De acuerdo con datos del INEGI, el parque vehicular de motocicletas en México incrementó alrededor del 15 por ciento, al registrar casi 7 millones de unidades en circulación. De estos, aproximadamente el 80 por ciento, se utilizan para actividades relacionadas con el trabajo.
El Pleno de la Cámara de Diputados avaló un dictamen por el que se reforma la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, para establecer la prohibición a cualquier persona, conductora y/o pasajero, menor de 12 años, a viajar en motocicleta.
Dado a su diseño y características, las motocicletas representan un mayor riesgo para los pasajeros y más para aquellos que no tienen las habilidades y destrezas tanto físicas como cognitivas para atender situaciones de emergencia en la vía pública, dado que los menores están más expuestos a movimientos bruscos y a caídas, aun cuando se encuentran debidamente equipados con cascos.
Al respecto, la diputada Georgina Gómez Madrigal (PAN) indicó que el dictamen reconoce la vulnerabilidad de los menores de edad frente a los accidentes de tránsito, por lo que es necesario establecer una acción afirmativa por parte del Estado, para garantizar las condiciones de seguridad vial.
Asimismo, la legisladora agregó que el transporte de menores en motocicletas presenta un alto grado de peligrosidad, por lo que, al prohibir esta práctica se busca garantizar el derecho de las niñas y niños a la seguridad y protección en su desplazamiento por las vías públicas.
El proyecto de decreto que se avaló con 409 votos a favor y 25 en contra, contempla una propuesta de modificación, a fin de establecer la prohibición a menores de 12 años a viajar en motocicleta, cuando no pueda sujetarse por sí mismo a dicho vehículo o cuando no pueda colocar adecuadamente los pies en los estribos o posa pies.
Al respecto, el diputado Omar Enrique Castañeda González (MC) destacó la importancia de evitar que menores de 12 años puedan ir en motocicleta, pues se podría en riesgo a niñas y niños. “No se trata de que alcancen el estribo, que tengan la pericia, la capacidad, la fuerza para ir en las motos”, dijo.
La reforma otorga un plazo máximo de 150 días a partir de la publicación en el Diario Oficial de la Federación para que los gobiernos de las entidades federativas, sus municipios y alcaldías adecúen su legislación y/o reglamentación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario