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04 enero 2020

Un muerto en El Arenal por accidente con tren 04/ene/20


Alrededor de las 10: 30 de la noche de este viernes, se reportó a los servicios de emergencias, un accidente en las vías del ferrocarril, en la zona centro de El Arenal.

Al llegar los elementos de Protección Civil y bomberos de El Arenal a los cruces de las calles,  Jesús Landeros y Jesús García, encontraron sin vida a un joven 26 años de edad.
El hoy fallecido tripulaba un jetta de color gris y se menciona que es de Huaxtla, identificado como Cristobal.

Testigos mencionan que el conductor del carro compacto intentó ganarle el paso al tren, el cual lo arrastró varios metros y el cuerpo del joven quedó a un contado de las vías.

Los bomberos de El Arenal publicaron “Acuden unidades de emergencias a la calle García Barragán a la altura de las vías del tren, ya que reportan un accidente entre el tren y un vehículo compacto. Sobre el lugar se encontró un masculino sin signos vitales.

Al sitio acudieron paramédicos y policías del municipio.

El personal del SEMEFO se encargó de levantar el cuerpo y el M:P. se encargará de investigar el caso para deslindar responsabilidades.

Fuente: Televisa Ggl. / Protección Civil El Arenal

03 enero 2020

6 años de cárcel por tener 130 kg. en carretera Gdl. - Tepic 03/ene/20

Sentencian a una persona detenida con 130 kilos de marihuana.

 El Ministerio Público de la Fiscalía General de la República en Jalisco, obtuvo del Juzgado de Juicio Oral, del Sistema Penal Acusatorio, con sede en esta entidad, sentencia condenatoria en procedimiento abreviado, contra Rolando “C”.

 El hombre, es responsable de la comisión de un delito contra la salud, por lo que deberá cumplir una pena de seis años ocho meses de prisión.

De acuerdo con la causa penal, elementos de la Policía Federal, detuvieron a esta persona en el kilómetro 11, de la carretera Guadalajara-Tepic, en las inmediaciones del poblado de “La Primavera”, a quien le aseguraron 13 costales de yute.

Los efectivos federales, al revisar los costales, aseguraron aproximadamente 130 kilogramos de Cannabis Sativa (marihuana).

El sentenciado, fue puesto a disposición del fiscal federal, quien lo remitió al Juzgado de Juicio Oral, encontrándolo culpable por el delito antes mencionado.

Por los hechos antes narrados, Rolando “C”, se encuentra interno en el Reclusorio Preventivo de la Zona Metropolitana de Guadalajara, lugar donde cumple con su condena.

Fuente: Comunicado FGR DPE/0017/20.

Multas en Etzatlán aumentaron desde 1 peso, y en otros apartados, más de 5 mil pesos en el 2020



Durante el ejercicio fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del 2020, la Hacienda Pública de este Municipio, percibirá los ingresos por concepto de impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos, aprovechamientos, ingresos por ventas de bienes y servicios, participaciones y aportaciones federales, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, así como ingresos derivados de financiamientos, conforme a las tasas, cuotas, y tarifas que en esta Ley se establecen. Los ingresos estimados de este Municipio para el ejercicio fiscal 2020, ascienden a la cantidad de $65’762,031.00 (sesenta y cinco millones setecientos sesenta y dos mil treinta y un pesos 00/100 M.N.) 

La cantidad de ingresos que percibirá el Ayuntamiento de Etzatlán es la misma que el año pasado.

(Los ingresos estimados del año 2018 fueron de $77,780,789.00 pesos)
Esta Ley se integra en las clasificaciones siguientes:



Las multas aumentaron desde 1 pesos a más de 5 mil pesos.

Hay casos que la sanción se quedó igual que el año pasado por ejemplo:

Desarrollo Urbano
Por carecer de licencia o permiso municipal para la instalación de casetas telefónicas, de: Uno a tres tantos del valor de la licencia o permiso

Se sancionará al propietario del inmueble por carecer de licencia o permiso para ocupar la vía o servidumbre pública con utensilios de trabajo, maquinaria, andamios u otros objetos y materiales inherentes a la construcción: Un tanto del valor de la Licencia o Premiso.
Cuando se sorprenda a los usuarios lavando cocheras, banquetas, calles, paredes, vehículos de cualquier tipo u objetos de cualquier naturaleza a chorro de manguera, se le impondrá una sanción económica equivalente a veinte veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Todos los daños que afecten a los medidores y sin perjuicio de que el Municipio, promueva como corresponda el ejercicio de la acción penal que considere procedente, deberán ser cubiertos por los usuarios bajo cuya custodia se encuentren; cuando los usuarios o beneficiarios de inmuebles incurran en la violación de sellos de dichos aparatos, los destruyan total o parcialmente o impidan tomar lectura a los medidores, se impondrá una sanción económica equivalente a 25 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, independientemente del pago que por consumo, suministro, reparación y reposición señala esta Ley.

