Este jueves inicia el nuevo etiquetado de alimentos… y 50 empresas ya se
ampararon.
Los juicios entablados por las compañías probablemente no se resolverán
ni siquiera antes de 2025, dijo Alfonso Guati, director general de Normas de la
Secretaría de Economía.
Este jueves
1 de octubre entra en vigor el nuevo etiquetado de alimentos en México, de
acuerdo con las modificaciones a la Ley General de Salud aprobadas el año
pasado.
Según el
dictamen avalado, los productos pre-envasados tendrán nuevas etiquetas que
avisarán y advertirán al consumidor sobre su composición nutricional, por
ejemplo, su contenido energético, sodio, azúcares o grasas saturadas.
Las
etiquetas también especificarán cuando los productos tengan cantidades superiores
a las establecidas por la Secretaría de Salud.
En la parte
frontal del producto deberá estar la etiqueta compuesta por un símbolo en forma
de octágono con fondo color negro, borde blanco y la leyenda "alto
en", seguido del contenido que corresponda (grasas saturadas, sodio,
azúcares o calorías).
El texto
deberá estar escrito en letras mayúsculas con color blanco. En el mismo símbolo
aparecerá la leyenda: "Secretaría de Salud".
Ante esto, alrededor
de 50 empresas o representantes industriales presentaron un amparo contra
los lineamientos que establece la NOM-051 para bebidas no alcohólicas y
alimentos preenvasados, señaló en entrevista Alfonso Guati, director
general de Normas de la Secretaría de Economía.
Entre los
demandantes se encuentran la Confederación de Cámaras Industriales de los
Estados Unidos Mexicanos (Concamin); el Consejo Nacional Agropecuario (CNA); el
Consejo Coordinador Empresarial (CCE); Coca-Cola FEMSA; Unilever; el Consejo
Mexicano de la Industria de Productos de Consumo; Bebidas refrescantes de
Nogales; Distribuidora de la Costa de Nayarit; Bebidas mundiales, Hershey,
entre otras más.
“Las
empresas que han interpuesto amparos están en su derecho, lo pueden hacer,
pero no representan ni el 1 por ciento del total de unidades económicas que
hay en el país”, señaló.
El director
general de Normas agregó que los juicios de amparo tardarán varios años
en resolverse.
“Un juicio
de amparo en primera instancia no es menor a un año. Luego, si hay
revisión y va a tribunal, tarda otro año, entonces son juicios que no van a
resolverse ni siquiera antes de 2025”, aseveró.
Los motivos
para interponer los amparos son variados, aunque la mayoría de las empresas han
reclamado que hubo violaciones durante el proceso de normalización.
“Tuve la
responsabilidad de llevar el proceso de principio a fin y puedo afirmar que
la NOM-051 es la norma más cuidada, desde el punto de vista legal, que
ha existido en la historia del país. Se garantizó la participación e
inclusión de todos los involucrados, es la norma que más comentarios ha
recibido”, enfatizó.
De acuerdo
con la Secretaría de Economía, se recibieron 5 mil 216 comentarios provenientes
de México y del extranjero, “incluso, algunos comentarios motivaron algunos
ajustes importantes en las normas”, agregó Guati.
El
funcionario apuntó que la creación de la norma fue ejemplar en cuanto a su
elaboración y el tiempo en el que se construyó, ya que el proceso llevó
cinco meses con tres semanas, cuando regularmente, un proceso de
normalización puede tardar hasta cinco o seis años en llevarse a cabo.
Además,
varias empresas han pedido la suspensión de la norma, pero a todas se les ha
negado.
“Si tienen
como propósito banalizar la entrada en vigor de la norma, no será posible, cada
una de las empresas tendrán sus razones, pero no habrá suspensiones
provisionales ni de ningún tipo, todas tiene que atenerse a la norma”,
advirtió.
CNA prevé que NOM-051 afectará a consumidores
El Consejo
Nacional Agropecuario (CNA) señaló durante la reunión mensual de su comité
directivo que el Gobierno no tomó en consideración la opinión del sector
privado, aun cuando este participó en la consulta pública y en los grupos para
analizar la norma.
“Al no
analizar con debido rigor la evidencia técnico-científica, el costo-beneficio
de la medida, el impacto en la libre competencia, el respeto a los tratados
internacionales, los derechos de los consumidores a acceder a información veraz
y clara sobre los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas, tanto las
empresas como los consumidores se verán afectados por estas medidas”,
señaló el consejo.
Bimbo se resiste
Por su
parte, Grupo Bimbo informó que su línea de pan de caja, bollería y la
marca Saníssimo no tendrán ningún sello de advertencia, mientras que en la
categoría de panes tostados, empanizadores y tortillas de harina contarán con
al menos una alternativa sin sellos.
“En Grupo
Bimbo seguimos trabajando para ofrecer a nuestros consumidores productos que
cada vez más se adapten a sus necesidades y a su estilo de vida. Que estas
líneas de productos de consumo diario no contengan sellos es una muestra de
ello”, indicó en un documento Javier González Franco, director general
adjunto de la empresa mexicana.
A partir de
este primero de octubre entrarán en vigor las modificaciones a la NOM 051 que
integran el etiquetado de advertencia con los octágonos negros en los productos
procesados, el cual tiene como objetivo alertar a la población sobre los altos
contenidos de azúcares, calorías, sodio y grasas; además de leyendas que
recomiendan evitar su consumo en niños por el contenido de edulcorantes o
cafeína.
Fuente: El Financiero / Héctor Usla Ana Luisa Gutiérrez
PARA SABER
La primera fase, del 1 de octubre al 30 de septiembre de
2023, se utilizarán los siguientes criterios: el máximo de kilocalorías por 100
g de producto sólido será de 275 mientras que para bebidas será de 70, y se
librarán de etiqueta “Alto en azúcares” solo los sólidos que tengan menos de
10% de kilocalorías provenientes de azúcares libres y las bebidas que tengan
menos de 10 kcal de ese origen.
En cuanto a grasas, el contenido energético máximo será
de 10% proveniente de grasas saturadas para ambos tipos de producto mientras
que solo el 1% podrá ser de grasas trans. El contenido máximo de sodio será de
350 mg mientras que para bebidas sin calorías será de 45 mg.
La segunda fase de este nuevo etiquetado, del 1 de
octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2025, contemplará niveles menores de
esos nutrientes: en bebidas, por cada 100 ml, el contenido energético por
azúcares libres tendrá que ser menor o igual a 8 kcal, es decir, 2 menos que en
la primera fase. En cuanto al sodio para productos sólidos, el nivel máximo
será de 300 mg por cada 100 g de producto.
A partir del 1 de octubre de 2025, cuando comience la
tercera fase, el cálculo y evaluación de la información nutrimental
complementaria se realizará aplicando íntegramente las disposiciones
contenidas en los Perfiles Nutrimentales.
Fuente: Forbes / foto etiquetadosclaros.org