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29 junio 2020

¿Cumplen objetivos de Desarrollo Sostenible los municipios de la Región Valles? 29/jun/20


Emite la CEDHJ informe especial sobre la incorporación de la Agenda 2030 en los municipios de Jalisco durante el periodo 2018-2019

Los 17 Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) fueron establecidos en 2015 como una nueva etapa de los Objetivos del Milenio (ODM), para garantizar los derechos humanos de la población, articulados en los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA).

Con el fin de asegurar su cumplimiento, se fijó una fecha para alcanzar dicha meta: el año 2030; es por ello que también a este proyecto se le ha nombrado Agenda 2030.

La Agenda 2030 visibiliza los problemas que afectan a la mayor parte del mundo: pobreza, falta de oportunidades, violación de los derechos humanos, entre otros, para que se le dé atención puntual a cada uno, de acuerdo con la realidad de cada territorio. La sugerencia es que las soluciones proyectadas no sean sólo a corto plazo, sino que sean pensadas como resoluciones que puedan ser sostenibles.

A raíz de la firma de la Declaración Mérida, en 2015, se reconoció el papel de los organismos públicos de derechos humanos (OPDH) en la ejecución de la Agenda 2030; por ello, la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco previó la necesidad de que se realizara un monitoreo del cumplimiento de la agenda a nivel estatal, y en 2017 inició acciones para la difusión y sensibilización del tema. 

Fue a finales de 2018 cuando comenzó con la capacitación de los ayuntamientos, en ese entonces recién electos.

El objetivo de las capacitaciones, en las que participaron 50 de los 125 municipios, fue que los funcionarios municipales comprendieran la necesidad de una planeación desde la perspectiva de los derechos humanos, el significado de la transversalización de sus programas con el enfoque de los DESCA, y la necesidad de generar planes municipales de derechos humanos.

Es primordial que en Jalisco se considere la implementación de la Agenda 2030, tanto en los municipios como en el gobierno del estado. Por ello, la CEDHJ ha decidido ser un instrumento de seguimiento de dicha agenda en lo local.

Uno de los propósitos de la Comisión durante la capacitación a municipios fue que incorporaran la agenda en sus planes de desarrollo, por lo que el objetivo de este Informe especial es analizar si se llevó a cabo.

Es importante señalar que la CEDHJ participó en el proceso de elaboración del Plan Estatal de Desarrollo e impulsó el enfoque transversal de derechos humanos y la implementación de la Agenda 2030, logrando que se estableciera un eje transversal y se alineara con los ODS.

Los municipios de Jalisco y la Agenda 2030

El municipio es clave para el cumplimiento de la agenda, pues su implementación desde el primer nivel de gobierno es la base para un enfoque más cercano a la población y a los desafíos a los que se enfrentan.

Otra de las principales aportaciones de la Agenda 2030 es proporcionar la visión de que todo está interconectado y lo que se haga en un municipio puede tener consecuencias en otro, directa o indirectamente.

Por ello se considera oportuna la elaboración de los planes municipales de desarrollo con un enfoque alineado con las propuestas de los ODS, y que sean proyectados no sólo para los tres años de gobierno, sino que se les debe dar continuidad a 2030. Independientemente de la persona o partido político que esté en el cargo, los objetivos deberán ser los mismos: garantizar el bienestar de la población y los ecosistemas en un entorno de prosperidad.

Encuesta municipal sobre la implementación de la Agenda 2030 en Jalisco
Para desarrollar este informe se elaboró un cuestionario en línea, el cual fue enviado a los 125 municipios del estado; sólo se recibió respuesta de 21.

La vía de comunicación fue a través de los correos electrónicos de los enlaces que se establecieron durante las capacitaciones en 2018; sin embargo, muchas de las cuentas de correo estaban deshabilitadas o cambiaron, razón por la cual se recabó poca respuesta del resto de los municipios.

Posteriormente, algunos contactaron a esta defensoría vía telefónica, con lo que se obtuvo mayor información.