Las personas físicas o morales que con sus acciones u omisiones causen cualquier daño en la infraestructura o pongan en peligro la disponibilidad de agua potable para el abastecimiento de la cabecera municipal debido a daños a la infraestructura hidrosanitaria o a la mala utilización de los recursos o bien dañen el agua del subsuelo, o sus desechos perjudiquen el alcantarillado o el drenaje , deberán pagar por tal concepto, una sanción económica de 50 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; de conformidad con los trabajos técnicos realizados y la gravedad de los daños causados, además de lo anterior, la institución clausurará las tomas o descargas hasta en tanto el usuario realice las obras materiales por su cuenta y riesgo que eliminen el problema según las especificaciones que determine el Municipio, o que en su defecto efectúe el pago correspondiente cuando los trabajos los realice el Municipio, de manera directo.

Aquellos usuarios, por cada vez que se opongan a la instalación del aparato medidor, se harán acreedores, a una multa de 50 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Cuando se detecte en un predio que se encuentre bajo el régimen de servicio medido, una o más tomas en servicio sin medidor, se procederá a la brevedad posible a la instalación de medidores, o en su caso, a la cancelación correspondiente, y en tales condiciones por no haber dado aviso al Municipio se impondrá al usuario una sanción económica equivalente a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización para usuarios domésticos y de 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización para usuarios de otros usos, independientemente del pago que deberá realizar por concepto de consumos estimados.

XX. Sanciones por infringir a las disposiciones reglamentarias municipales vigentes, referentes a los espectáculos taurinos:
Por vender un mayor número de boletos al autorizado o permitir el ingreso a personas bajo otras condiciones de entrada al local o a las áreas o zonas que lo conforman, generando sobrecupo, en relación al aforo autorizado para cada una, de: Uno a tres tantos del valor del boleto del aforo excedente

XIX. Sanciones por contravenir las disposiciones reglamentarias municipales vigentes, referentes a los espectáculos en general:

Por cancelar o suspender eventos, espectáculos, diversiones públicas, bailes o conciertos, sin causa justificada y sin dar aviso a las autoridades municipales, independientemente de la devolución del importe de las entradas que se hayan vendido y de la aplicación de la garantía otorgada, del valor del boletaje autorizado, del: 3% a 10%

45.- Por permitir los encargados, dueños o administradores de locales en donde se presente o realicen eventos, espectáculos, diversiones públicas, bailes o conciertos, la venta de boletos de cortesía, en eventos que se cobre ingreso, de: Uno a tres tantos del valor de cada boleto que en su momento autorice la Hacienda Municipal.

46.- Por vender boletos de cortesía en los eventos donde se cobre ingreso, de: Uno a tres tantos del valor de cada boleto que en su momento autorice la Hacienda Municipal. ( Es lo mismo o ¿son para revendedores?)

Por simular la voz el artista mediante aparatos electrónicos o cintas grabadas sin conocimiento del público sobre el monto de sus honorarios, del: 15% a 30%
Por no ofrecer a la venta los boletos de ingreso a partidos de fútbol con 5 días de anticipación a su realización, en los términos establecidos en la reglamentación municipal correspondiente, se aplicarán en forma progresiva sobre el importe total del boletaje autorizado, las siguientes sanciones: a) Con 4 días de anticipación, el: 1% b) Con 3 días de anticipación, el: 1.5% c) Con 2 días de anticipación, el: 2% d) Con 1 día de anticipación, el: 2.5% e) El mismo día: 3%

Por no presentar ante la autoridad municipal, los abonos o tarjetas de aficionado para su autorización, del: 5% al 10% del valor de cada abono o tarjeta de aficionado

NO HAY CAMBIOS PARA MULTAR EL QUE MALTRATE ANIMALES

Se impondrá multa de cinco a veinte veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien realice actividades en contravención a las disposiciones de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de Jalisco.

