Con el fin de reforzar los instrumentos jurídicos para prevenir y erradicar conductas lesivas, especialmente en contra de las mujeres, el Congreso de Jalisco reformó el Código Penal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para redefinir los conceptos de acoso y hostigamiento sexual y para agregar un capítulo denominado “De los Protocolos de Prevención, Atención y Erradicación de Violencia de Género, Acoso y Hostigamiento”.
Respecto al cambio al Código Penal, con esta modificación ahora se determina que “comete el delito de hostigamiento sexual el que con fines o móviles lascivos asedie u hostigue sexualmente por cualquier medio a otra persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica o de poder, derivada de sus relaciones laborales, docentes, religiosas, domésticas, o cualquier otra, que implique subordinación de la víctima, al responsable se le impondrán de dos a cuatro años de prisión”.
La reforma contempla una sanción adicional para quien atente contra servidores públicos que en el ejercicio de sus funciones realicen acciones de proximidad y que estén expuestos al contacto con la ciudadanía, al responsable se le aumentará en una mitad la pena prevista en el caso anterior.
Cabe señalar que estos delitos sólo serán perseguidos por querella del ofendido o de su legítimo representante, salvo que se trate de un incapaz o menor de edad en cuyo caso se procederá de oficio, una vez presentada la denuncia el delito se seguirá de oficio.
Protocolo de prevención
Respecto a la Capítulo denominado “De los Protocolos de Prevención, Atención y Erradicación de Violencia de Género, Acoso y Hostigamiento”, se determina el conjunto de reglas que contienen acciones, información, diagnósticos y elementos teóricos, prácticos y técnicos, para dar cumplimiento al objeto de la presente ley en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, niñas y de género.
Se establecen obligaciones y facultades para la secretaría de Educación y del Trabajo, para las universidades y de otras instancias que están directamente relacionadas con evitar y eliminar este tipo de hechos en la sociedad jalisciense.
Los protocolos deberán contemplar medidas de reparación integral del daño a las víctimas; garantías de no repetición de la conducta y protección en todo el proceso de la integridad de las víctimas.
Fuente: Com. Soc. Congreso de Jalisco
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