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26 mayo 2016

Tramitan actas foráneas en Etzatlán 26/may/16

El H. Ayuntamiento y la Dirección de Registro Civil de Etzatlán informan que a partir del día miércoles 25 de mayo del año en curso, se pone a sus órdenes el servicio de SIDEA Y SECJAL en las oficinas de registro civil de Etzatlán.

Dichos sistemas ofrecen atención y expiden actas de nacimiento de todos los municipios del estado de Jalisco (SECJAL) y de toda la República (SIDEA).

¿Cómo puedo conseguir mi acta de nacimiento?

Presentándose en el registro civil

Dirección: Escobedo No. 320, Col. Centro, Etzatlán, Jalisco
Horario de Atención: 9:00 a 15:00 Hrs.

Teléfono: 01 386 75 30 785
3867530026 EXT 120 correo electrónico registrocivil@etzatlan.gob.mx

REQUISITOS 

Presentar copia del acta que desea solicitar 
o proporcionar los datos del acta: (en el entendido de que son para poder localizarla y completamente bajo responsabilidad de quien los proporciona)

Nombre completo del registrado. Lugar de nacimiento. Fecha de Nacimiento. Lugar de registro. Fecha de registro. Número de oficina . Número de libro. Número de acta.

Tipo de servicio necesita: copia certificada o extracto.

Hay que checar bien la fidelidad de los datos registrales suministrados. De haber errores en los datos brindados, el sistema no podrá encontrar el acta solicitada.

Se paga el costo del documento para poder entregarlo

Una vez finalizado el trámite, obtendrá un acta de nacimiento certificada, en forma impresa cuya validez será idéntica al acta original.

¿Quién puede solicitar una aclaración de un acta de nacimiento?
Pueden requerir la aclaración de un acta:
El registrado u afectado. Los familiares mencionados en el acta. Los herederos del registrado o los familiares mencionados.El o los tutores del registrado en caso de ser menor de edad.
Independientemente de quién inicie el trámite, una vez finalizado el mismo, el resultado será el mismo: la obtención de un acta de nacimiento actualizada en la cual el error correspondiente es finalmente subsanado.

¿Qué es la rectificación de un acta de nacimiento?
A diferencia de la aclaración, la rectificación tiene lugar cuando alguno de los posibles errores en el texto del registro de nacimiento sí afectan en forma sustancial los datos personales del registrado. Es decir, cuando el acta de nacimiento nos asigna un nombre y apellido diferente al cual hemos utilizado para identificarnos en diferentes documentos públicos y privados durante toda nuestra vida. En tales casos, la autoridad competente no será el registro civil, sino una instancia judicial dentro del distrito correspondiente.

¿Cómo hacer una corrección o aclaración de un acta de nacimiento?

La aclaración de un acta de nacimiento consiste en la corrección de errores de mecanografía, ortografía o transcripción, que no afectan de manera sustantiva los datos personales del registrado. Los requisitos son:
Hacer una solicitud formal y presencial de aclaración del acta, con la firma del interesado (o representante judicial)
Presentar una copia certificada del acta de nacimiento, para constatar el error
Exhibir documentos en los que aparezcan los datos correctos del registrado
Presentar dos testigos que conozcan y den fe de la buena voluntad del solicitante

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