AUMENTO

El servicio de acomodadores de vehículos
Por no contar con el personal necesario e indispensable para la vigilancia de los vehículos estacionados en la vía pública, de acuerdo a lo estipulado en la autorización expedida por la dependencia competente en la materia, de: $2,484.28 a $4,291.55

Por cobrar sin derecho, cuota por permitir el estacionamiento de vehículos en la vía pública, de: $581.64 a $3,785.90 ( Año anterior $553.94 a $3,605.62)

IX. Sanciones por contravenir las disposiciones reglamentarias municipales vigentes, contenidas en el Reglamento Para la Protección del Medio Ambiente y Ecología y el Reglamento para la Protección ambiental y acciones contra el cambio climático del Municipio de Etzatlán

Los giros comerciales, industriales o de prestación de servicios que emitan ruido o vibraciones a la atmósfera que rebasen los niveles máximos permisibles de la normatividad vigente, o que causen molestias a la ciudadanía, de $994.60 a $4,830.91 (año pasado $947.24 a $4,600.87)

XIII. Sanciones por infringir las disposiciones reglamentarias municipales vigentes, referentes al Desarrollo Urbano:

Por depositar o tener escombro o materiales de construcción en la vía pública, lotes y terrenos baldíos o ajenos causando molestias, además, de la limpieza del lugar, por metro cuadrado, se sancionará tanto al propietario como al perito quienes para estos efectos responden solidariamente, de: 119.53 a $968.55 (Año pasado $113.84 a $922.43)
Por tener fachada y banqueta en mal estado en casa habitación, comercio, oficinas y factorías, se sancionará al propietario de: $287.37 a $2,876.80 (Año anterior $273.69 a $2,739.81)

Por omisión de jardines en zonas de servidumbre particular, en obras nuevas, además de corregir la omisión, por metro cuadrado, se sancionará tanto al propietario como al perito quienes para estos efectos responden solidariamente, de: $4,382.46 a $12,626.10 (Año pasado $4,173.77 a $12,024.86)

Por efectuar construcciones, permanentes en áreas de servidumbre, limitación de dominio o invadiendo la vía pública, además de la demolición de lo construido en esas áreas, por metro cuadrado, se sancionará tanto al propietario como al perito quienes para estos efectos responden solidariamente, de: $675.71 a $4,392.58 Las marquesinas, aleros, cubiertas, cornisas, balcones o cualquier otro tipo de salientes que excedan lo permitido por la reglamentación municipal vigente, se equiparará a lo señalado en el párrafo anterior
El año pasado $643.53 a $4,1.83.41

Por dejar escombro producto de canalizaciones en la vía pública cuando haya sido concluida la obra, independientemente de su retiro, se sancionará al propietario, de: $1,274.00 a $6,586.72 (Año pasado $1,213.33 a $6,273.07)

XIV. Sanciones por transgredir las disposiciones reglamentarias municipales vigentes, referentes a los anuncios:

Por la pega o engomado de anuncios en postes de alumbrado público, transporte urbano, registros y casetas telefónicas y árboles, independientemente del retiro con cargo al infractor, sea a la persona anunciante o anunciada, por cada anuncio se impondrá una multa, de: $10.32 a $41.45 ( Año anterior $9.83 a $39.48)

Por denigrar mediante imágenes, textos directos o indirectos a la mujer como sujeto digno, presentándola como objeto sexual, servidumbre u otros estereotipos denigrantes, de: $2,833.80 a $14,640.72 (Año anterior $2,698.86 a $13,943.54)

Por mantener el encendido de los anuncios con la variante luminosos o iluminados fuera del horario permitido, se impondrá una multa, de: $4,470.72 a $10,979.13 (Año anterior $4,257.82 a $10,456.31)

Por utilizar en los anuncios idioma diferente al español, se impondrá una multa, de: $1,122.44 a $2,196.90 ( Año pasado $1,068.99 a $2,092.29)

XV. Sanciones por violar las disposiciones reglamentarias municipales vigentes, referentes al centro histórico, barrios y zonas tradicionales:
Por modificar nomenclatura, niveles, textura, ancho de la banqueta y áreas verdes y vegetación, sin autorización del comité dictaminador, de: $726.68 a $6,314.46 4. (Año anterior $692.08 a $6,013.77)

Por efectuar actividades de carácter comercial en el exterior del local, de: $726.68 a $5,050.17 (Año pasado $692.08 a $4,809.69)