La intención del instrumento era identificar si los ayuntamientos conocían o no la Agenda 2030, pues en algunos casos podían tener la visión de desarrollo sostenible, pero no conocer la agenda.

El siguiente paso era saber si la mayor parte de los municipios ya habían concluido su Plan Municipal de Desarrollo (PMD) y si en ese plan se consideraban los ODS. Si la respuesta era afirmativa, se corroboraría la información revisando los PMD y, como paso final, analizar si se incorporan las metas e indicadores específicos de la agenda en sus planes.

Las 21 respuestas brindadas por las áreas de planeación de los ayuntamientos de Jalisco no representan en sí mismo un universo confiable para considerar como tendencia a nivel estatal. Sin embargo, los resultados obtenidos son significativos sobre la interpretación que hacen respecto al desarrollo sostenible. En algunos casos se observó que se confunden términos o se utiliza el concepto “desarrollo sostenible” para mencionar cuestiones de financiamientos a la agricultura o al turismo, lo cual significa un reto para la comprensión de la Agenda 2030.

En las respuestas de los ayuntamientos se observó que se desconoce en gran medida la Agenda 2030. Por su parte, los ODS son una cuestión más conocida; sin embargo, los integrantes de los ayuntamientos ignoraban que fuese el mismo término, lo que denota la gran carencia de información.

Con base en los cuestionarios, se inició la búsqueda de los planes de desarrollo de los 50 municipios capacitados en 2018. Posteriormente se buscaron los PMD de los 125 municipios a través de sus portales de transparencia. 
En todo Jalisco sólo se consiguieron 72 planes, es decir, 51 adicionales a los que enviaron la encuesta.

Entre los resultados que se dan a conocer en este informe resalta que la mayoría de los municipios que respondieron compartieron sus PMD con la CEDHJ. Una vez leídos sus planes, solamente diez mencionaron explícitamente a la Agenda 2030 en sus documentos: Ameca, El Grullo, Guadalajara, Jesús María, Jocotepec, Puerto Vallarta, Tonalá, Tlajomulco de Zúñiga, Zapopan y Zapotitlán de Vadillo.

Hubo municipios que no respondieron la encuesta y optaron por mencionar los objetivos en sus planes. Estos casos fueron Ahualulco, Arandas, Etzatlán, Ixtlahuacán de los Membrillos, Ixtlahuacán del Río, Jamay, La Manzanilla de la Paz, Ocotlán, San Diego de Alejandría, San Julián, Tepatitlán de Morelos, Tlaquepaque, Tototlán y Villa Purificación.

De los 72 PMD analizados, sólo algunos municipios dedicaron una o dos páginas para describir en qué consistía la Agenda 2030, sin que ello signifique que armonizaron sus planes de desarrollo con los ODS. Hubo casos donde se establecieron ejes de acción y se identificaron los ODS donde se pretende cumplir con dichos objetivos, pero al leer las actividades concretas e indicadores que se llevarían a cabo, no se especificaba cuáles de las 169 metas de los ODS buscaban cumplir, son los casos de Guadalajara, Zapopan, Tonalá, Tlajomulco de Zúñiga y Jocotepec.

Hubo municipios que no escribieron los conceptos ODS o Agenda 2030 en sus planes; sin embargo, usaron como referente los ejes propuestos por el Plan Estatal de Desarrollo Jalisco 2013-2033 y, en algunos casos, como Cabo Corrientes, se dio un enfoque transversal donde cada acción buscara cumplir con todos los ejes propuestos, demostrando que, para poder conseguir un desarrollo verdadero, se tiene que ser consciente de que cada acción está interconectada.

Existen muchos PMD que dicen proyectarse con una visión a 2030, a pesar de que en ningún momento mencionan la Agenda. Se trata más de una propuesta para crear estrategias a largo plazo que rebasen a la presidencia en turno, lo cual vale la pena ser mencionado, pues es parte esencial de los ODS tener ese enfoque de generar un bienestar para la población que supere tiempos y administraciones.

