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23 septiembre 2020

Podrían arrestar a la Alcaldesa de San Juanito por incumplir medidas sanitarias 23/sep/20

 AMONESTA SSJ A LOS MUNICIPIOS DE JAMAY Y SAN JUANITO DE ESCOBEDO

- Apercibe la dependencia a los presidentes municipales por realizar eventos para conmemorar el Día de la Independencia.

- Se conmina a acatar de inmediato las disposiciones sanitarias vigentes ante la pandemia de COVID-19

Por realizar eventos para conmemorar el Día de la Independencia de México, la Secretaría de Salud Jalisco (SSJ) emitió un acuerdo para amonestar a los municipios de Jamay y San Juanito de Escobedo, debido a que no atendieron las medidas sanitarias vigentes por la pandemia de COVID-19, poniendo en riesgo la salud de la población.

Lo anterior, a pesar de las restricciones ordenadas en el Acuerdo DIELAG ACU 047/2020 y los posteriores, que modifican su vigencia para celebrar eventos públicos.

“Se llevó a cabo la celebración presencial del Grito de Independencia configurándose con ello el incumplimiento a las medidas de seguridad sanitaria establecidas en los diversos acuerdos, normas y protocolos sanitarios vigentes en la entidad, que tienen como objeto la observancia de medidas de salubridad para prevenir, atender y contener la propagación de la enfermedad causada por COVID-19”, advierte el acuerdo signado por el Secretario de Salud del Estado de Jalisco, Fernando Petersen Aranguren.

Debido a la pandemia por COVID-19, actualmente está prohibido el uso de espacios públicos como plazas y jardines municipales, centros culturales, barriales o comunitarios y demás análogos, así como la realización de eventos, reuniones o congregaciones de más de 50 personas, ya sean de carácter público, privado o social.

El acuerdo de la SSJ además apercibe a los presidentes municipales de ambas demarcaciones, Juan Luis Aguilar García, de Jamay y María Guadalupe Durán Nuño, de San Juanito de Escobedo, para acatar de inmediato dichas disposiciones y todas las relacionadas previstas por la Ley Estatal de Salud, pues de no hacerlo, se harán acreedores a una multa y, en su caso, a una sanción que podría implicar el arresto administrativo.

Fuente: Gobierno Estatal



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