Síntesis de la Recomendación 15/16, dirigida al licenciado
Carlos Antonio Zamudio Grave, fiscal regional del estado de Jalisco; y al
licenciado Felipe de Jesús Jiménez Bernal, presidente municipal de Tequila, por
la violación del derecho a la legalidad y a la igualdad, por un ejercicio
indebido de la función pública y falta de perspectiva de género en la
procuración de justicia, así como peticiones a diversas autoridades para garantizar
a las mujeres el acceso a la justicia y a una vida libre de violencia.
El 12 de mayo de 2015 una mujer presentó queja contra
personal de la agencia del Ministerio Público y de la Comisaría de Seguridad
Pública de Tequila porque no le brindaron la ayuda necesaria para salvaguardar
su integridad, ni otorgaron medidas a su favor como víctima de diversos tipos
de violencia por parte de su esposo, y que además la sobrevictimizaron y
obstaculizaron el acceso a la justicia.
La inconforme puso
en contexto una situación de maltrato intrafamiliar con una historia de
agresiones físicas y psicológicas que incluyeron violencia física, sexual,
económica y humillaciones frente a sus hijas e hijo. Señaló que una vez que
denunció los hechos y detuvieron a su agresor, no se garantizó su integridad
física ni se otorgaron las medidas de apoyo como víctima del delito, no
obstante que el Instituto de Ciencias Forenses determinó que presentaba
sintomatología característica en personas que han sufrido algún tipo de
agresión sexual. Pese a que se dictaron órdenes de protección, dijo que su
esposo salió bajo fianza y continuó agrediéndola tanto en su domicilio como en
la vía pública,
hostigándola, insultándola y amenazándola de muerte.
La agraviada señaló que cuando solicitó el apoyo a policías
municipales y al propio comisario, a quienes les mostraba la orden de
restricción dictada por la autoridad judicial, se encontró con resistencia y
dilación para auxiliarla. Incluso, en una ocasión el agente del Ministerio
Público fue testigo de los actos de molestia en la vía pública y fue omiso en
su actuación, limitándose a indicarle que debía presentarse en sus oficinas,
donde el personal de la Fiscalía realizaba comentarios como “ya retírele los
cargos y así se arreglan más pronto”, “nosotros no le dijimos que se casara con
ese loco”, entre otros.
En sus informes, el agente del Ministerio Público fue omiso
en aclarar varios de los señalamientos, y el comisario de Seguridad Pública de
forma irónica respondió que la quejosa “quisiera una patrulla con su
tripulación a disposición inmediata para que la custodie a todas las labores
cotidianas […] y eso no es posible”, reconociendo tácitamente la deficiencia en
el cumplimiento de la función pública.
Recomendaciones:
A los licenciados Carlos Antonio Zamudio Grave y Felipe de
Jesús Jiménez Bernal, fiscal regional del Estado y presidente municipal de
Tequila, respectivamente:
Primera. Giren instrucciones para que en un plazo
razonable, el área competente de las instituciones que representan, investiguen
los hechos documentados y, conforme a las garantías del debido proceso, se
tramite y concluya un procedimiento administrativo sancionatorio contra quienes
resulten responsables.
Segunda. Ordenen que se agregue copia de la presente
resolución a los expedientes administrativos de los servidores públicos
responsables, aun cuando ya no tengan ese carácter; en el caso de los policías
se deberá además ordenar la inscripción como antecedente de su responsabilidad
en el registro policial estatal a que se refiere la Ley de Seguridad Pública
del Estado para que exista constancia de su conducta violatoria de derechos
humanos.
Tercera. Ofrezcan a la víctima una disculpa por la
deficiente prestación del servicio público de quienes participaron en los
hechos.
…
A las y los presidentes municipales del estado:
Primera. Implementar un protocolo o manual de actuación
para las y los servidores públicos que tengan conocimiento de casos de
violencia contra las mujeres; en dicho documento debe contemplarse la gestión
de recursos para que el factor económico no impida la atención de las víctimas
ni inhiba su acceso efectivo a la justicia.
Segunda. Instruir e institucionalizar la capacitación
permanente del personal que actúa como primer contacto de las víctimas.
Tercera. Realizar cursos y elaborar manuales tendentes a
promover un lenguaje incluyente y no sexista para erradicar expresiones que
violentan a las mujeres y las inhiben o induzcan a no denunciar casos donde son
víctimas de violencia…
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