A pesar de que el fomento de los derechos humanos puede y debe estar interrelacionado con la implementación de la Agenda 2030, la mayoría de los municipios lo manejaron por separado. Solamente Ameca, Jamay, Jocotepec, Tlajomulco de Zúñiga y Tonalá mencionaron la Agenda 2030 y colocaron los derechos humanos como eje transversal, además de acciones concretas para su implementación. Guadalajara, si bien no establece un eje dedicado a los derechos humanos exclusivamente, sí nombra estrategias e indicadores para trabajar sobre el tema.

Hubo municipios que, aunque no mencionan la Agenda 2030, sí consolidaron ejes transversales y actividades puntuales para la implementación de los derechos humanos. Estos casos fueron Colotlán, Jilotlán de los Dolores, Pihuamo y Santa María de los Ángeles. Hubo otros municipios que sólo aluden los ejes transversales sin cristalizar actividades específicas, como Cocula, Cuautitlán de García Barragán, Guachinango, La Huerta, Mascota, San Gabriel y Villa Corona.

De igual manera, hubo casos donde, sin ser un eje, sino una parte pequeña dentro de otros ejes, consiguieron establecer estrategias e indicadores para aumentar la vinculación con este tema, como Cabo Corrientes y Chiquilistlán.

También existen casos, como el de Etzatlán y Villa Purificación, que no agregaron un eje sobre derechos humanos, pero crearon como eje transversal el de “cultura de paz”.

Conclusiones
Se observa que al menos la mitad de los ayuntamientos conoce la Agenda 2030 y 76.2 por ciento señala saber del término “desarrollo sostenible”. No obstante, es posible que algunos municipios empataran sus ejes estratégicos con los ODS. Un hallazgo importante es que casi 50 por ciento de los municipios encuestados no consideran que la agenda está integrada en sus indicadores.

Un gran reto que existe para la promoción de la agenda es la cercanía con las 12 regiones del estado para promoverla. Un desafío particular es dialogar con las autoridades de los territorios indígenas para buscar un buen encuadre desde su visión de desarrollo con la Agenda 2030.

La CEDHJ ya ha iniciado desde la traducción de los ODS al idioma wixárika; sin embargo, lo más conveniente es impartir talleres específicos para dialogar una agenda de desarrollo propia de cada realidad/cosmovisión indígena.

Es necesario que Jalisco actúe a favor de dicha agenda, pues desde diversas ópticas debe aprovecharse la experiencia acumulada de otras entidades federativas. Es importante en este momento hacer un organismo participativo y paritario, incluyendo al sector privado y la sociedad civil organizada.

Jalisco ya tiene experiencia en la búsqueda de información sobre las necesidades y prioridades de sus habitantes. Existen al menos dos diagnósticos realizados en los últimos tres años que pueden ser considerados al momento de hacer un plan de acción.

En primer lugar, el ejercicio de prioridades elaborado por el Consejo Económico y Social del  Estado de Jalisco (Cesjal) y la encuesta My World, donde sectorial y territorialmente se establecían los objetivos prioritarios, vistos desde diversos sectores de población.

En segundo término, la encuesta “Consulta Ciudadana #10MinParaJalisco”, que contiene, además de las prioridades sectoriales de la Agenda 2030, un diagnóstico de necesidades de Jalisco.

Con base en este panorama, la CEDHJ realiza las siguientes

Proposiciones:
Al Gobierno del Estado de Jalisco:

Primera. Modificar la Ley de Planeación Participativa de Jalisco y sus Municipios para dar entrada a la creación de un organismo de seguimiento e implementación de la Agenda 2030. No solamente elaborar un acta para crear una instancia dentro del COPPLADE, sino que realmente debe formar parte de la ley especial para asegurar su continuidad y progreso.

