El Ayuntamiento de El Arenal, Jalisco prevé multar a quien realice bailes, tertulias, kermeses o tardeadas sin permiso, pero el Gobierno federal pretende invalidar esa norma mediante una acción de inconstitucionalidad promovida ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
A través de la consejera jurídica María Estela Ríos
González, el Poder Ejecutivo federal promovió la acción de inconstitucionalidad
68/2023 en la que solicita se declare la invalidez de normas contenidas en el artículo
78 de la Ley de Ingresos 2023 del Municipio, la cual fue publicada en el
Periódico Oficial del Estado.
La Federación pretende la invalidez de la sanción de 280.34 a mil 810.78 pesos
establecida por El Arenal "en caso de celebración de bailes, tertulias,
kermeses o tardeadas, sin el permiso correspondiente".
Así como la sanción que oscila entre 107.85 y 4 mil 81.17 pesos para
"todas aquellas infracciones por violaciones a esta ley, demás leyes y
ordenamientos municipales", que no se encuentren previstas en otros
artículos de la Ley de Ingresos.
La acción de inconstitucionalidad ya fue admitida a
trámite por la SCJN, y se ordenó dar vista a los Poderes Legislativo y
Ejecutivo de Jalisco para que rindan su respectivo informe dentro de un plazo
de 15 días hábiles.
"Se requiere al Poder Legislativo estatal, por conducto de quien
legalmente lo represente, para que al rendir su informe envíe copia certificada
de los antecedentes legislativos de las normas impugnadas en los que debe
incluir: iniciativas, dictámenes, actas de sesión donde conste la discusión,
votación y aprobación de las normas impugnadas, así como los diarios de debates
y decretos respectivos", estableció en un acuerdo la Corte.
"En ese mismo sentido, se requiere al Poder Ejecutivo estatal, por
conducto de su presentante legal, para que envíe el original o copia
certificada del Periódico Oficial en el que conste la publicación de dichas
normas".
Fuente: Grupo Reforma/ Periódico Mural /Martín Aquino
No hay comentarios:
Publicar un comentario