Las personas físicas o jurídicas que causen daños a bienes municipales, cubrirán una indemnización a favor del Municipio, de acuerdo al peritaje correspondiente de conformidad a la siguiente:
TARIFA
I.- Daños causados a mobiliario de alumbrado público:
1.- Focos, de: $144.87 a $644.34 (año anterior $137.97 a $613.66)
2.- Postes de concreto, de: $2,530.93 a $5,238.57 (año pasado $2,410.41 a $4,989.11)
II. Daños causados a sujetos forestales:
1. De hasta 10 metros de altura, de: $1,243.47 a $2,072.61 (año anterior $1,184.26 a $1,973.91)

XVI. Sanciones por transgredir las disposiciones reglamentarias municipales vigentes, referentes al funcionamiento de giros comerciales, industriales y de prestación de servicios:
Por permitir el acceso, permanencia o proporcionar servicio a menores de edad, en lugares o actividades en los que exista prohibición para ello, por cada meno, de: $2,901.62 a $24,394.39 (ASÍ ESTÁ PUBLICADO Año pasado $2,763.45 a $23,232.75)

Por exhibir, publicitar, difundir y comercializar artículos y material pornográfico, fílmico o impreso, así como involucrar a menores de edad en sus actos o permitirles el acceso a este tipo de material, de: $16,999.35 a $48,788.84 ( Año pasado $16,189.86 a $46,465.56)

XVIII. Sanciones por transgredir las disposiciones reglamentarias municipales vigentes, referentes a los tianguis:
Por no asear el área de trabajo, de: $298.37 a $2,690.21 ( El año pasado $284.16 a $2,562.10)

XIX. Sanciones por contravenir las disposiciones reglamentarias municipales vigentes, referentes a los espectáculos en general:
Por proferir o expresar insultos contra las instituciones públicas o sus representantes, en eventos, espectáculos, diversiones públicas, bailes y conciertos por parte de artistas o actores, de: $793.15 a $4,363.47 ( año anterior $755.38 a $4,155.69)

Por permitir el acceso a otra zona por medio de palcos de propiedad particular, de:
$837.24 a $6,071.37 (Año anterior $797.37 a $5,782.26 )

XX. Sanciones por infringir a las disposiciones reglamentarias municipales vigentes, referentes a los espectáculos taurinos:
Por la venta de bebidas alcohólicas de más de 14% de volumen alcohólico en las instalaciones de la plaza o local autorizado para el evento, o de mercancías no contempladas en el reglamento sin la autorización municipal correspondiente, de: $2,833.86 a $20,493.83 ( Año pasado $2,698.91 a $19,517.93)

XXIII. Sanciones por contravenir las disposiciones reglamentarias vigentes relativas a la atención de personas discapacitadas:

 Por no mantener limpio o no conservar en buen estado los centros de desarrollo social, se impondrá una multa, de: $4,475.47 a $8,780.89 ( El año pasado $4,262.35 a $8,362.75)
XXVI. Sanciones por contravenir lo establecido en la Ley para regular la venta y el consumo de bebidas alcohólicas del Estado de Jalisco.

Por no retirar a personas en Estado de ebriedad del local, cuando causen desorden o actos que atenten contra la moral, de: $5,402.54 a $54,025.55 (aumentó 57.26 con respecto al año pasado la primera cifra. La segunda aumentó 2,599.65 más)
Por no dar aviso a la autoridad municipal competente, de las fallas en los equipos de control de contaminantes a la atmósfera en fuentes fijas de competencia municipal, de: $1,465.92 a $25,248.26 (69.8 pesos más en la primera cifra. En la segunda el aumentó es de 1,202.57)

Por vender o permitir el consumo de bebidas alcohólicas sin alimentos en los establecimientos que así lo requieran, así como vender o permitir el consumo a personas que se encuentren visiblemente en Estado de ebriedad, bajo efectos psicotrópicos, o con deficiencias mentales, de: $2,701.26 a $27,012.79 ( El año pasado la multa era de $2,572.63 a $25,726.47)

Por permitir los encargados o administradores de locales donde se presenten eventos, espectáculos, diversiones públicas, bailes y conciertos de cualquier clase, la presentación o actuación de artistas en Estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas enervantes, de $4,889.96 a $21,054.75 (El año pasado $4,657.10 a $20,052.14)