Segunda. Elaborar un programa estatal de implementación que se ajuste a las metas del Plan Estatal de Gobernanza y Desarrollo. Para ello se propone lo siguiente:

a) Que la Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana incluya la Agenda 2030 en sus capacitaciones a los consejos municipales participativos, así como con los Comités de Planeación para el Desarrollo Municipal (Coplademun), ello permitirá que, a pesar de que algunas administraciones municipales entren en su último año de gobierno, tengan la capacidad de operación en este 2020, teniendo en cuenta el siguiente ejercicio de presupuesto 2021.

b) Se realice dentro de las actividades del organismo de seguimiento e implementación, una amplia y extensa campaña de información de los 17 ODS, considerando las 12 regiones de Jalisco, con base en sus necesidades particulares, enfocándose en la niñez y la juventud, es decir para escuelas primarias y secundarias del estado.

Además, considerar contenidos específicos de campaña para mujeres, personas con discapacidad, trabajadores agrícolas, empresarios de diversos sectores y OSC.

A los 125 municipios de Jalisco:

Primera. Llevar a cabo la implementación en los planes municipales de desarrollo que rebasen la visión trienal y generen una visión hasta 2030, por medio del cruce de información entre los resultados del diagnóstico participativo y la adaptación de los ODS al contexto del municipio, identificando cuáles son alcanzables de acuerdo con las atribuciones establecidas en el marco jurídico.

Segunda. Implementar diseños y estrategias de planeación operativa y alinear los presupuestos municipales a la agenda del desarrollo, de manera tal que no sea sólo relacionar programas, sino que se genere una nueva visión de desarrollo local que modifique las divisiones temáticas de los planes, entre lo económico, lo social y lo ambiental.

Tercera. Definir iniciativas del municipio que actualmente contribuyan al cumplimiento de las metas generales de la agenda e inscribirlas como acciones detonadoras de proceso, lo cual permitirá mecanismos de cumplimiento en gobernanza y actores relevantes clave.

PARA SABER
Alguno de los foros tuvieron sede en Ameca, Ahualulco de Mercado, Autlán de Navarro, Bolaños, Colotlán, Jocotepec, Mezquitic, Ocotlán, Tamazula, Tequila y Villa Corona.

Las dimensiones del desarrollo para el bienestar que propuso el PED 2013-
2033, según la Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana del Gobierno del Estado de Jalisco (2013), son:
1. Territorio y medio ambiente sustentable.
2. Economía próspera.
3. Equidad de oportunidades.
4. Educación de calidad.
5. Estado de derecho.
6. Entorno y vida sustentable

EL CUESTIONARIO

1. ¿El Ayuntamiento conoce de la Agenda 2030 de Naciones Unidas?
2. ¿Conoces el término de desarrollo sostenible?
3. ¿Qué avance tiene la elaboración del Plan Municipal de Desarrollo (PMD)?
3.1. Describa las actividades y el nivel de avance de la elaboración del
PMD.
4. ¿El PMD se encuentra alineado a la Agenda 2030 y los Objetivos de
Desarrollo Sostenible? (Justifique su respuesta. En caso de haber respondido "Sí, en mayor/menor medida" remitir el Plan Municipal de
Desarrollo (formato pdf) a la dirección de correo electrónico:
agenda2030.cedh@gmail.com)
5. ¿Los indicadores de resultados del PMD están alineados con los Objetivos
de Desarrollo Sostenible?
6. ¿El Ayuntamiento tiene algún programa relacionado a este tipo de objetivos?
7. ¿Existe un mecanismo de transparencia para la publicación de información del Plan Municipal de Desarrollo?
8. Ingrese el vínculo del sitio web donde informa de su plan municipal de desarrollo (indicadores y evaluación); o en su defecto, especifique por qué no cuentan con el medio.

¿QUIÉNES TIENEN SU PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL EN LA REGIÓN VALLES?
Ahualulco de Mercado, Ameca, El Arenal, Hostotipaquillo, Magdalena, San Juanito de Escobedo, Tala, Tequila y Etzatlán.

