Este día en el Diario Oficial de
la Federación, la Secretaría de Economía, publicó las reglas de Operación del
Programa de Microcréditos para el Bienestar 2020.
Las presentes Reglas tienen por
objeto regir la operación del Programa de Microcréditos para el Bienestar. Para
la difusión y promoción del Programa podrá hacerse referencia a él como
"Tandas para el Bienestar".
El Programa tendrá los siguientes
objetivos:
I. General
Fomentar la consolidación de las
actividades productivas de las personas que inicien (Modalidad Mes 13 JCF Apoyos
del Programa a favor de las personas egresadas del Programa Jóvenes
Construyendo el Futuro que han manifestado interés en iniciar un Micronegocio) o
cuenten (Modalidad Consolidación) con un Micronegocio a través de Apoyos
mediante financiamiento y, posteriormente, de apoyos mediante asesoría y
capacitación.
II. Específicos
a) Proveer financiamiento a las
personas que inicien o cuenten con un Micronegocio y que habiten en la zona de
cobertura del Programa, y
b) Contribuir al desarrollo de
capacidades financieras y empresariales básicas de las Personas Beneficiarias.
El
Programa está dirigido a la siguiente población:
I. Población Potencial: Población que enfrenta
limitantes para iniciar o consolidar un micronegocio no agropecuario, y
II. Población Objetivo: Proporción de la población
potencial que cumpla con los criterios de elegibilidad y requisitos del
Programa, y que es factible atender con los recursos aprobados al Programa en
el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal respectivo, así
como con los provenientes de los reembolsos que realicen las Personas
Beneficiarias.
Los criterios de elegibilidad del Programa están regidos por el
principio de igualdad y no discriminación.
Para la
Modalidad Consolidación:
Las
personas interesadas en obtener el primer Apoyo mediante financiamiento, deberán
cumplir con los siguientes criterios al momento en que el personal de campo
realiza la visita de verificación establecida en la Regla DÉCIMA QUINTA:
a) Tener entre 30 y 67 años de edad
al momento de firmar la Solicitud de Incorporación a Programas de Desarrollo;
b) Manifestar que cuenta con un
Micronegocio con más de seis meses de operación, cuya actividad no sea
agropecuaria, y
c) Ser residente de algún municipio
o localidad perteneciente a la zona de cobertura del Programa.
Para la
Modalidad Mes 13 JCF:
a) Ser Persona egresada del JCF;
b) Manifestar su interés por iniciar
un Micronegocio, y
c) Haber finalizado el curso de
capacitación para iniciar un Micronegocio conforme a la Regla SÉPTIMA.
Para
recibir Apoyos mediante financiamiento subsecuentes, la Persona Beneficiaria
será elegible cuando haya reembolsado en su totalidad los apoyos previos, en
términos de lo establecido en la Regla NOVENA.
Los
Apoyos mediante financiamiento se sujetarán a la disponibilidad presupuestaria.
No es
elegible de Apoyo mediante financiamiento ninguna persona que participe en la
mecánica operativa del Programa.
SÉPTIMA.- Las personas interesadas en
obtener un apoyo del Programa deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Para el
primer Apoyo mediante financiamiento:
Para la
Modalidad Consolidación:
a) Proporcionar la información
necesaria para requisitar la Solicitud de Incorporación a Programas de
Desarrollo y firmarla para aceptar el
otorgamiento del apoyo;
b) Proporcionar la información
requerida en la Cédula de Información ;
c) Presentar una identificación
oficial vigente;
d) Proporcionar su Clave Única del
Registro de Población (CURP). Para asegurar la integridad del padrón de
Personas Beneficiarias del Programa, se verificará la validez de esta clave en
el Registro Nacional de Población. En caso de no resultar válida, se requerirá
a la Persona Beneficiaria que realice el trámite correspondiente para corregir
la situación, y
e) Presentar un comprobante de
domicilio con antigüedad no mayor a tres meses.
Para la
Modalidad Mes 13 JCF:
a) Proporcionar la información
necesaria para requisitar la Solicitud de Incorporación a Programas de
Desarrollo (Anexo 1) y firmarla para aceptar el otorgamiento del apoyo;
b) Proporcionar la información
requerida en la Cédula de Información ;
c) Constancia del Programa JCF, y
d) Acreditación.
- El
Programa considera el acceso a Apoyos mediante financiamiento sin intereses que
se entregarán en forma individual a las personas que cumplan los Criterios de
elegibilidad y los requisitos establecidos en las Reglas.
COMUNIDADES
QUE PUEDEN PARTICIPAR.
Ahualulco
de Mercado
Teuchiteco, Tiro Patria, El Lechón [Granja
Agropecuaria].
El Arenal
Santa Quiteria, El Panchote, La Cantera, Casa
Blanca (El Camichín), Rancho La Loma, Las Tortugas [Fraccionamiento], Puente de
las Tortugas, Rancho Los Paraisos, Los Robles.
Etzatlán
El Amparo (La Embocada), Las Jiménez, El
Ranchito (José de las Rosas), Oconahua, Puerta de Pericos (Tlachichilco), La
Quebrada, El Rincón, San Rafael (Hacienda de San Rafael), San Sebastián
(Ex-Hacienda De San Sebastián), El
Pasito.
San Juanito De Escobedo
La Providencia (Cantarranas), San Pedro, El
Trapiche.
.
San Marcos
Los Desmontes, Ex-Hacienda de Guadalupe, San
Isidro, La Tizapa (Seis Hermanos), Los Camichines, Las Cebollas.
Teuchitlán
Las Fuentes.
En los municipios restantes de la Región Valles, no tiene
comunidades en específico: Amatitán,
Ameca, Hostotipaquillo, Magdalena y Tequila.
Entra en vigencia este viernes, per o si
usted está interesado puede ver los anexos o si vive en otro Municipio de Jalisco, puede ver si su comunidad está en este programa.
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