Por vender o suministrar bebidas alcohólicas a militares, policías o elementos de seguridad uniformados o en servicio, así como a personas armadas, de: $5,402.54 a $54,025.55 (El año pasado era de $5,145.28 a $51,452.90)

Por ordenar o permitir que la entrada del público al establecimiento se realice en forma distinta al estricto orden de llegada, se falte al respeto al público o se realicen actos de discriminación, tratándose de los establecimientos señalados en el Artículo 18 de la Ley de la materia, de: $10,805.08 a $108,051.13 (año anterior $10,290.55 a $102,905.84)

Por exigir determinado consumo de bebidas alcohólicas para el ingreso al establecimiento o para la venta de alimentos, así como por permitir que la gente permanezca en el mismo después de la hora fijada para su cierre, de: $5,402.54 a $54,025.55 (Año anterior $5,145.28 a $51,452.90)

Por realizar, organizar o promover en los establecimientos o en cualquier otro lugar, concursos, eventos o torneos que requieran la ingestión excesiva de bebidas alcohólicas, desnaturalizando los principio de degustación, catación o cualquier otra manera destinada a evaluar la calidad de las bebidas, así como los eventos o promociones a que se refiere el Artículo 46, párrafo 1, fracción X de la Ley de la materia, de: $5,402.54 a $54,025.55 (NO ENCONTRAMOS LA LEY EN LA MATERIA)

Por vender bebidas alcohólicas en envase abierto y para su consumo inmediato en aquellos establecimientos cuya venta debe hacerse en envase cerrado, así como permitir su consumo en el interior del local en contravención a los programas de prevención de accidentes aplicables cuando así lo establezcan los reglamentos municipales, de:  $2,701.26 a $27,012.79 (Año pasado $2,572.63 a $25,726.47)

Por instalar persianas, biombos, celosías o canceles que impidan la vista del exterior hacia el interior del establecimiento, de: $2,701.26 a $27,012.79

Por carecer de los avisos relacionados con la aplicación de las medidas y programas de prevención de accidentes que se aplican en el local, de: $12,809.98 a $13,126.42 ( Año pasado $12,199.98 a $12,501.35)

XVII. Sanciones por violar las disposiciones reglamentarias municipales vigentes, referentes al comercio ambulante:
Por ejercer el comercio en la vía pública en forma ambulante fija, semifija o móvil sin el permiso municipal, de: $292.67 a $874.59 (El año pasado $278.73 a $832.94)

Por obstruir la vía pública con enseres propios de su actividad, de: $367.46 a $735.16 (El año pasado $349.96 a $700.11)

Por tener desaseada el área de trabajo, no contar con recipientes para basura y no dejar limpio el espacio de trabajo al término de sus labores, de: $367.46 a $735.16
Por no portar el uniforme en el desempeño de sus funciones quien tenga la obligación de hacerlo, previo apercibimiento, de: $132.60 a $265.34 (El año pasado $126.29 a $252.70)


Ambiente cálido pronostican para el fin de semana en zonas de Jalisco 03/ene/20


SE PRONOSTICAN VIENTOS FUERTES EN EL NORESTE DEL PAÍS, ASÍ COMO EVENTO DE "NORTE" EN EL GOLFO DE MÉXICO. 
Para hoy, el frente frío No. 26 será reforzado por una nueva masa de aire frío, dicho sistema frontal se desplazará sobre los estados del noreste y oriente del país, la masa de aire polar que lo impulsará ocasionará un descenso en la temperatura en gran parte del territorio nacional, así como un evento de "Norte" con rachas superiores a los 70 km/h en las costas de Tamaulipas y rachas de 60 km/h en las costas de Veracruz, extendiéndose gradualmente durante la noche a costas de Tabasco, Campeche, abarcando el Istmo y Golfo de Tehuantepec, además se registrarán bancos de niebla o neblina en zonas serranas del noreste, centro, oriente y sureste de México, durante esta mañana existe la probabilidad para la caída de nieve o aguanieve en zonas altas de Chihuahua, Coahuila y Durango.
Por otra parte, el frente frío No. 28 se extenderá sobre los estados fronterizos del norte de México, dichos sistemas meteorológicos ocasionarán los siguientes efectos. 
Pronóstico por regiones:

Pacífico Centro: Cielo nublado en la región. Ambiente Cálido durante el día. Viento del oeste de 15 a 30 km/h.(Neblina en algunas partes de Jalisco)

Pronóstico de precipitación para hoy 3 de enero de 2020:

Lluvias fuertes con puntuales muy fuertes (50 a 75 litros por metro cuadrado)
: Oaxaca y Chiapas.