EL DATO

El 30 de mayo del año 2019 fue aprobado el Plan Municipal de Desarrollo y Gobernanza de Etzatlán 2018 – 2021 y se contemplan varios puntos que refiere la CEDHJ
Foto: Gobierno Municipal

Ameca, consiguió identificar sus prioridades desglosándolas de los 17 ODS, incluso señaló cuáles de sus instituciones participan en la ejecución de cada ODS. Cada proyecto estratégico se vincula tanto con los objetivos municipales como con los ODS y tiene su proyección “Ameca 2030”.

30 abril 2020

Que se capaciten a los servidores que aplican las medidas sanitarias: CEDHJ 30/ab/20


En Jalisco, ni en México hay estado de excepción ni suspensión de garantías.
Desde el inicio de la #pandemia por Covid-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud, esta Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco ha realizado diversos pronunciamientos y dictado medidas cautelares a las autoridades estatales y municipales para que las acciones que se implementen durante la #contingencia se lleven a cabo bajo un enfoque de derechos humanos.

Respecto a las diversas medidas de seguridad sanitaria para el aislamiento social, que tienen carácter obligatorio, y que fueron publicadas en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco, el pasado 19 de abril de 2020, esta defensoría reitera que de no interpretarse y aplicarse de manera correcta, pueden generar la violación de los derechos humanos, actos de discriminación o atentar contra la dignidad humana, como ya lo han denunciado diversas personas.

Por lo anterior, esta defensoría reitera a todas las autoridades que deben cumplir lo siguiente:

1. Que se instruya y capacite a las y los servidores públicos encargados de la aplicación de las medidas para que las acciones que emprendan se realicen de manera fundada y motivada en los términos del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respetando los derechos humanos de las y los habitantes de Jalisco, dejando en claro que las medidas de ninguna manera implican la suspensión de garantías.

2. Que la aplicación de las sanciones administrativas que se mencionan se haga de forma gradual y proporcional, según la falta cometida y bajo los principios y procedimientos establecidos en el capítulo III de la Ley General de salud y otras disposiciones en la materia.

El artículo 427, fracción II, de la Ley General de Salud establece que sólo procederá el arresto cuando previamente se han dictado otras sanciones, como la amonestación con apercibimiento, la multa o la clausura, por lo que se debe seguir esta prelación, ponderando el grado de incumplimiento.

3. En virtud de que la libertad personal es uno de los derechos fundamentales del ser humano, se solicita que el arresto o detención de las personas sea el último recurso que se utilice para la aplicación y cumplimiento de las medidas anunciadas. En su caso, que la restricción de la libertad se realice en condiciones de seguridad, tanto para el personal de seguridad pública como de las personas presuntas infractoras.

4. Difundir el contenido del acuerdo por todos los medios de comunicación masivos posibles y definir reglas claras para su aplicación, mediante la instrucción y capacitación del personal para evitar que se realicen actos de molestia a quien ejerce actividades esenciales.

5 En los términos del artículo 403 de la Ley General de Salud, se pide que, en la ejecución de las medidas de seguridad sanitaria, se defina un esquema de coordinación entre el gobierno del estado y los ayuntamientos de Jalisco, conforme a los convenios de colaboración preexistentes, con el fin de que se establezcan las reglas claras sobre su aplicación sin caer en la discrecionalidad.

Esta defensoría hace un llamado a la actuación responsable de la sociedad y de las entidades de gobierno. Más allá de las restricciones y regulaciones que realicen las autoridades, las medidas más eficientes y oportunas para superar los efectos devastadores de la pandemia, deben sustentarse en la toma de conciencia de todas las personas, preservando el régimen de libertades y derechos que se encuentra vigente.

