CONSIDERANDO
Que es facultad de la Secretaría de Agricultura y
Desarrollo Rural (SADER), a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y
Pesca (CONAPESCA), administrar y regular el uso, así como promover el
aprovechamiento sustentable de los recursos de la flora y fauna acuáticas,
ordenando las actividades de las personas que intervienen en ella y
estableciendo las condiciones en que deberán realizarse las operaciones
pesqueras;
Que la Presa Santa Rosa se localiza en el Municipio de
Amatitán, en el Estado de Jalisco, perteneciente a la región hidrológica
Lerma-Santiago y a la cuenca Rio Santiago-Guadalajara, cuenta con una capacidad
de almacenamiento de 403 hectómetros cúbicos de agua y su principal función es
la generación de energía eléctrica;
Que adicionalmente, las condiciones medioambientales
presentes en el embalse han permitido el desarrollo de diversas comunidades de
especies dulceacuícolas, las cuales resultan de interés para las poblaciones
aledañas desde el punto de vista pesquero, económico y nutricional;
Que la actividad pesquera es realizada por la Sociedad
Cooperativa de Producción Pesquera Agua Blanca S. C. de R. L., integrada por 65
socios que cuentan con 65 embarcaciones menores, 510 redes agalleras y 51
atarrayas, reportando una producción promedio en los últimos 5 años de 209
toneladas, principalmente de tilapia (Oreochromis spp), la cual se traduce en
una ganancia anual promedio de $1,580,515.00 pesos;
Que el 31 de marzo de 2010, se publicó en el Diario
Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se establecen épocas y
zonas de veda para la pesca de diferentes especies de la fauna acuática en
aguas continentales de jurisdicción federal de los Estados Unidos
Mexicanos";
Que el 26 de febrero de 2016, se publicó en el Diario
Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se modifica el similar por
el que se establecen épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes
especies de la fauna acuática en aguas continentales de jurisdicción federal de
los Estados Unidos Mexicanos, publicado el 31 de marzo de 2010",
adicionando la fracción XI para establecer el periodo de veda para la captura
de tilapia en la Presa Santa Rosa, Jalisco;
Que el Presidente de la Sociedad Cooperativa de Producción
Pesquera Agua Blanca S. C. de R. L., ha solicitado que se modifique el periodo
de veda para la captura comercial de tilapia (Oreochromis spp) en la Presa
Santa Rosa, Jalisco, como una medida de control administrativo que permita
mejorar la protección de la reproducción y anidación de esta especie,
contribuyendo de forma efectiva a la protección de la población objeto de
aprovechamiento pesquero y al mantenimiento del beneficio económico para las
poblaciones aledañas al cuerpo de agua;
Que el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura, a
través de la Dirección General Adjunta de Investigación Pesquera en el Pacífico
ha realizado diferentes evaluaciones biológico-pesqueras sobre los recursos
biológicos presentes en este cuerpo de agua, determinando la viabilidad de la
propuesta para modificar el periodo de veda de tilapia, del 1 de julio al 31 de
agosto de cada año, como lo recomienda en su Opinión Técnica No.
RJL/INAPESCA/DGAIPP/0730/2017, de fecha 24 de abril de 2017;
Que en consecuencia, fundándose las presentes
disposiciones en razones de orden técnico y de interés público he tenido a bien
emitir el siguiente:
ARTÍCULO
ÚNICO. Se modifica la fracción XI del Artículo Primero del Acuerdo por el que
se establecen épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes especies
de la fauna acuática en aguas continentales de jurisdicción federal de los
Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31
de marzo de 2010, para quedar como sigue:
"ARTÍCULO PRIMERO. ...
I. a X. ...
XI. Tilapia (Oreochromis spp)
en aguas de jurisdicción federal de la Presa Santa Rosa, Jalisco, durante
el periodo comprendido del 1 de julio al 31 de agosto de cada año, a
partir del 2019."
PARA SABER
La Presa “Santa Rosa” fue construida entre los años de
1957 a 1964, iniciando operaciones el 2 de septiembre de 1964, también es
conocida con el nombre de Presa Manuel M. Diéguez debido que aquí se encuentra
una central hidroeléctrica que lleva ese nombre, la cual es capaz de generar 61
megavatios de energía eléctrica.
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