Llama CEDHJ al cuidado de La Primavera
La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDHJ) emitió un Informe especial sobre la situación que guarda el Área Natural Protegida Flora y Fauna La Primavera.
Impulsar y fortalecer, mediante la emisión de proposiciones, la elaboración de políticas públicas concurrentes, actualizaciones o cambios de prácticas administrativas en el ejercicio de las dependencias involucradas en su protección directa e indirecta, fue parte del llamado a distintas autoridades responsables del tema.Las proposiciones para atender la problemática fueron dirigidas al Organismo Público Descentralizado del Bosque La Primavera; al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas; a los Ayuntamiento de El Arenal, Tala, Zapopan y Tlajomulco de Zúñiga; al titular de la Fiscalía del Estado; a la Delegación Jalisco de la Fiscalía General de la Republica; al coordinador regional de occidente del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado.
La presidenta de la CEDHJ, Luz del Carmen Godínez González, refirió que la agenda de asuntos ambientales es prioritaria en esta administración. Habló de la importancia de la capacitación en materia de ciencias biológicas a fin de contar con más herramientas en la atención a las personas usuarias y a las quejas que se presenten. Agradeció el acompañamiento de la asociación Biólogos Colegiados de Jalisco en este asunto.
“Esperamos trabajar de manera colaborativa para buscar retroalimentación de los documentos y poder enriquecerlos y que sea un espacio para poder generar otros documentos científicos”.
A decir de la presidenta, el objetivo es que las autoridades encargadas del tema, desplieguen el máximo de sus recursos para llevar a cabo las acciones necesarias para detener los factores que ocasionan alteraciones en el Área Natural Protegida y por ende la pérdida de la biodiversidad.
Los hallazgos estadísticos por municipio deben considerarse en las estrategias de prevención particular que se aborde en cada territorio. El alto porcentaje de “causa desconocida” como génesis de los siniestros, en la desagregación por municipio, sugiere un espectro importante de carencia de datos sin los cuales, se dificulta la aplicación de actuaciones estratégicas con alcances eficaces.
Recomendaciones a los Ayuntamiento de El Arenal, Tala, Zapopan y Tlajomulco de Zúñiga:
Primera. Se adopten las acciones necesarias a fin de brindar capacitación y/o actualización a las personas servidoras públicas adscritas a ese OPD, en materia del derecho humano al medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar, al igual que con relación a la importancia de los derechos al acceso a la información, consulta y la participación en materia ambiental (Acuerdo de Escazú).
Segunda. En conjunto con el OPDBLP, propietarios y ejidatarios lleven a cabo en este 2023, campañas de reforestación en territorio municipal que involucre el APFFLP, en donde se invite a la ciudadanía a participar, con la finalidad de incluirlos y hacerles partícipes de las acciones de restauración, para lo cual deberá solicitar a la CONANP la correspondiente opinión técnica que establece la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Tercera. Revisen, analicen y actualicen las directrices de la normativa ambiental de su municipio de conformidad con los estándares internacionales y nacionales, priorizando la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente.
Cuarta. Diseñen una estrategia de capacitación y educación en cultura ambiental para todas las personas servidoras públicas del municipio, que contenga al menos los siguientes puntos:
a) Marco jurídico internacional, nacional y local en materia de medio ambiente, atendiendo las directrices del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, también conocido como Acuerdo de Escazú.
b) Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
Quinta. Analice la posibilidad de llevar a cabo la revisión, evaluación y en su caso actualización de los Planes Parciales de Desarrollo Urbano que integran el municipio, en donde se tomen en cuenta las observaciones pertinentes para atacar las problemáticas ambientales de la interface urbano forestal. Lo anterior de conformidad con lo establecido en la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, así como del Código Urbano para el Estado de Jalisco.
Dentro del proceso de actualización de los Planes
Parciales de Desarrollo Urbano, se les solicita que se incorpore lo estipulado en el Atlas Metropolitano de Riesgos (el cual identifica los peligros, amenazas y vulnerabilidades que contribuyen en la creación de riesgos en el AMG), así como los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos y lo establecido en el informe Empresas y Derechos Humanos: Estándares Interamericanos, a efecto de que el sector empresarial que pretenda asentarse o refrendarse en su territorio municipal, tenga conocimiento del compromiso que se le exige en la materia.
