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28 octubre 2015

Bajo incremento en el impuesto predial en Etzatlán 27/OCT/15

Puntos por aclarar:

La información sobre el aumento del más del 40 por ciento en el impuesto predial en el municipio de Etzatlán, la publicó Julio Ríos en el periódico La Jornada Jalisco.

Ahí el diputado Sergio Otal Lobo, presidente de la comisión de Hacienda, informó que aumentaría el 42 % tablas de valores unitarios de suelo y construcción y está entre comillas…lo que quiere decir que es textual.


Las personas que leyeron ese día la información se quedaron con esa idea.

Si no lo hubiéramos publicado en el blog, no se hace la aclaración de que es menor el monto.


Gracias a la ley de transparencia se lograron los documentos que este día publicamos.


Bony Romero Velador 
Amig@s respecto a su publicación donde señalan que aumentara más del 40% el impuesto predial en el municipio de Etzatlán, Jalisco, es importante hacer algunas precisiones para no dar pie a la especulaciones y a la desinformación, ya que la propuesta de aumento del impuesto predial para el ejercicio fiscal 2016, que se aprobó en la sexagésima acta correspondiente a la Trigésima Quinta Sesión de Carácter Ordinario del H. Ayuntamiento de Etzatlán, Jalisco; Administración 2012-2015, se aprobó previo estudio y revisión del proyecto de Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción del Municipio de Etzatlán, Jalisco, por el Pleno del Consejo Técnico Catastral del Estado de Jalisco, que mediante oficio 01181 emitió sus conclusiones, por lo que en ese sentido en la referida Sesión de Ayuntamiento se aprobó la propuesta de los siguientes coeficientes de incremento; 7% en la cabecera municipal, 10% en la Delegación de Oconahua, y el 4% para los valores unitarios por hectárea para predios rústicos y 4% en las valores de construcción, estos dos últimos de acuerdo a la propuesta hecha por el Consejo Técnico Catastral del Estado de Jalisco, en apego y cumplimiento al mandato constitucional del Artículo 115, en su artículo quinto transitorio del decreto que reforma dicho artículo y que fue publicado en el diario oficial de la federación el día 23 de noviembre de 1999, y que preceptúa lo siguiente:

Artículo Quinto Transitorio.- Antes del ejercicio fiscal del 2002, las legislaturas de los estados, en coordinación con los municipios respectivos, adoptaran las medidas conducentes a fin de que los valores unitarios de suelo que sirven de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria sean equiparables a los valores de mercado de dicha propiedad y procederán, en su caso a realizar las adecuaciones correspondientes a las tasas aplicables para el cobro de las mencionadas contribuciones, a fin de garantizar su apego a los principios de proporcionalidad y equidad.

Así pues bajo esa tesitura el incremento promedio para el ejercicio fiscal 2016 en predios urbanos es del 8.5% y para predios rústicos por hectárea del 4%. 

Cabe señalar que dicha propuesta de incrementos contenida en las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción, deberán de ser aprobados por el Congreso del Estado de Jalisco a más tardar el día 16 de Noviembre de acuerdo a lo establecido por el artículo 55 de la Ley de Catastro Municipal del Estado de Jalisco.




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