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03 noviembre 2023

Etzatlán: Limitan venta de motos. Cuarta parte

 


¿Eres motociclista o simplemente tienes una moto? No es lo mismo tener una moto que ser un motociclista. El motociclista se prepara para serlo, se protege y protege a los demás, reduce el porcentaje de accidentes.

Motociclistas tendrán que tomar un curso para poder tramitar licencia

A partir del 8 de noviembre quien quiera tramitar su licencia nueva de motociclista tendrá que acreditar un curso de manejo confirma el director general de Seguridad Vial de la Secretaría de Transporte, Saúl Alveano Aguerrabere.

“Son varios cursos los que comprende este curso, no dura más de cuatro, cinco horas. Es decir, poniéndole mucha atención lo saca uno en un día y con esto ya podrá tramitar su licencia esto a partir del 8 de noviembre de este año -¿si no toma el curso no va a poder tramitar la licencia?- Exactamente”.

El curso para motociclistas será virtual, gratuito y obligatorio, confirma el Director de Seguridad Vial.

Te contamos sobre la importancia de tomar el curso vial de motociclista. Ahora será obligatorio presentar la constancia del Curso Vial para tu trámite de licencia de conducir a partir del 8 de noviembre. Es gratis y rápido en: https://milicencia.jalisco.gob.mx/curso/?fbclid=IwAR018MNJA34m0YVjbWA_GRtCZDz17u1D_nDCMymY1hZbyQR51rSPUqz0GLEb


Ponen candados a la venta de motocicletas en Jalisco

La Secretaría de Hacienda Pública presentó los lineamientos que deberán seguir todos los establecimientos comerciales, personas físicas o morales que vendan o enajenen una motocicleta, pues no podrán salir a la venta unidades cuyos compradores no sean registrados o incumplan con requisitos en materia fiscal.

El documento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, señala que los negocios deberán estar reportando de manera trimestral datos de la persona física o moral que compre la motocicleta y datos personales; de los vehículos se deberán reportar varias características, entre ellas la matrícula, es decir, ya deberán estar emplacadas.

Los informes deberán ser reportados en cuatro fechas del año; 15 de abril, 15 de julio, 15 de octubre y 15 de enero del siguiente año.
Los establecimientos que se dediquen a la venta de motocicletas deberán registrarse en un padrón ante la Secretaría Hacienda Pública.

Fuente: Notisistema/ Héctor Escamilla Ramírez /.José Luis Jiménez Castro
 

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