Sexta. Lleven a cabo un análisis con la finalidad de reformar y actualizar su Reglamento de Policía y Buen Gobierno del municipio, para incrementar el monto de las infracciones que se instauren por violaciones llevadas a cabo contra el equilibrio ecológico.
Séptima. Se analice la posibilidad de llevar a cabo la actualización y, en su caso, creación de nuevos reglamentos en materia de protección del ambiente, preservación y restauración del equilibrio ecológico, en caso de ser viable. Se deberá respetar un proceso de participación ciudadana veraz, equitativo, eficaz, eficiente e inclusivo, que incluya lo señalado en el Acuerdo de Escazú.
Octava. Diseñen una estrategia de capacitación sobre los delitos ambientales para el personal operativo de la Comisaría de Seguridad Pública del municipio. Lo anterior debido a la importancia que les reviste como primeros respondientes antes la comisión de actos o hechos susceptibles de ser catalogados como delitos.
Novena. Giren instrucciones al personal competente para que se intensifiquen los recorridos de vigilancia en la zona urbano-forestal del APFFLP.
Décima. En caso de predios ubicados en la interface urbano-forestal del ANPFFLP que hayan sufrido un incendio, se garantice lo establecido en el artículo 121 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Décima primera. Fortalezcan los mecanismos de coordinación entre las instancias de supervisión ambiental municipal, estatal y federal para que, en el marco de sus respectivas competencias, de manera concurrente se cree una estrategia específica y se supervisen los giros comerciales e industriales que se ubiquen en sus territorios y se encuentran aledaños al APFFLP, para que se garantice la seguridad jurídica y el derecho a la protección de la salud, el derecho al agua y saneamiento y al medio ambiente sano de su población.
Décima segunda. Consideren dotar de manera urgente, más recursos para la prevención y combate de incendios en el territorio municipal que involucra el APFFLP, y en el futuro de manera concurrente para la protección, conservación y restauración de dicha área natural protegida
Décima tercera. Analicen la viabilidad para el presupuesto 2024 de asignar recursos para el manejo e intervención en zonas forestales y zonas colindantes al APFFLP.
Décima cuarta. Lleven a cabo acciones, programas y políticas públicas tendentes a desincentivar la especulación de terrenos forestales, preferentemente forestales y/o agrícolas en las colindancias del APFFLP.
Décima quinta. Giren instrucciones para que personal competente realicen visitas de inspección y vigilancia para contener invasiones en las zonas perimetrales del APFFLP, depósitos clandestinos de residuos sólidos urbanos y otros residuos de manejo especial.
Al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas, en el ámbito de sus respectivas atribuciones
Realicen las gestiones necesarias para que se realicen estudios de prospección geofísica, para determinar mantos freáticos, aguas atrapadas, cavernas e indicios a nivel subterráneo, que permitan identificar la fuente, trayectoria, magnitud y comportamiento de los hidrocarburos contaminantes que aún persisten en el balneario conocido como “Los chorros de Tala”
En conjunto con los municipios de El Arenal, Tala, Zapopan y Tlajomulco de Zúñiga, se lleve a cabo un programa de capacitación en las colonias o fraccionamientos que se ubican en la Interfaz Urbano-Forestal, a efecto de informarles sobre las medidas que deben implementar para disminuir los riesgos por incendios forestales y buscar el involucramiento social para cuidar el Bosque.
Al Organismo Público Descentralizado del Bosque La Primavera:
Novena. Una vez que se cuente con el inventario de descargas autorizado por la Conagua, se realicen las gestiones necesarias ante la delegación de la Profepa para que se lleve a cabo un monitoreo de supervisión constante en las zonas identificadas con problemáticas (entre ellas destaca la zona urbana del ejido de Santa Ana Tepetitlán que involucra al Arroyo Seco, en el municipio de Zapopan, así como el Río Salado en el municipio de Tala) para identificar si dichas descargas se encuentran entre las autorizadas y dentro de la norma; en caso de no ser así, se lleven a cabo las acciones pertinentes.
Décima. Considere en el presupuesto 2024 el incremento de brigadistas temporales, así como solicitar mayores recursos para la prevención y combate de incendios en el territorio municipal que involucra el APFFLP; y en el futuro de manera concurrente para la protección, conservación y restauración de dicha área natural protegida.
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