Intervalos de chubascos con lluvias puntuales fuertes (25 a 50 litros por metro cuadrado): Puebla, Veracruz, Tabasco, Campeche y Yucatán.

Intervalos de chubascos (5.1 a 25 litros por metro cuadrado): Quintana Roo y Tamaulipas.

Lluvias aisladas (0.1 a 5.0 litros por metro cuadrado): Coahuila, Chihuahua, Durango, Hidalgo y Guerrero.

Posible caída de nieve y/o aguanieve: Coahuila, Chihuahua y Durango.
Las lluvias pueden acompañarse de descargas eléctricas.
Pronóstico de temperaturas mínimas para hoy 3 de enero de 2020:

Temperaturas mínimas de -10 a -5°C y heladas: 
Sierras de Sonora, Chihuahua y Durango.

Temperaturas mínimas de -5°C a 0°C y heladas: Sierras de los estados de Baja California, Coahuila, Zacatecas, Hidalgo, Puebla, Tlaxcala y el Estado de México.
Pronóstico de vientos para hoy 3 de enero de 2020:

Evento de “Norte” con rachas de viento de 70 km/h
: Costas de Tamaulipas.

Evento de "Norte" con rachas de viento de 60 km/h: Costas de Veracruz, Tabasco, Campeche, Istmo y Golfo de Tehuantepec.

Viento con rachas de 60 km/h con tolvaneras: Coahuila, Nuevo León, Aguascalientes, Tamaulipas, San Luis Potosí y Zacatecas. 
PRONÓSTICO PARA EL FIN DE SEMANA
El sábado, el frente frío No. 26 se extenderá sobre la Península de Yucatán y el sureste mexicano, favorecerá potencial de chubascos y lluvias fuertes en Veracruz, Oaxaca, Chiapas, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo. La masa de aire asociada, mantendrá ambiente frío, principalmente durante la mañana y noche, en gran parte del territorio, así como evento de “Norte” con rachas de viento de 80 km/h en el Istmo y Golfo de Tehuantepec, y de 50 km/h en el sur del litoral del Golfo de México y la Península de Yucatán. El domingo, el frente se localizará en el Mar Caribe, dejando de afectar México, mientras que su masa de aire frío modificará sus características térmicas, favoreciendo un incremento gradual de las temperaturas vespertinas sobre la mayor parte del país.

A partir del domingo, una circulación anticiclónica en niveles medios de la atmósfera favorecerá ambiente estable y seco, con escasa probabilidad de lluvia en el territorio nacional.

Los sistemas meteorológicos mencionados ocasionarán los siguientes efectos:

Sábado 04 de enero de 2020:
  • Intervalos de chubascos con lluvias puntuales fuertes (25 a 50 litros por metro cuadrado): Oaxaca y Chiapas.
  • Intervalos de chubascos (5.1 a 25 litros por metro cuadrado): Veracruz, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo.
  • Lluvias aisladas (0.1 a 5.0 litros por metro cuadrado): Puebla.
  • Evento de “Norte” con rachas de viento de 80 km/h: Istmo y Golfo de Tehuantepec. Rachas de 50 km/h: Costas de Veracruz (sur), Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo.

Domingo 05 de enero de 2020:
  • Intervalos de chubascos (5.1 a 25 litros por metro cuadrado): Oaxaca y Chiapas.
  • Lluvias aisladas (0.1 a 5.0 litros por metro cuadrado): Veracruz y Tabasco.
  • Viento de componente norte con rachas de 80 km/h: Istmo y Golfo de Tehuantepec.



02 enero 2020

Lluvias muy fuertes y viento pronostican en zonas de Jalisco 02/ene/20

SE PRONOSTICAN VIENTOS FUERTES EN LA MESA DEL CENTRO Y MESA DEL NORTE, ADEMAS DE CAÍDA DE NIEVE O AGUANIEVE EN ZONAS MONTAÑOSAS DE CHIHUAHUA, DURANGO, COAHUILA Y NUEVO LEÓN.

