correspondientes, será sancionado por las autoridades competentes
en los términos de la legislación aplicable, sin perjuicio de las
responsabilidades de carácter civil, administrativo o penal que, en su caso, se
determinen.
Los
municipios serán responsables de la correcta integración de la información
técnica, así como del destino, ejercicio, registro y comprobación de los
recursos que les transfieran las entidades federativas respectivas, conforme a
lo señalado en este artículo.
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