Sin duda, la situación que enfrentamos requiere solidaridad y la coordinación colectiva.
Fuente: CEDHJ

17 abril 2020

Ayuntamientos deben generar plan de acción por muertes de Covid 19 en Jalisco 17/abr/20


𝗘𝘅𝗵𝗼𝗿𝘁𝗮 𝗖𝗘𝗗𝗛𝗝 𝗮 𝗮𝘂𝘁𝗼𝗿𝗶𝗱𝗮𝗱𝗲𝘀 𝗲𝘀𝘁𝗮𝘁𝗮𝗹𝗲𝘀 𝘆 𝗺𝘂𝗻𝗶𝗰𝗶𝗽𝗮𝗹𝗲𝘀 𝗮 𝗰𝘂𝗺𝗽𝗹𝗶𝗿 𝗹𝗶𝗻𝗲𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗲𝗻 𝗺𝗮𝗻𝗲𝗷𝗼 𝗱𝗲 𝗰𝘂𝗲𝗿𝗽𝗼𝘀 𝗱𝗲 𝗽𝗲𝗿𝘀𝗼𝗻𝗮𝘀 𝗳𝗮𝗹𝗹𝗲𝗰𝗶𝗱𝗮𝘀 𝗱𝘂𝗿𝗮𝗻𝘁𝗲 𝗹𝗮 𝗽𝗮𝗻𝗱𝗲𝗺𝗶𝗮 𝗽𝗼𝗿 𝗖𝗼𝘃𝗶𝗱-𝟭𝟵

Con la intención de fortalecer los lineamientos de actuación para el manejo, traslado y destino final de cadáveres confirmados o sospechosos por Covid-19 en Jalisco y resguardar que el proceso se realice con enfoque de derechos humanos, la CEDHJ emitió una serie de observaciones y peticiones a diversas autoridades sanitarias y forenses de la entidad. 

El documento establece 15 puntos dirigidos a la Secretaría de Salud, al OPD Servicios de Salud Jalisco, al OPD Hospital Civil de Guadalajara, al Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, a la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios en el Estado de Jalisco, así como a las presidentas y presidentes municipales de la entidad.
Los puntos son los siguientes:

𝗣𝗿𝗶𝗺𝗲𝗿𝗼. En relación con los lineamientos de bioética que se aplicarán durante esta pandemia, se solicita que las decisiones sobre la asignación de recursos médicos escasos no sean tomadas únicamente en función de la edad, sino que deben desarrollarse y seguir protocolos de clasificación para garantizar que las decisiones se tomen en función de las necesidades médicas, la mejor evidencia científica disponible y no por criterios no médicos, como lo pueden ser la edad o la condición de discapacidad.

𝗦𝗲𝗴𝘂𝗻𝗱𝗼. Es fundamental que la aplicación e interpretación del citado acuerdo se realice en consonancia y armonía con otros ordenamientos legales como la Ley General y Estatal de Salud y sus reglamentos; Ley General y Estatal de Víctimas; Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, las normas oficiales mexicanas en la materia, los protocolos especializados, las relativas al registro civil, las de carácter municipal y otras que resulten aplicables.

𝗧𝗲𝗿𝗰𝗲𝗿𝗼. Deberá difundirse el citado acuerdo y las presentes observaciones entre todas las autoridades sanitarias estatales y las entidades públicas y las personas físicas o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud y que integran el Sistema Estatal de Salud.

𝗖𝘂𝗮𝗿𝘁𝗼. Las personas que fallecen por enfermedades propiciadas por el Covid-19, además de padecer la enfermedad, sufren la falta de acompañamiento previo de familiares, lo que puede incrementar la pena por falta del cierre del proceso de duelo. Es por ello que las instituciones públicas o privadas deberán determinar a un integrante del equipo de salud para que mantenga la comunicación permanente con la familia, quien deberá tener la sensibilidad de identificar las condiciones anímicas por las que pasa debido a la pérdida del ser querido.

𝗤𝘂𝗶𝗻𝘁𝗼. Deberán conformarse equipos especializados que apoyen y guíen a los deudos, así como para que faciliten el proceso de recepción y entrega de los cuerpos de personas fallecidas debido a la enfermedad de Covid-19, de manera oportuna y referir al familiar que lo requiera al equipo de salud mental institucional y tanatológico para soporte, asesoría sobre el manejo de la persona fallecida, el duelo y seguimiento.