Para hoy, el frente frío No. 27 y la Quinta Tormenta Invernal se encuentran en etapa de disipación sobre el noroeste del país. Sin embargo, el frente frío No. 26 frente a las costas de Tamaulipas y la fuerte entrada de humedad del Océano Pacífico, favorecida por la Corriente en Chorro Subtropical, mantendrán ambiente muy frío sobre el occidente y norte del país, rachas de viento que pueden superar los 70 km/h en estados de la Mesa del centro y Mesa del norte, además de caída de nieve o aguanieve en zonas montañosas de Chihuahua, Durango, Coahuila y Nuevo León.

Por otro lado, se mantendrán bancos de niebla matutinas en zonas serranas del centro, oriente y sureste de la República Mexicana.

Finalmente, un nuevo frente frío se aproximará a la frontera norte del país al final del día.

Pronóstico por regiones: 
Pacífico Centro: Cielo nublado en la región con lluvias muy fuertes en Jalisco y Michoacán; fuertes en Colima e intervalos de chubascos en Nayarit. Ambiente Cálido. Viento del oeste de 15 a 30 km/h, con rachas superiores a 70 km/h y olas de 2 a 3 metros de altura en costas de Jalisco y Colima. 

Pronóstico de precipitación para hoy 2 de enero de 2020:   Lluvias fuertes con puntuales muy fuertes (50 a 75 litros por metro cuadrado): Jalisco y Michoacán.  Intervalos de chubascos con lluvias puntuales fuertes (25 a 50 litros por metro cuadrado): Colima y Guerrero.

 Intervalos de chubascos (5.1 a 25 litros por metro cuadrado): Chihuahua, Durango, Zacatecas, Sinaloa, Nayarit, Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas, San Luis Potosí, Aguascalientes, Guanajuato, Oaxaca y Chiapas.

Lluvias aisladas (0.1 a 5.0 litros por metro cuadrado): Sonora, Morelos, Ciudad de México, Estado de México y Puebla.   Posible caída de nieve y/o aguanieve: Zonas serranas de Chihuahua, Coahuila, Durango y Nuevo León.  Las lluvias pueden acompañarse de descargas eléctricas.

Pronóstico de temperaturas mínimas para hoy 2 de enero de 2020:   Temperaturas mínimas de -10 a -5°C y heladas: Sierras de Sonora, Chihuahua y Durango.

Temperaturas mínimas de -5°C a 0°C y heladas: Sierras de los estados de Baja California, Coahuila, Zacatecas, Hidalgo, Puebla, Tlaxcala y el Estado de México.

Pronóstico de vientos para hoy 2 de enero de 2020:   Viento con rachas de 80 km/h: Chihuahua, Durango, Nuevo León, San Luis Potosí, Zacatecas, Guanajuato y sur de Veracruz.

Viento con rachas de 70 km/h: Zonas de Sonora, Coahuila, Tamaulipas, Aguascalientes, Jalisco, Michoacán, Querétaro, Ciudad de México, Estado de México, Hidalgo, Tlaxcala, Puebla, Oaxaca, Chiapas, Tabasco y Yucatán.

 Oleaje de 2 a 3 metros de altura: costas occidentales de la Península de Baja California, Jalisco y Colima.

01 enero 2020

En carretera a Nogales restringen entrada a camiones de carga pesada 01/ene/20

SIN INCIDENTES COMENZARON LAS RESTRICCIONES DE CIRCULACIÓN Y DE HORARIO PARA EL TRANSPORTE DE CARGA PESADA EN EL AMG

   -La Comisaría de la Policía Vial y la Dirección de Seguridad Vial socializan las restricciones establecidas por la ley para la circulación de tráileres.

Sin incidentes transcurrió el primer día del operativo realizado en los accesos carreteros al Área Metropolitana de Guadalajara (AMG) relativo a las nuevas disposiciones de circulación del transporte de carga previstas en los artículos 71 y 183 de la Ley de Movilidad.

La Comisaría de la Policía Vial y la Dirección de Seguridad Vial de la Secretaría de Transporte instalaron puntos de información en los siete ingresos carreteros a la ciudad, en los que fueron abordados 85 transportistas a quienes les informaron sobre las nuevas disposiciones legales, mismas que restringen la circulación de vehículos de carga con semirremolque, doble remolque y tractocamiones, en el horario de 06:00 a 09:00 horas.

Los puntos carreteros donde fueron establecidos dichos puntos de información son:   • Carretera a Colotlán, a 6 kilómetros al norte de la intersección con Juan Gil Preciado
• Carretera a Saltillo, a su cruce con el Río Santiago en el kilómetro 28 • Carretera a Zapotlanejo (cuota), intersección con Periférico Oriente
• Carretera a Zapotlanejo (libre), intersección con Nuevo Periférico
• Carretera a Chapala intersección con Carretera a El Salto
• Carretera a Colima intersección con Circuito Metropolitano Sur
• Carretera a Tepic, a 5 kilómetros de la intersección con Periférico Poniente

“Los transportistas lo están tomando muy bien, no hemos tenido ningún incidente, todo ha sido informativo, mas sí se está aplicando la ley, en la cual se hace mención que de 06:00 a 09:00 no ingresan tráileres y hemos tenido un buen diálogo, una buena respuesta por parte de los conductores”, indicó Blanca Minerva Magaña Arias, Comisaria de la Policía Vial.

Estas nuevas medidas tienen el objetivo de mejorar la seguridad vial, reduciendo los accidentes en los que se ven involucrados vehículos pesados, agilizar el tránsito en el AMG, disminuir la contaminación y mejorar la calidad de vida de las y los ciudadanos.

“Los lineamientos han sido establecidos por parte de Imeplan a partir de las definiciones que hizo la Junta de Coordinación Metropolitana, allí se definieron los nuevos lineamientos tanto del polígono de entrada y salida y las restricciones que tendrá en cuestión de la franja horaria”, comentó Saúl Alveano Aguerrebere, Director de Seguridad Vial de la Secretaría de Transporte.

Agregó que los permisos para los tráileres pueden ser tramitados a través de la página web www.transportedecarga.jalisco.gob.mx o bien, directamente en la Secretaría de Transporte.

En los puntos de información se contó con la presencia de representantes de la Cámara Nacional de Autotransporte de Carga (Canacar), con quienes se ha mantenido el diálogo y se tienen los canales abiertos para tener una comunicación directa con los transportistas.

Durante todo el mes de enero la Comisaría de la Policía Vial y la Dirección de Seguridad Vial de la Secretaría de Transporte realizarán acciones de socialización, sin embargo, cabe destacar que la restricción ya es vigente por lo que desde este 01 de enero no se permite el ingreso a la ciudad de los vehículos de carga estipulados y será hasta el mes de febrero cuando inicie la aplicación de sanciones económicas.

Fuente: Gobierno de Jalisco.

Muere supuesto líder criminal de Tala 01/ene/20

 Autoridades penitenciarias de Jalisco confirmaron la muerte de Juan Carlos Antonio Mercado, conocido con los apodos de El Chato o El Monino, detenido en 2012 por el secuestro de al menos 14 personas. Dicho sujeto pereció en el Penal de Puente Grande presuntamente de un infarto.

Fuente: Milenio Jalisco/ Jorge Martínez

TALA, JALISCO (13/MAY/2012).- Elementos de la Policía del Estado lograron la captura del supuesto líder de una célula criminal, y el cual participó en la privación ilegal de la libertad de al menos 14 personas.   Se trata de Juan Carlos Antonio Mercado, de 27 años de edad, apodado ‘’El Chato’’ o ''El Monino'',  quien tenía su domicilio en la calle Pedro Moreno de la zona Centro en el municipio de Tala, Jalisco.

En sus declaraciones ante los medios de comunicación, ‘’El Chato’’ dijo pertenecer al Cártel del Milenio, dijo que sus víctimas eran seleccionadas al azar.
Su captura se registró en la calle Ramón Corona en su cruce con Flores Magón, en el municipio referido, cuando iba a bordo de una camioneta tipo pick up modelo 2011, blanca, con placas de circulación JS2659, la cual contaba con reporte vigente de robo.

 ‘’Al momento de su detención no puso resistencia, lo capturamos en el mismo municipio (Tala)’’, informó el comandante Fernando Andrade.   Antonio Mercado indicó que aunque es señalado como el líder de una célula delictiva, él recibía órdenes directas de un sujeto llamado Fernando, también conocido como ‘’El R-5’’, quien presuntamente es uno de los líderes de ‘’Los Z’’.

A “El Chato” se le aseguró una pistola tipo escuadra calibre 45, con su respectivo cargador abastecido con ocho cartuchos útiles.   Con la detención de Antonio Mercado suman ya seis las detenciones de personas involucradas en el plagio de al menos 14 personas, de las cuales 12 fueron rescatadas con vida el pasado lunes, y las otras dos fueron encontradas muertas a balazos en el municipio de El Arenal, Jalisco.

Fuente : El Informador