𝗦𝗲𝘅𝘁𝗼. Como parte de la sensibilidad al contexto cultural o religioso, es importante respetar la decisión de los familiares de ver el cuerpo si así lo solicitan, después de su extracción de la sala de aislamiento o área de urgencias. Para tal efecto se deberá otorgar el equipo de protección personal necesario.

𝗦é𝗽𝘁𝗶𝗺𝗼. Es importante explicar a la familia en términos sencillos y con suma tolerancia, la necesidad de no tocar el cuerpo, bajo los conceptos de los mecanismos de transmisión de la enfermedad, dejando constancia de lo anterior en el correspondiente documento que contenga el consentimiento informado por parte de los familiares. Es fundamental que, previo a la entrega de los cuerpos de personas fallecidas debido a la enfermedad de Covid-19, la familia cuente con un plan de disposición del cuerpo y con los servicios funerarios contratados.

𝗢𝗰𝘁𝗮𝘃𝗼. El Gobierno del Estado y los municipios deben generar un plan de acción para el caso de que los deudos de las personas fallecidas no cuenten con los recursos económicos para hacer frente a los gastos funerarios. Este plan de acción debe garantizar los derechos culturales y religiosos, además de considerar los espacios en los cementerios municipales para quienes decidan inhumar a sus seres queridos.


𝗡𝗼𝘃𝗲𝗻𝗼. Para dar destino final a personas fallecidas, el Gobierno del Estado debe dotar a las instituciones de salud de las bolsas necesarias para su manejo, que cumplan con los estándares internacionales.

𝗗é𝗰𝗶𝗺𝗼. Con el objetivo de garantizar el trato digno y su resguardo en condiciones adecuadas como derechos post mortem de las personas fallecidas sin identificar, resulta necesario establecer criterios claros, ya que los procesos de conformación del archivo básico de identificación no podrían ajustarse a los tiempos establecidos en los lineamientos.

𝗗é𝗰𝗶𝗺𝗼 𝗽𝗿𝗶𝗺𝗲𝗿𝗼. En el caso de las personas fallecidas a quienes se les califique como “caso sospechoso”, se deben agotar los medios idóneos para acreditar o descartar que se trata de una persona fallecida debido a la infección por el Covid-19.

𝗗é𝗰𝗶𝗺𝗼 𝘀𝗲𝗴𝘂𝗻𝗱𝗼. Deberá garantizarse el derecho a la salud del personal que tenga contacto con los cuerpos de personas fallecidas, dotándolos del equipo de protección personal.

𝗗é𝗰𝗶𝗺𝗼 𝘁𝗲𝗿𝗰𝗲𝗿𝗼. Es indispensable que el personal del Servicio Médico Forense del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses no resguarde los cuerpos de personas fallecidas por Covid-19 en el mismo espacio o cámaras frigoríficas donde se resguardan las personas fallecidas que ingresan día a día por otras causas.

𝗗é𝗰𝗶𝗺𝗼 𝗰𝘂𝗮𝗿𝘁𝗼. Ante la insuficiencia de espacios para el resguardo de los cuerpos de personas fallecidas por Covid-19, así como la poca disposición de espacios para las inhumaciones de personas fallecidas sin identificar o no reclamadas, según lo ha documentado esta defensoría, el Gobierno del Estado y el IJCF deberán implementar un plan de acción emergente para el resguardo y la disposición final de éstos, tomado en consideración lo que para el caso que nos ocupa ha establecido la Organización Panamericana de la Salud y el Comité Internacional de la Cruz Roja.

𝗗é𝗰𝗶𝗺𝗼 𝗾𝘂𝗶𝗻𝘁𝗼. Para el debido cumplimiento de los lineamientos citados, la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Jalisco debe implementar un plan de acción inmediato que contemple los operativos necesarios, con el objetivo de verificar que las instituciones de la salud en el estado, los servicios funerarios públicos y privados, así como el IJCF, cumplan con las disposiciones contenidas en dichos lineamientos, las emitidas por el gobierno federal, así como por la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud.